EL DERECHO LA TEORÍA DE LOS OBJETOS Y LA VIDA HUMANA.
Enviado por Brisa Rojas • 1 de Febrero de 2017 • Apuntes • 1.568 Palabras (7 Páginas) • 424 Visitas
[pic 1]UNIVERSIDAD NACIONAL DE ASUNCIÓN
FACULTAD DE DERECHO Y
CIENCIAS SOCIALES
PROFESOR/A: DRA. ROSA NOGUERA.
CARLOS MALDONADO.
CARRERA: NOTARIADO.
ASIGNATURA: INTRODUCCIÓN AL ESTUDIO DE LAS CIENCIAS JURIDICAS.
TEMA: EL DERECHO LA TEORÍA DE LOS OBJETOS Y LA VIDA HUMANA.
INTEGRANTES
- Brisa Rojas.
- Carina Franco.
- Ángel Britez.
- Magdalena Fernández.
Asunción- Paraguay
2017
Introducción
El presente trabajo ha sido establecido a fin de cumplir con uno de los requisitos de la cátedra: Introducción al estudio de las Ciencias Jurídicas correspondiente al primer semestre de la carrera de Notariado de la Universidad Nacional de Asunción.
La metodología aplicada fue la lectura y análisis de materiales bibliográficos y la recopilación de datos obtenidos en los mismos referentes a “El Derecho y la Teoría de los Objetos”
En este trabajo encontraremos conceptos, definiciones, clasificación y características del tema abordado según diversos estudiosos de las Ciencias Jurídicas.
Nuestros agradecimientos a los profesores: Dra. Rosa Noguera y Carlos Maldonado por la designación del tema y la oportunidad de adquirir conocimiento, así también a todos aquellos que con su crítica constructiva nos ayuden a mejorar el material.
EL DERECHO
Acepciones del vocablo "derecho".
Esta palabra (derivada del latín directus, participio pasivo de dirigere, dirigir, alinear, encauzar), es empleada corrientemente en varios sentidos que deben ser aclarados. Descarto las acepciones que tiene en el orden físico, así como su sentido vulgar, para limitamos a los significados con que se la usa en el ámbito de las disciplinas jurídicas. Todo ello para saber qué debe entenderse por "derecho", así a secas. Estos sentidos en que se la emplea, son los siguientes: 1) Designando algunos impuestos. Ejemplos: derechos aduaneros, de importación, etc. Se trata de un uso tan generalizado como incorrecto, pues lo que corresponde decir, hablando con precisión técnica, es impuestos aduaneros, impuestos a la importación, etc. Queda por lo tanto descartada esta acepción. 2) Como sinónimo de Ciencia del Derecho. Tal sucede cuando se dice doctor en derecho, estudiante de derecho, facultad de derecho, etc. También en este caso estamos frente a un empleo inexacto del término, porque si lo que se quiere es referirse a la Ciencia del Derecho o a las distintas especialidades que la integran, lo que corresponde es decir entonces, doctor, estudiante, o facultad de ciencia del derecho, o de ciencias jurídicas, siguiendo la expresión más corriente y eufónica. En consecuencia, dejamos también de lado este sentido 3) Designando el derecho subjetivo o facultad jurídica, es decir, la facultad que tiene una persona de realizar determinados Como es evidente, en estos casos es fácil comprender que se hace referencia al derecho subjetivo. En cambio, no sucede lo mismo cuando se dice genéricamente "el derecho", así a secas, para referirse al derecho subjetivo. Pues bien, en este caso, la tendencia dominante en las ciencias jurídicas y en la Filosofía del Derecho, es la de hacer referencia, no a la facultad jurídica, sino a las "leyes" y demás normas judiciales. Por eso también se dice derecho-norma o derecho objetivo, para hacer referencia a las normas jurídicas. En síntesis, la expresión "derecho" o "el derecho", así a secas, no debe emplearse técnicamente para designar lo que con propiedad debe llamarse derecho subjetivo o facultad jurídica, salvo en los casos citados en que se aclara su sentido. Debemos descartar asimismo este significado, en la investigación de lo que debe entenderse por "derecho", sin perjuicio de recordar que oportunamente será tratado el tema del derecho subjetivo y el concepto del "derecho en sentido subjetivo" por ser necesarios para lograr una comprensión cabal del fenómeno jurídico. 4) Designando las leyes y demás normas o reglas de conducta que rigen la convivencia humana, normas que, obviamente, son obra del hombre y, por lo tanto, un objeto cultural, es decir, una parte de la cultura.
Concepto de derecho.
El derecho es el sistema de normas coercibles que rigen la convivencia social. A) El derecho es precisamente eso: un conjunto más o menos ordenado y jerarquizado de reglas o normas de conducta que, por ejemplo, nos impone la obligación de dar o hacer determinadas cosas que nos indica cómo debemos realizar ciertos actos, aunque no tengamos la obligación de hacerlos; que establece además los actos que no deben hacerse bajo pena de sanción. Nótese que digo sistema y no conjunto de normas, como suele decirse, para destacar de ese modo que se trata de un conjunto ordenado y jerarquizado, puesto que entre las normas jurídicas hay relaciones de coordinación y de subordinación. En nuestro derecho, ese orden jerárquico se refleja.
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