“EL ACCESO A LOS SERVICIOS PÚBLICOS COMO DERECHO FUNDAMENTAL EN COLOMBIA”
Enviado por BlackDragon25 • 19 de Noviembre de 2016 • Ensayo • 3.967 Palabras (16 Páginas) • 427 Visitas
ENSAYO A PROPÓSITO DE: “EL ACCESO A LOS SERVICIOS PÚBLICOS COMO DERECHO FUNDAMENTAL EN COLOMBIA”
Daniel Alejandro Montero Piedrahita
1061806529 - Psicología
Kathy Geraldine Porras Esquivel
1026579163 - Psicología
Laura Alejandra Moreno Muñoz
1032483889 - Ingeniería Química
Wilson Beltran Acosta
25523546 - Medicina
UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS
BOGOTÁ
2016
INTRODUCCIÓN
Como lo plantea la constitución política colombiana de 1991, y en reconocimiento de que Colombia es un estado social de derecho, los servicios públicos son parte de la finalidad social de éste y por ello es su deber garantizarlos a todos los habitantes del territorio nacional[1]. Entre los servicios públicos podemos encontrar, como bien lo menciona Matías Camargo[2], la salud, la educación, los servicios públicos domiciliarios y las telecomunicaciones.
Los servicios públicos domiciliarios se establecen como una esfera particular de los servicios públicos globales, pues se encuentran íntimamente relacionados con la vida digna y la atención a las necesidades esenciales de la población vinculada, motivo que respalda su definición como derechos fundamentales, a pesar de que impliquen en su contexto una actividad económica asociada. Es necesario manejar modelos eficaces y equitativos frente a la prestación de los servicios públicos, para asegurar la asistencia adecuada a cada uno de los Colombianos y realizar los procesos de regulación pertinentes.
Podemos recopilar las ideas principales reglamentadas sobre servicios públicos en Colombia, en los artículos 365 al 367 del capítulo 5 (“De la finalidad social del estado y de los servicios públicos”) y en algunas leyes y decretos adicionales emitidos de forma posterior, que nos permiten dimensionar las múltiples revisiones constitucionales que este contenido ha provocado y la trascendentalidad de la prestación de los servicios públicos como actividad estatal fundamental.
La categorización de servicios públicos como derechos fundamentales se respalda por la regulación y fiscalización gubernamental de los mismos, a pesar de lo cual se ve altamente influenciada por la adquisición de carácter comercial y productivo que es propio de sectores particulares cuyo propósito básico es el lucro.
LA DISCUSIÓN DEL ESTADO DE BIENESTAR
Colombia en los 25 años posteriores a la Constitución de 1991, se ha debatido entre la contradicción del Estado de Bienestar, prometido por la democracia, y la agenda del modelo neoliberal. A pesar de que la constitución promulga como fundamentales derechos correspondientes a servicios y bienes públicos, como son la educación, la vivienda digna, la salud, la seguridad social, la asistencia sanitaria y el acceso a los recursos culturales, entre otros, lo que hemos visto en la práctica es que varios de estos entregados a privados bajo la máxima neoliberal de que el Estado no está lo suficientemente preparado y especializado como lo está el sector privado para atender a las necesidades de la población. Claro, el Estado firma un control, una vigilancia sobre el privado, que se rige por el principio de costo-beneficio, pero en el caso colombiano las prácticas corruptas impiden que se ejerza un control real. Sin embargo, éste no es un problema exclusivo de Colombia, ni siquiera de Latinoamérica, pues es parte de lo que autores como Rosanvallon han denominado “la crisis del estado de providencia” que está mediada por tres factores: el ya mencionado, denominado “empantamiento burocrático”, en donde una parte considerable de los ingresos (más de lo racionalmente necesario) es consumida por la creciente estructura burocrática, restando disponibilidad para atender los beneficiarios directos; una crisis financiera, porque los ingresos por contribuciones resultan cada día menores del gasto social necesario para las coberturas de las demandas de los beneficiarios; y una crisis filosófica que se manifiesta en la desintegración de los principios organizadores de la solidaridad y en el fracaso de la concepción tradicional de los derechos sociales, para repensar la situación de los excluidos.[3] Ahora bien, si miramos un Estado altamente centralizado, caracterizado por la alta concentración de capital y la precariedad institucional en la periferia, no es difícil ver cómo se exageran estas características de forma caricaturesca. La propuesta de Rosanvallon para salir de la crisis, no es abandonar el camino de la institucionalización y entregarse a la privatización absoluta, sino encaminarse a lo que él llama un Estado de Providencia Activo, que no es más que la búsqueda de un espacio económico intermedio entre el Estado y el Mercado, algo como una economía social, en donde el ciudadano comprenda que no solo tiene el derecho a vivir, sino a vivir en sociedad, es decir, que tome conciencia de su responsabilidad como consumidor y actor en su propio destino, pero también con un Estado que le garantice sus derechos colectivos. Aterrizando un poco estas ideas, vemos que uno de los principales argumentos contra la institucionalización de, por poner un ejemplo, los servicios públicos, es el hecho de que las personas abusan del consumo cuando estos son gratuitos o deben pagar poco por ellos, entonces vemos que se vuelven tolerables exorbitantes tarifas adicionales por derroche, como única medida para ejercer un control efectivo. Siguiendo la propuesta de Rosanvallon, se da entonces la necesidad de replantearse el problema de lo público y lo privado, buscando que sean los mismos ciudadanos quienes puedan ejercer un control real sobre la prestación de los servicios y que esta acción sea remunerada, propuesta que eliminaría el problema de la responsabilidad en el consumo, además de generar empleo. Se habla entonces de Organizaciones Económicas Sociales que serían pagadas por los subsidios sociales, dejando atrás el problema entender el Estado de Bienestar como un tipo de caridad que tiende más bien a objetizar a los sujetos, el Estado de Bienestar pasa a tener una suerte de “sociedad de inserción”. Es interesante entonces como países nórdicos como Suecia, han configurado su Estado de Bienestar en torno a la institucionalización de la evaluación de políticas públicas[4], con múltiples organizaciones, descentralizadas y pluralistas que recurriendo a la veeduría ciudadana con mecanismos efectivos de participación, garantizan la eficiencia de la prestación de los servicios públicos. Hoy Suecia tiene uno de los niveles de pobreza más bajo del mundo (6%) y está entre las cinco naciones con la distribución del ingreso más igualitaria, lo que nos habla bien de un Estado de Bienestar que sea fuertemente regulado por el Estado, pero esencialmente por la sociedad civil. Ahora bien, retornando al problema colombiano, el primer paso debería ser cómo lograr un Estado de Bienestar pleno, que atienda a las necesidades de un país en donde la cobertura de servicios en el sector rural está bastante atrasada.
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