Diferencia Y Semejanza Entre Un Recurso De Casación Y El De Revisión Penal:
Enviado por mariasosa • 6 de Julio de 2015 • 582 Palabras (3 Páginas) • 1.008 Visitas
Recurso de revisión penal:
El conocimiento del recurso de revisión es de la competencia de la Cámara Penal de la SCJ. De modo expreso el CPP autoriza el recurso contra las decisiones de cualquier jurisdicción (art.428). Los requisitos para la revisión son: a) que se trate de una sentencia que haya adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada o lo que el CPP denomina “sentencia definitiva firme”; y b) que exista una de las causales enumeradas en el citado artículo.
Una de las hipótesis contempladas para interponer el recurso de revisión es que se produzca un cambio jurisprudencial de la SCJ que favorezca al condenado. La SCJ, si rechaza el recurso, confirma la sentencia atacada. Si anula la sentencia, nuestro más alto tribunal puede dictar directamente la sentencia del caso u ordenar la celebración de un nuevo juicio ante la jurisdicción correspondiente. Este recurso puede ser presentado nuevamente, aún después de rechazado, si se funda en motivos distintos a los presentados la vez anterior.
Recurso de casación:
La casación es la anulación por la Corte Suprema de una en huta o última instancia y atacada por la falsa interpretación de la ley, incompetencia o exceso de poder. En sentido amplio, se entiende por tal recurso extraordinario destinado a la anulación de sentencias de los tribunales inferiores por defectos de una forma o infracción de ley.
Es recurso extraordinario y específico de impugnación en virtud del cual se persigue la anulación total o parcial de una sentencia definitiva.
Se ha dicho que la denominación proviene de dios palabras latinas: "cassare" (con el sentido de "quebrar") y ‘casso" (como "quebrantamiento" o "anulación").
El recurso de casación nace en Francia, constituyendo la evolución jurídica natural de las ideas revolucionarias. Antes de 1789, se puede encontrar su simiente en el "Conseil des Patries", sección del Consejo del Rey destinada al control de la legalidad de las decisiones de los jueces.
En el nuevo proceso penal la casación es un recurso que procede exclusivamente contra las sentencias de la Corte de Apelación que ponen fin al procedimiento o que deniegan la extinción o suspensión de la pena. El. Artículo 426, textualmente, dispone como sigue: El recurso de casación procede exclusivamente por la observancia o errónea aplicación de disposiciones de orden legal, constitucional o contenido en los pactos internacionales en materia de derechos humanos en los siguientes casos:
Cuando en la sentencia de condena se impone una pena privativa de libertad mayor a diez años;
Cuando la sentencia de la Corre de Apelación sea contradictoria con un fallo anterior de ese mismo tribunal o de la Suprema Corte de Justicia;
Cuando la sentencia sea manifiestamente infundada;
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