EL ABOGADO DEL ESTADO EN REPUBLICA DOMINICANA
Enviado por rogomez • 16 de Octubre de 2014 • 472 Palabras (2 Páginas) • 1.832 Visitas
Días antes de la realización de este trabajo, coincidenciarmente pensaba sobre las funciones y deberes del Abogado del Estado, luego mi profesora de derecho agrario y legislación fiscal me asigna el investigar sobre esta figura jurídica, y para ello, me dirigí a la oficina del Abogado del Estado ubicada en el edificio de la Jurisdicción Inmobiliaria, y una vez allí, tuve el privilegio de conversar con la Lic. Marisol Mercedes Sánchez, abogada del estado, quien me informo e hizo que sean de mis conocimientos diversas funciones que desempeñan a favor del estado dominicano.
El Abogado del Estado, como anteriormente decía, es una figura jurídica, que se originó alrededor del año 1911, y que tiene como función principal velar por la defensa de los intereses del Estado y ser guardián de los inmuebles registrados pertenecientes al estado, esto no quiere decir que no velen por los inmuebles que aún no han sido registrados. Esto implica defender los terrenos públicos y privados en materia de invasión y cercamiento de terrenos, la paralización de las construcciones y la asignación de protección policial.
Aparece por primera vez cuando lo Estados Unidos de Norteamérica, a través de su invasión al terreno dominicano en el año 1916, creó el sistema Torrens, el cual estableció la figura del fiscal de la tierra, que se convirtió después en el Abogado del Estado por orden de la Ley 15-42. En el 2005 fue modificado por la Ley 108-05, que sustituyó la figura por una comisión inmobiliaria. Sin embargo, esta parte de la ley fue derogada y la Ley 51-07 lo restablece.
A continuación, explicare las funciones y todo aquello concerniente al ejercicio judicial llevado a cabo por estos abogados y defensores del Estado Dominicano.
Veamos…
I. ¿Qué es el Abogado del Estado?
Es un funcionario del Estado que defiende los intereses del mismo en todos los procedimientos que se realizan en los tribunales de la Jurisdicción Inmobiliaria, actuando siempre en nombre del Estado. Antes era un órgano de la jurisdicción inmobiliaria, pero ahora es una dependencia de la Procuraduría General de la República.
I. Requisitos para ser Abogado del Estado:
Para ser Abogado del Estado o adjunto del Abogado del Estado se requieren las mismas condiciones que para ser Ministerio Público por ante la Corte de Apelación en la Jurisdicción Ordinaria. Se requiere cumplir los siguientes requisitos:
a) Ser dominicano de nacimiento u origen;
b) Tener por lo menos treinta (30) años de edad;
c) Hallarse en el pleno ejercicio de los derechos civiles y políticos;
d) Ser licenciado o doctor en derecho;
e) Haber ejercido durante cuatro años, por lo menos, la profesión de abogado o haber desempeñado por igual tiempo las funciones de Juez de Corte de
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