ENSAYO DE FEMINICIDIO
Enviado por Anais Mosquera • 11 de Diciembre de 2015 • Ensayo • 2.084 Palabras (9 Páginas) • 728 Visitas
FEMINICIDIO
Analizaremos uno de los temas que han desatado una serie de debates en los últimos años, pero no por este hecho, se puede decir que es un tema reciente, en realidad es un problema social que se ha dado desde hace varios siglos atrás; la discriminación, violencia, maltrato físico, psicológico, sexual, entre otros, son unos de los tantos elementos adicionales previos al feminicidio, que termina con la muerte de la mujer.
Este ensayo crítico se fundamenta de la Normativa Tuitiva y Normativa Penal frente a la violencia de ROCCI BENDEZÚ BARNUEVO (legislación española).
La alusión a la mujer como víctima de determinados delitos no es un hecho de data reciente, esta victimización ya se presenciaba dentro de otros delitos como los delitos sexuales, delitos de adulterio, entre otros, donde además sólo se consideraba como sujeto pasivo de estas conductas a las mujeres, excluyendo al varón como víctima.
Había una fuerte influencia moral y discriminatoria en cuanto a delitos sexuales, ya que la tutela penal exigía que se trataran de mujeres “honestas”, y que la violación se realice fuera del matrimonio, por lo que quedaba al margen de la protección penal la mujer casada.
Quizás esta regulación se daba por la visión que se podría desencadenar en las mujeres en cuanto a las expectativas de contraer matrimonio, a consecuencia de la deshonra que pudiera estigmatizarla, producto de la violación sexual… algo completamente absurdo desde mi punto de vista.
Se podría complementar que el bien jurídico protegido en estos delitos no era la libertad sexual, sino el honor sexual de las mujeres.
Así también en lo que respectaba a delitos contra la vida, se pasa de una situacion de equiparacion y de igualdad formal del varon y de la mujer a otro de tutela mas intensa de la mujer que resulta victima de muerte por parte de un varon. Aquí entra la crítica de la doctrina respecto al incumplimiento del principio de proporcionalidad.
Dentro de la evolucion legislativa del derecho penal, en relacion con la proteccion de la mujer, se puede decir, que se presentaron tres etapas claramente diferenciadas.
Se presenta un derecho penal con normas altamente discriminatorias para las mujeres, pero que paulatinamente ha ido cambiado conforme se ha avanzado con el reconocimiento de los derechos de las mujeres.
Surgen algunos tipos penales para abordar la violencia contra las mujeres en las relaciones intimas o de familia. Se trataban de leyes asentadas sobre una base de neutralidad de género. Es decir, no reconcía la violencia contra las mujeres como problema especifico, sino que lo reconocia como parte de la violencia dentro del entorno familiar o intrafamiliar.
Se observa la tendencia normativa por la penalizacion de figuras como el femicidio o feminicidio, dando paso a tipificaciones de tipos penales con forma expresa de la diferencia sexual.
Actualmente las fuertes oposiciones a la regulacion de tipos penales especificos sobre violencia contra las mujeres ha desencadenado una infraccion de los principios de igualdad, proporcionalidad, entre otros.
Constitucionalidad del precepto penal
El código penal de 1991 se erigió sobre la base de principios racionalizadores del control penal, como los de igualdad, proporcionalidad, culpabilidad, entre otros, así también aparecen la prevención especial, a través de las llamadas medidas alternativas y una trasfnormacion del regimen penitenciario que sastifaga el mandato constitucional.
La Carta Magna de 1993 conduce a una concepcion del derecho penal como intrumento de control al servicio de la persona humana.
Teniendo en cuenta lo mencionado anteriormente, cabe analizar si la regulacion legal del feminicidio puede ser objetada debido a una probable infraccion de los principios de igualdad, culpabilidad y proporcionalidad.
Por otra parte, los Estados deben promover una politica que genere las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva, para esto es necesario corregir situaciones de ventaja con la introduccion de medidas de discriminacion positiva, que suponen beneficios a favor de un grupo de personas menos representadas o que sufran algun tipo de desigualdad injusta.
Este caso se evidencia hoy en día en nuestro país, un ejemplo claro es la discriminacion positiva que se dan en los concursos de oposicion de meritos, al dar puntos extras a los candidatos que se consideran afroascendientes, indígenas, discapacitados, mujeres, etc.
La tipificacion de delitos, dentro del campo del Derecho Penal, persiguen en principio una mayor proteccion a la mujer frente a una situacion de grave desiguealdad respecto a los ataques homicidas de un varón, aun cuando pretenda ser la expresión del empleo de la discrmiminaion positiva en el ambito penal, debe ser aceptada p mp em miestro ordenamiento juridico.
Dentro de est tipificacion del delito, el legislador, establece una proteccion reforzada, expresamente en el endurecimiento de la pena hacia el varón, siendo este el causante de del homicidio en una mujer , pero esto es un tipo penal que dispensa una respuesta punitiva mucho mássevera cuando la victima es mujer y el sujeto activo es varón.
En otras palabras, se sanciona de forma más contundente, porque se considera que exista mayor gravedad en el hecho desde el punto de vista del contenido del injusto y la culpabilidad, así también se castiga más gravemente el feminicidio debido a que se trata de una manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los varones sobre las mujeres.
Aquí vale la pena mencionar lo expuesto por el magistrado español TIRADO MÁRQUEZ: “La dignidad y la integridad del ser humano están tambien cuestionadas, siendo anuladas y menospreciadas cada día con los actos de violencia que se ejercen sobre la mujrt, sea física, psicología sexual, o en cualquier otra forma.
La violencia contra la mujer es un problema de dimensión universal y de gravedad extrema, ya que la misma sociedqad establece une steorotipo donde coloca a la mujer de una manera subordinada, así tambipen aparece relaciones de poder y sometimiento del varón sobre la mujer.
Entonces el feminicidio no aparece por el mero hecho de que la victima del homicidio sea mujer, sino que es preciso señalar el adicional es que esa conducta homicida pueda catalogarse como una manifistación de la discriminación de la situación de desigualdad, abuso de poder o de dominación y de la posicion de subordinacion y desfavorecimiento, y la violencia contra la mujer, que a su vez trae consigo un plus de antijuricidad.
Pero aún así se evidencia dentro de la configuracion legal del feminicidio una imposicion de consecuencias totalmente desproporcionadas en contra del varón, ya que la
...