Divorcio Voluntario
Enviado por claramor • 10 de Septiembre de 2013 • 935 Palabras (4 Páginas) • 209 Visitas
C. JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.
JUZGADO CIVIL EN TURNO.
P r e s e n t e.
MANUEL ADRIAN PATIÑO PEREZ Y MARYCRUZ JUAREZ LEON, mexicanos, mayores de edad, por nuestro propio derecho, con domicilio para oír notificaciones y recibir toda clase de documentos en el despacho ubicado en Avenida 16 de Septiembre número 309 letra A Colonia Centro de esta ciudad de Acámbaro, Guanajuato, y autorizamos para oír y recibir toda clase de notificaciones, se impongan de los autos y reciban documentos a los ciudadanos LICENCIADOS JOSE LUIS SOTO AVILA y/o JOSE DE JESUS RODRIGUEZ MANJARREZ y/o al Pasante Jurista MIGUEL SOTO AVILA ante usted con el debido respeto, comparecemos para exponer:
Que en la VIA DE PROCEDIMIENTO ESPECIAL, venimos a demandar la disolución del vinculo matrimonial que nos une, mediante el Procedimiento de Divorcio por Mutuo Consentimiento, a fin de que en sentencia definitiva se decreta la disolución del vínculo matrimonial que nos une, con base en las condiciones contenidas en el convenio que más adelante se detalla, fundándonos para hacerlo, conforme a lo dispuesto en los artículos 323 fracción XVII y 328 del Código Civil vigente para nuestro Estado. Basando esta acción en la narración de hechos y consideraciones legales siguientes:
H E C H O S:
UNO.- Con fecha 23 de Noviembre de 2007, los suscritos contrajimos matrimonio ante el Oficial del Registro Civil de esta ciudad de Acámbaro, Guanajuato, levantándose el acta número 364 del libro 02 de matrimonios en dicha oficina, según se acredita con la copia certificada del acta de matrimonio que se acompaña.
DOS.- De nuestro matrimonio procreamos a un hijo de nombre Bruno Manuel Patiño Juárez, lo que acreditamos con la copia certificada de su acta de nacimiento que se acompaña.
TRES.- Manifestaos que nuestro matrimonio se celebro bajo el régimen de separación de bienes y no hemos celebrado con posterioridad capitulaciones matrimoniales.
CUATRO.- El domicilio conyugal se estableció en Calle Río Blanco Num. 110 de la Colonia Emilio Carranza de esta ciudad de Acámbaro, Guanajuato.
CINCO.- La divorciante manifiesta bajo protesta de decir verdad que actualmente no se encuentra embarazada ni presenta síntomas algunos de gravidez.
CINCO.- Expresados los hechos anteriores, ambos comparecientes manifestamos que hemos convenido disolver el vínculo matrimonial que nos une toda vez que en nuestro matrimonio se ha perdido el mutuo respeto y consideraciones, conservando dicho matrimonio sólo en apariencia, puesto que la diferencia de caracteres ha vuelto insostenible la vida en común y por ello, con fundamento en el artículo 323 fracción XVII del Código Civil vigente en el Estado de Guanajuato, acudimos ante ese H. Tribunal para que una vez seguido sus trámites este procedimiento legal, se haga la declaración respectiva en los términos que a continuación se convienen por los suscritos.
CONVENIO:
I.- Los divorciantes convienen en que el señor MANUEL ADRIAN PATIÑO PEREZ, aportara por concepto de pensión Alimenticia para el menor Bruno Manuel Patiño
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