EL ORIGEN DE LAS PENAS. Derecho de castigar
Enviado por Desarrollo Policial Pbi • 12 de Febrero de 2019 • Resumen • 617 Palabras (3 Páginas) • 206 Visitas
- Origen de las penas
Las leyes, finalmente son condiciones con las que el hombre decide gozar un “Estado de Derecho”, aunque para ello, tenga que sacrificar o ceder partes de sus derechos al estado, con la finalidad de que las proporciones sacrificadas formen la soberanía de una nación, y el soberano sea quien administre ese conjunto, incluso para aquellos que trasgredan e intenten sumergir las leyes de la sociedad en un caos, y al momento de contener o suscitarse ciertas acciones, el soberano aplique las medidas necesarias o “motivos sensibles” llamadas penas.
- Derecho de castigar
El fundamento del derecho del soberano a penar los delitos, se basa en: la necesidad de defender el depósito cedido por el gobernado , que en tanto más justas son las penas, mas sagrada e inviolable la seguridad y mayor la libertad que se otorga a los ciudadanos. Pues fue la misma necesidad, la que obliga a estos últimos, a ceder parte incluso de su propia libertad para depositarla a favor de su defensa.
- Consecuencias
Solo las leyes pueden decretar las penas de los delitos, y ello debe residir únicamente en el poder legislativo, facultado para ello a través del contrato social y como parte del ente soberano.
Pero la pena que sobrepase el límite de las leyes se “va de más”, no solamente teniendo lo justo, si no, una parte adicional; para evitar lo anterior, es necesario que un tercer actor, sea quien juzque y regule la aplicación de la misma.
- Interpretación de las leyes
En todo delito, la autoridad competente debe realizar un verdadero análisis, con la finalidad de emitir un juicio adecuado acerca de la acción. La aplicación de la pena, deberá ser de conformidad a la ley general. Ello requiere del análisis particular de cada acción.
- Oscuridad de las leyes
Sin leyes escritas una sociedad no tendrá jamás una forma estable de gobierno, en donde todo tendrá que generar una sinergia, es decir, un efecto del todo, en donde las leyes no se corrompan pasando por el tropel de los intereses particulares.
- Proporción entre los delitos y las penas
Históricamente, surge la necesidad de regularse la aplicación de las penas de conformidad al delito existente, toda vez que el desorden generado, al ser sancionado comprendía dimensiones mayores o menores en cuanto al daño provocado, teniendo que destinar una pena diferente a cada delito o de acuerdo a la ofensa ocasionada a la sociedad.
- Errores en la graduación de las penas
La verdadera medida de los delitos es el daño generado, la medición de los delitos, incluso la miden por los daños ocasionados a la persona ofendida, con respecto a su bien público, o bien “la gravedad del pecado, se considera en el grado del delito, o depende de la impenetrable malicia” , incluso se aplica el criterio moral, cuando en contrario se debe observar de manera objetiva para con ello pretender menos obscuridad en la alicación de las penas, aunque la interrogante sería ¿realmente hay un resarcimiento del daño en un sentido moral? ¿La medida es la justa? Volviendo nuevamente a los orígenes de la justicia.
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