Contrato De Prestacion De Servicios Profesionales
Enviado por Salvadorm4646 • 27 de Marzo de 2015 • 1.983 Palabras (8 Páginas) • 643 Visitas
CONCEPTO DE CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES
definición del tratadista Sánchez Medal: “Es el contrato por el que una persona llamada profesionista o profesor se obliga a prestar determinados servicios que requieren de una preparación técnica y a veces de un título profesional, a otra llamada cliente que se obliga a pagarle una determinada retribución llamada honorario”.
Treviño García considera: “Contrato en función del cual una parte, la que se designa con el nombre de profesor o profesionista, se obliga a efectuar un trabajo que requiere para su realización, preparación técnica, artística y en ocasiones título profesional, a favor de otra persona, llamada cliente, a cambio de una remuneración que recibe el nombre de honorarios, o a título gratuito, si así se convino”.
CARACTERISTICAS DEL CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES
1. Es una operación que tienen por objeto la Provisión de Servicios;
2. Intuito personae;
3. Bilateral;
4. Oneroso;
5. Conmutativo en virtud de que las prestaciones se encuentran perfectamente determinadas por las partes, siendo de su pleno y absoluto conocimiento;
6. Principal;
7. De tracto sucesivo, porque las prestaciones habrán de realizarse de manera periódica;
8. Consensual en oposición a formal, en cuanto a la formalidad exigida por la ley, y
9. Nominado en cuanto a su regulación legal.
En virtud de su objeto que recae en la ejecución de actos materiales que implican el dominio y práctica de una profesión, arte u oficio, por parte del profesor o profesionista que se obliga a realizar a favor del cliente, cuyo contenido se traduce en prestaciones de hacer, consistentes en conductas a observar -en contraposición a las obligaciones de dar que re caen sobre bienes o cosas-, a este contrato -en cuya denominación se presuponen-, se le coloca en la categoría de Contratos de Provisión de Servicios.
La concertación acerca de la prestación de servicios profesionales se caracteriza por ser un contrato intuitu personae, en el sentido de pertenecer a la categoría de convenciones contractuales que se celebran en razón a la calidad personal de los contratantes fundamentalmente -que en este caso se refiere al prestador.
La prestación de servicios es bilateral, toda vez que en virtud de dicha contratación habrán de imponerse derechos y obligaciones recíprocos a sus partes, profesor o profesionista y cliente; conforme al principio que consagra que: El contrato es bilateral cuando las partes se obligan recíprocamente (artículo 1836).
En atención a provechos y gravámenes, la prestación de servicios profesionales es una convención contractual onerosa, de acuerdo a ese dispositivo del Código Civil Federal, que establece: Es contrato oneroso aquel en que se estipulan provechos y gravámenes recíprocos (artículo 1837), en virtud de que al existir una retribución para el profesor o profesionista, los provechos para ambas partes serán correlativos, al mismo tiempo, de los gravámenes que en rigor cada uno debe reportar.
En atención a la determinación de las prestaciones a cargo de sus partes, este contrato se distingue como conmutativo, toda vez que al ser las prestaciones a cargo de sus partes perfectamente determinadas de acuerdo a la alusión que en este sentido se hace en el Código Civil Federal: El contrato oneroso es conmutativo cuando las prestaciones que se deben las partes son ciertas desde que se celebra el contrato, de tal suerte que ellas pueden apreciar inmediatamente el beneficio o la pérdida que les cause éste... (1838).
Asimismo, el contrato de prestación de servicios profesionales se distingue como principal, toda vez que su existencia no se encuentra sujeta a la de otro contrato de la que se pueda hacer depender; teniendo absoluta autonomía las obligaciones a cargo de sus partes.
En cuanto a la determinación del momento en que deban tener verificativo las prestaciones a cargo de las partes, la prestación de servicios profesionales presenta la característica de ser de tracto sucesivo; toda vez que la ejecución de los actos materiales que constituyen su objeto por parte del profesor o profesionista, habrán de realizarse durante el término de su vigencia de manera periódica o sucesiva.
El contrato se hace recaer en prestaciones de hacer,
DIFERENCIA ENTRE EL CONTRATO DE MANDATO Y EL DE DEPÓSITO
EL CONTRATO DE MANDATO.- Es el acuerdo de voluntades por el cual una persona llamada mandatario se obliga a ejecutar por cuenta del mandante los actos jurídicos que este le encarga.
EL DE DEPÓSITO.- Es un acuerdo de voluntades por el que el depositario se obliga hacia el depositante a recibir una cosa mueble o inmueble para restituirla individualmente cuando la solicite el depositante.
ELEMENTOS PERSONALES DEL CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES
a) Profesor o Profesionista
b) el cliente.
ELEMENTOS FORMALES DEL CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES
Elementos esenciales
a) El consentimiento integrado por las voluntades de sus partes
Este elemento de carácter subjetivo del contrato de prestación de servicios profesionales se encuentra conformado por la necesaria concurrencia de las voluntades de sus partes, que en este caso son: la del profesor o profesionista y la del cliente; la primera de éstos en el sentido de llevar a cabo los actos materiales que se le encomiendan, mismos que implican el dominio de una ciencia, arte u oficio, y por la otra, la de cubrir a aquél una retribución económica u honorarios, acorde a lo previsto en el antes citado precepto del Código Civil:
2606.- El que presta y el que recibe los servicios profesionales pueden fijar, de común acuerdo, retribución debida por ellos…
b) El objeto de la prestación de servicios profesionales
El objeto de la prestación de servicios profesionales se conforma por una parte, por la actividad a realizar por el profesor o profesionista, consistente ésta en el desarrollo de actos materiales que impliquen el ejercicio de una profesión, arte u oficio, y por la otra, en la retribución que se obliga a cubrir por concepto de honorarios el cliente.
Elementos de validez
a) La capacidad en la prestación de servicios profesionales
Con relación a la capacidad exigida a las partes como elemento de validez para la celebración de este contrato, cabe señalar que esta exigencia se encuentra
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