División y partición de la herencia
Enviado por Nydia Perez Vera • 16 de Marzo de 2017 • Apuntes • 10.053 Palabras (41 Páginas) • 342 Visitas
INDICE
1. ANTECEDENTES 3
2. DEFINICION 3
3. CONCEPTO 4
4. NATURALEZA JURIDICA 4
5. CARACTERISTICAS 6
ES POTESTATIVA 6
DECLARATIVA 6
IMPRESCRIPTIBLE 6
IRRENUNCIABLE 7
INDIVISIBLE Y UNITARIA 7
6. FORMAS DE DIVISION 7
CONVENCIONAL 7
TESTAMENTARIA 7
JUDICIAL 7
MIXTA 8
NOTARIAL 8
7. BIENES DIVISIBLES E INDIVISIBLES 8
8. TITULARES DE LA DIVISIÓN 8
9. IMPEDIMENTOS PROVISIONALES PARA LA DIVISIÓN DE BIENES 9
10. LA INDIVISIÓN DE BIENES (CASOS) 9
EL PATRIMONIO FAMILIAR 10
INDIVISIÓN EN INTERÉS DE LA ECONOMÍA FAMILIAR O PÚBLICA 10
INDIVISIÓN DE INMUEBLES NO DIVISIBLES 10
11. LA EXCLUSIÓN Y ADJUDICACIÓN PREFERENTE DE BIENES 11
13. TRÁMITE PROCESAL 11
14. IMPUTACION DE DEUDAS 13
15. LIQUIDACIÓN DEL PASIVO 13
16. EFECTOS DE LA DIVISIÓN 13
17. NULIDAD DE LA DIVISION 14
18. ANULABILIDAD DE LA DIVISION 14
19. SUPLEMENTO DE LA DIVISION 15
20. RESCISIÓN POR LESIÓN. 15
21. FACULTAD DE SUPLEMENTAR EN DINERO 16
22. PETICION DE LA HERENCIA 16
23. LEGISLACION COMPARADA 16
ESPAÑA 16
PERU 18
CHILE 19
24. ANALISIS DEL TRAMITE 21
25. CONCLUSIONES PERSONALES 22
26. CONCLUSION GRUPAL 23
27. BIBLIOGRAFIA 24
- ANTECEDENTES
La División y Partición de la Herencia recae en el patrimonio, éste a su vez está formado por activos y pasivos traducidos en bienes, derechos y obligaciones por los cuales son objetos de estudio dentro d la asignatura de derechos reales, siendo que el contenido de la relación jurídica con el sujeto objeto, causas y elementos por lo que el motivo de estudio para el objeto de las relaciones jurídicas.
De esta manera, entendemos que el patrimonio, es un conjunto de derechos y obligaciones valuables en dinero y que necesariamente pertenecen a una persona, en consecuencia, establece que no puede existir patrimonio sin persona. Asimismo, la partición de la comunidad hereditaria es, como su nombre lo indica, la causa de cesación de la comunidad hereditaria producida por la pluralidad de herederos; mediante la atribución a cada uno de ellos de bienes singulares o porciones indivisas de bienes concretos en pago o satisfacción de sus respectivas cuotas hereditarias.
Con anterioridad a la partición, los coherederos no tienen una titularidad sobre bienes concretos de la herencia, sino sobre una cuota abstracta de la partición, pudiendo disponer libremente sobre la cuota ideal, no así sobre las singulares partículas activas que integran el contenido de la herencia. Cualquiera de los coherederos puede instar la división de la herencia sin límites de tiempo, en aras de dar término a la situación antijurídica que representa la comunidad hereditaria; aunque es posible que todos los coherederos de común acuerdo decidan mantener la indivisión.
- DEFINICION
- El Autor Escriche conceptúa como: “ la separación, división y repartimiento que se hace de la cosa común entre las personas a quienes pertenece, proveniente de una herencia o legado que se dejó a muchos.”
En sentido amplio, comprende todas las operaciones que se hacen para fijar el haber de cada coheredero y para adjudicarles los bienes correspondientes. En sentido estricto, es la operación por la cual se pone término a la indivisión y se distribuye y adjudica el caudal hereditario entre coherederos y legatarios. Consiguientemente, la partición se constituye, entonces, en la causa normal de la extinción de la comunidad hereditaria, mediante la división y adjudicación a cada uno de los herederos del activo de la herencia en concreto.
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