ENSAYO: CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES.
Enviado por cledis1 • 9 de Febrero de 2016 • Ensayo • 406 Palabras (2 Páginas) • 1.537 Visitas
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES, que suscriben de una parte, el señor ALFREDO RAMOS CAOBIN, por una parte; y de otra, el Licenciado ARIEL HECTOR TOBON RAMIREZ, con cédula profesional 961313, quienes en lo sucesivo se les denominara cliente y abogado, respectivamente, al tenor de las declaraciones y cláusulas que enseguida se asientan:
DECLARACIONES:
1.- Declarar el cliente, tener necesidad de promover un juicio civil en contra de JOLTA, S.A. DE C.V., por el que requiere de los servicios profesionales del LIC. ARIEL HECTOR TOBON RAMIREZ.
2.- Declara el LIC. ARIEL HECTOR TOBON RAMIREZ, encontrase autorizado legalmente para ejercer la profesión mencionada, de conformidad con la cedula profesional número 961313 expedida por la Dirección General de Profesiones.
3.- Declara el cliente que el valor del negocio, lo es la cantidad QUE RESULTE DEL VALOR DEL INMUEBLE SITO EN LA calle LERDO NUMERO 310 ESQ. CALLE LIBERTAD DE TIERRA BLANCA, VER., mismo que fue embargado en los autos del expediente número 1734/1995 del índice del Juzgado Segundo de Primera Instancia con residencia en COATZACOALCOS, VER.
4.- Declaran los contratantes, estar de acuerdo con los términos del presente contrato, por lo que viene a celebrar el mismo, de conformidad con las siguientes,
CLAUSULAS:
PRIMERA.- El abogado, se obliga a prestar sus servicios profesionales al cliente, en la atención del Juicio que se intentará ya sea en la misma pieza de autos o bien por separado en el expediente 1734/1995 del índice del Juzgado Segundo de Primera Instancia con residencia en COATZACOALCOS, VER.
SEGUNDA.- La intervención del abogado, consistirá en la elaboración de la demanda, presentación y todos los trámites resultantes Y NECESARIOS PARA OBTENER EL ÉXITO DEL ASUNTO.
TERCERA.- El cliente se obliga a proporcionar toda clase de información en cuanto a los domicilios, documentos, posesiones y propiedades de los demandados, en el juicio descrito en las cláusulas primera y segunda anteriores.
CUARTA. El abogado, se obliga a informar al cliente, del avance procesal que tenga el mismo.
QUINTA.- Se fija por concepto de honorarios profesionales, la cantidad del 20% del valor de la suma que corresponda al bien inmueble indicado.
SEXTA. Se establece que en el caso de que el cliente desee que ya no se continúe con el juicio, pagará en concepto de indemnización el equivalente al 10% del valor de la suma resultante del valor del asunto según póliza.
ATENTAMENTE
VERACRUZ, VER., 10 de JUNIO DEL 2009. .
ALFREDO RAMOS CAOBIN
EL CLIENTE
LIC. ARIEL HECTOR TOBON RAMIREZ
PRESTADOR DE SERVICIOS
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