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Disciplinas Juridicas Auxiliares


Enviado por   •  13 de Octubre de 2014  •  902 Palabras (4 Páginas)  •  571 Visitas

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DISCIPLINAS JURÍDICAS ESPECIALES

La distinción del derecho público y privado gira en torno en la jurisprudencia técnica. Cada una de estas dos grandes ramas se divide en varias disciplinas llamadas especiales.

Público: constitucional, administrativo, penal y procesal

Privado: civil y mercantil

Esta división se refiere al orden de cada Estado, pero las relaciones jurídicas pueden tener validez internacional, es por ello que existe también derecho público internación y derecho privado internacional que se enlaza a la clasificación de disciplinas jurídicas.

Combinando los dos puntos de vista dice Du Pasquier, que existe entonces: el derecho público y el derecho privado dentro de los cuales existe un derecho interno y un derecho internacional. Existe pues Derecho constitucional interno e internacional, derecho administrativo interno e internacional y derecho penal interno e internacional. Du Pasquier dice que no añade el Procesal ya que para el cada rama posee sus propias reglas procesales. Y por último el derecho civil y las ramas del derecho privado entran en lo interno, y existe solamente el derecho privado internacional.

75. DERECHO CONSTITUCIONAL

Conjunto de normas relativas a la estructura fundamental del Estado o a las funciones de sus órganos y a las relaciones de éstos entre sí y con los particulares.

El sentido Constitución puede ser tomado de manera formal o material. De manera formal es el documento que contiene las normas relativas a la estructura fundamental del Estado. En el sentido material, se aplica a esta misma estructura pero ahora refiriéndose a la a la organización política, división de poderes y el status de las personas. Dada esta doble posibilidad se habla de este derecho en sentido formal y material.

Constitución es una palabra muy amplia, en una acepción Schmitt reconoce que cualquier todo, hombre u objeto puede tener una constitución.

Es por ello que se debe hablar de Constitución como del Estado es decir la unidad política de un pueblo.

En el sentido material todo Estado tiene una constitución, en el sentido formal solo la tienen aquellos cuya organización política aparece regulada en un documento solemne.

Aun cuando el Estado tenga una constitución escrita o consuetudinaria el término Estado Constitucional se aplica a las organizaciones políticas.

Aun cuando un estado carezca de Constitución escrita, como en el caso de Inglaterra, queda comprendida dentro de esta categoría.

Entonces se alude tanto a las reglas escritas como a las consuetudinarias.

76. DERECHO ADMINISTRATIVO

Rama del derecho público que tiene por objeto específico la administración pública.

Administrar significa: Obrar la gestión o cuidado de determinados intereses ya sean propios o ajenos.

Administración pública: Actividad a través de la cual el Estado y sujetos auxiliares de éste tienden a la satisfacción de intereses colectivos

Doctrina de división de poderes, en donde las funciones pueden ser concebidas en dos sentidos

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