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EL COMERCIO. EL DERECHO COMERCIAL


Enviado por   •  30 de Abril de 2016  •  Apuntes  •  47.904 Palabras (192 Páginas)  •  320 Visitas

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UNIDAD I:

1) EL COMERCIO. EL DERECHO COMERCIAL, orígenes y desenvolvimiento del comercio y del derecho comercial; breve reseña de sus caracteres en la Edad Media. El artesanado. El tráfico de las ciudades. Mercados y ferias, las corporaciones y la jurisdicción mercantil. El Derecho Comercial en la formación de los Estados

La condición de zoom politikon, el instinto gregario, hizo que desde la más remota antigüedad conocida, el ser humano se desenvolviera y desarrollara en grupos: la familia, la tribu, la reunión de tribus, la ciudad. Superada la etapa del cazador y su condición necesariamente nómade, detrás de los animales con los que se sustentaba, aparece la necesidad de cambiar la producción sobrante por elementos faltantes. Nace así el trueque, primer expresión de la actividad económica comercial. Su desarrollo tiene un particular impulso con el dominio de la navegación, que hace surgir al comerciante con su carácter de intermediario. En la Edad Media, la pérdida de las vías marítimas a manos de los piratas turcos, produce un considerable retroceso de la actividad económica, que por tierra tenía también el impedimento de las gabelas. Pero a fines de esta época comienzan a crecer los burgos y a adquirir preponderancia la actividad económica de las ciudades, basada en la producción artesanal especializada. Ello genera un intenso tráfico entre las distintas ciudades, vigorosamente impulsado por la pérdida de poder de la nobleza feudal y la recuperación de las vías marítimas, a lo que se añade pronto su expansión con los viajes de Marco Polo y el descubrimiento de América. En el interior de las ciudades se organizó la actividad en ferias y mercados, los primeros con mayor permanencia y las segundas con cierta periodicidad. La actividad artesanal y comercial se organiza por especialidad y nacen las corporaciones de artesanos y comerciantes (confiteros, sastres, tenderos, etc.) Pronto se advierte la necesidad de dirimir los conflictos mediante tribunales especializados que conocieran profundamente las características de la actividad, con lo que se crea la jurisdicción mercantil, en principio aplicable a los que reunían la calidad o condición de comerciantes respecto a su actividad como tales, y que en América ejercieron los "consulados" mercantiles. No tardó en aparecer la necesidad de aplicar esta jurisdicción a los actos mercantiles, aunque no fueran realizados por comerciantes, generando una disputa doctrinaria aún no resuelta por completo. El Derecho Comercial, como sistema jurídico autónomo es relativamente reciente, aunque pueden hallarse disposiciones relativas al comercio en los sistemas más antiguos. Así entre los pueblos germanos (Goldschmidt) se pueden rastrear disposiciones específicas, también entre los griegos, respecto del comercio marítimo y en el derecho romano con numerosas pero aisladas normativas (como la lex Rhodia), con lo cual aparecen también los jueces especializados, que debían juzgar a verdad sabida y buena fe guardada y que al adquirir carácter tribunalicio originaron los consulados.

2) Concepto de Derecho Comercial, concepción subjetiva, profesional; concepción objetiva: del derecho de los actos de comercio; derecho de la empresa, derecho de los negocios, el derecho comercial como CATEGORÍA HISTÓRICA; derecho de las relaciones económicas.

Podemos hablar de derecho comercial como conjunto de normas reguladoras de la actividad económica de intermediación (criterio economicista) y de las relaciones entre quienes la practican. Como ya vimos, esto dio lugar que se estableciera el ámbito del derecho comercial en relación a aquellos que ejercen profesionalmente el comercio. En consecuencia, sería aplicable a los que realizan actos comerciales como actividad principal, con regularidad y especialización. Como contrapartida a esta concepción subjetivista tenemos la concepción objetivista: el derecho comercial es aplicable al acto de comercio, quienquiera sea el que lo realice, habitual, eventual o casualmente.También se lo ha considerado como "derecho de la empresa", expresado en el sentido de la "organización" (y coordinación) de recursos humanos y económicos destinada a la realización de actos de comercio. Empresa debe entenderse en tal sentido, no necesariamente (aunque frecuentemente sea así) como sociedad comercial tal cual la conocemos hoy, reglada por la ley 19.550.  Pero en todo caso ha conservado como categoría histórica la referencia a la intermediación y al intercambio y la exclusión de la producción y la industrialización, salvo que éstas aparezcan absorbidas por la organización de ventas de los productos. Como categoría histórica nace por la expansión de la actividad comercial y la necesidad de regularla conforme a sus especiales características; esta expansión consecuente del derecho comercial se ve luego restringida por la utilización de instrumentos comerciales por quienes no lo son, lo que produce su incorporación al derecho privado civil, "comercializando" este último.

3) El Código de Comercio Francés de 1807 y el Código de Comercio Español de 1823. El Derecho Comercial moderno, la empresa y su significado en la transformación del derecho comercial clásico.  Sistema predominantemente subjetivo. Sistema predominantemente objetivo y retorno al sistema predominantemente subjetivo. Concepto moderno del derecho comercial, influencias del Derecho anglo americano (nuevas figuras mercantiles).

El código de Comercio Francés marcó sin duda un hito en cuanto a la autonomía legislativa del derecho comercial. Su principal novedad, pese a las críticas de Ripert, fue introducir la teoría de los actos de comercio (criterio objetivista, Malagarriga) Era breve, 648 artículos. Fue seguido por el Código Español de 1823 (Fernando VII) que regulaba numerosos actos de comercio. Los nuevos sistemas de política económica (principalmente el capitalismo) y el desarrollo y expansión de la actividad comercial, crearon nuevos instrumentos e instituciones. La actividad individual (aunque organizada como empresa) fue cediendo paso a la actividad empresarial como hoy la conocemos, por la necesidad de reunir mayores capitales para sus fines. El tráfico dinerario se incrementó y aparecieron letras de cambio, bancos, cheques, etc. Esto motivó la necesaria expansión del derecho comercial y el nacimiento de un derecho societario, que por su naturaleza y la de las instituciones que regula, se aproxima más al derecho comercial que al civil (Fontanarrosa) En nuestro derecho aparecen también instituciones traídas del derecho anglo americano (warrants, debentures, etc.) 

4) El Código de Comercio Argentino. Antecedentes sobre legislación mercantil en la época de la Colonia y del Virreinato, las Ordenanzas de Bilbao, la Casa de Contratación de Sevilla. La Constitución de 1853 (art. 67 inc. 1) Fuentes del Código de Comercio Argentino, organización sistemática. Reforma de 1889. Necesidad de una reforma sustancial. proyecto de unificación del Derecho Civil y Comercial, breve comentario crítico. Leyes complementarias del Código de Comercio; breve análisis de las principales (Ley de Sociedades Comerciales y Ley de Concursos)

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