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Dietas: Remuneración especial por servicios personales. Se acostumbra pagarla a los directores de las sociedades anónimas por su asistencia a las sesiones del Directorio o a la junta general de accionistas.


Enviado por   •  6 de Marzo de 2016  •  Síntesis  •  3.128 Palabras (13 Páginas)  •  483 Visitas

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LAS REMUNERACIONES[pic 1]

Definiciones:

Sueldos: Es la retribución o recompensa que reciben los obreros, trabajadores o criados por sus servicios.

Salarios: el sueldo se emplea para designar la remuneración asignada a un individuo de forma periódica por razón de su cargo o trabajo.

Honorarios: Es la retribución o sueldo que recibe una persona por un trabajo realizado

Dietas: Remuneración especial por servicios personales. Se acostumbra pagarla a los directores de las sociedades anónimas por su asistencia a las sesiones del Directorio o a la junta general de accionistas.

Emolumentos: Sueldo o remuneración de un cargo o empleo.

El pago de una remuneración es consecuencia de la necesidad de hacer uso del recurso humano conocido también como el personal de las diferentes entidades o ámbitos de que se trate.

En el desempeño de todas las labores que se llevan a cabo dentro de un organismo, entidad, sociedad u otras. Es necesario retribuir a la persona quien desarrolle x función, esto se hace a través de la entrega de efectivo como contraprestación del trabajo realizado, lo cual puede ser por los diferentes medios existentes como: efectivo, cheques, otros.

El pago de sueldos y salarios dentro de la contabilidad

Cada vez que se llega el final de mes dentro de un periodo contable es necesario hacer efectivo el pago de las remuneraciones al personal de la empresa, y para tales efectos tienen que considerarse muchos aspectos tanto técnicos como laborales en materia legal.

Hay una herramienta que se utiliza para tener la información que genera el pago de una remuneración y esta es la planilla salarial, la cual es un formato elabora que depende de la necesidad de columnas que se vallan a utilizar por ejemplo. Depende de si las empresas acostumbran a solicitar horas extras de trabajo por parte de sus empleados, o si acostumbran laborar en días de asueto así como también si estas son las encargadas de hacer algunos descuentos por cuenta de otras instituciones como lo pueden ser la procuraduría general de la república, instituciones financieras ( Bancos, cooperativas, aseguradoras, entre otras). [pic 2]

También está el caso de las empresas que tiene personal específicamente en el área de ventas y como consecuencia les pagan comisiones en función del nivel alcanzado o el cumplimiento de la meta.

El contador es el encargado de elaborar la planilla de pago de sueldos y salarios, por lo tanto debe de tener clara las disposiciones laborales a cumplir al momento de determinar el pago liquido (Salario o sueldo menos totas las deducciones según sea el caso y si procede), entonces una vez se cuente con ello se procede al cálculo de las respectivas retenciones y descuentos que sean necesarios.

Disposiciones laborales a las que hay que dar cumplimiento.

Descuentos a realizar a los empleados:

Descuento de ISSS (Instituto Salvadoreño del Seguro Social)

Descuento de AFP (Aseguradora de Fondos de Pensiones)

Descuento de ISR (Impuesto Sobre la Renta)

Pago de cotizaciones obligatoria por parte de los empleadores o patronos:

Pago de ISSS (Instituto Salvadoreño del Seguro Social)

Pago de  AFP (Aseguradora de Fondos de Pensiones)

Pago de INSAFORP (Instituto Salvadoreño de Formación Profesional)

Los descuentos y pagos antes mencionados están basados en porcentajes que se aplican directamente al total devengado por una persona, y son diferentes dependiendo de quién se trate, puede ser el empleado o el patrono y así también estos serán aplicados siempre y cuando se cumplan algunos requisitos que determinan y regulan las leyes específicas.

La siguiente tabla muestra los porcentajes que corresponden a cada uno de los diferentes descuentos:

RESUMEN DE RETENCIONES "TRABAJADOR, PATRONO"

TABLA DE RETENCIONES DEL ISSS, AFP E INSAFORP

CONCEPTO

PATRONO

TRABAJADOR

MÁXIMO A COTIZAR

ISSS (Riesgos Comunes)

7.50%

3%

 $                       685.71

AFP CONFÍA

6.75%

6.25%

 $                    4,501.71

AFP CRECER

6.75%

6.25%

 $                    4,501.71

ISSS (R. Antiguo para pensión no afiliado AFP)

7.00%

7.00%

 $                    4,501.71

INSAFORP

1.00%

 

 $                       685.71

Art. 26 literal "c" de la Ley de Formación Profesional, son cotizantes obligatorios los patronos del sector privado y las Instituciones Oficiales Autónomas, que empleen diez o más trabajadores. Se exceptúan los patronos del sector agropecuario que cotizaran hasta 1/4 del 1% sobre la planilla de trabajadores permanentes. Dichas cotizaciones no gravaran los salarios de los trabajadores.

Conforme a estos porcentajes presentados se hacen las respectivas retenciones que corresponden al trabajador en concepto de cotización. Para tal efecto la base de cálculo que se toma es el salario devengado.

Otras de los cálculos que se emplean en un formato de planilla es de horas extras en sus distintas formas, esto cuando es trabajador labora más de su jornada obligatoria, para ello se presenta una tabla a continuación que muestras los tipos de horas extras y la cuantía en que debe ser pagada según sea el caso.

PAGO EQUIVALENTE POR HORAS EXTRAORDINARIAS

DÍA

TIPOS DE HORAS

DIURNA

NOCTURNA

EXTRA DIURNA

EXTRA NOCTURNA

Normal

100% HOD

125% HON

200% HED

250% HEN

Descanso

150% HODD

175% HOND

300% HEDD

375% HEND

Asueto

200% HODA

225% HONA

400%HEDA

500%HENA

HO: Hora Ordinaria

 

 

HOD: Hora Ordinaria Diurna

 

HODA: Hora Ordinaria Diurna en día de Asueto

HODD: Hora Ordinaria Diurna en día de Descanso

HON: Hora ordinaria Nocturna

 

HONA: Hora Ordinaria Diurna en día de Asueto

HOND: Hora Ordinaria Nocturna en día de Descanso

HE: Hora Extra

 

HED: Hora extra Diurna

 

 

HEDA: Hora Extra Diurna en día de Asueto

HEDD: Hora Extra Diurna en día de Descanso

HEN: Hora Extra Nocturna

 

HENA: Hora extra Nocturna en día de Asueto

HEND: Hora Extra Nocturna en día de Descanso

...

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