Educacion En Contexto De Encierrro
Enviado por rominaabratte • 22 de Octubre de 2013 • 4.528 Palabras (19 Páginas) • 509 Visitas
EL ARTE COMO PRACTICA PEDAGOGICA DENTRO DEL CONTEXTO DE ENCIERRO.
El trabajo en formación artística o con el auxilio de disciplinas artísticas puede abrirnos nuevos cauces por los cuales dejar fluir nuestros saberes en el proceso educativo. Por ello, introducir conocimientos y prácticas artísticas en la comunicación nos permite reconfigurar todo el bagaje pedagógico que llevamos como producto de nuestra formación. Desde esta perspectiva las posibilidades prácticas se amplían y nos permiten incursionar en ámbitos no contemplados en las viejas metodologías de enseñanza. En definitiva, si, como veíamos anteriormente, para algunos estudios la educación tiende a reproducir formas o de contenidos cristalizados, incluir el arte pone en duda algunos de estos postulados. El arte, en sí mismo, no es una mera reproducción de lo establecido socialmente porque su condición de posibilidad se sostiene en una práctica de creación libre y, como tal, nos obliga a repensar lo que hasta ahora considerábamos indiscutible. Esto no quiere decir que la creación artística no requiera de métodos precisos y de una formación específica en historia, teoría y técnicas particulares. La historia del arte es testigo de esto: escuelas, estilos diferentes, el trabajar con distintos soportes materiales, la disciplina de trabajo que se expresa en las obras de cada uno de los artistas; toda una historia desplegada a partir del estudio y la tarea continua señalan esta posibilidad de creación libre que supone el arte. Es decir, es creación y a la vez formación profesional.
La educación supone vínculo, encuentro, relaciones intersubjetivas. Sabemos que no se trata de un mero pasaje de información o de conocimientos del docente al alumno, sino que el vínculo pedagógico supone una interacción social basada especialmente en la posibilidad de escuchar y de ser escuchado. Esto implica el respeto por las diferencias y la inclusión del otro en la construcción de un saber. El arte, la cultura y los derechos humanos tienen como requisito necesario el encuentro colectivo y, con ello, la conformación de un mundo común de sentido. Esa es su marca diferencial: la posibilidad de ser uno mismo y de reconocerse en el encuentro con los otros”
PREGUNTA: ¿ la práctica pedagógica a través del arte contribuye a mejorar los vínculos sociales en los sujetos en contexto de encierro?
MARCO TEORICO
El tema es complejo y las discusiones en los ámbitos artísticos dan cuenta de que no es posible encontrar una única respuesta a lo que hoy podemos considerar arte. A lo largo de la historia, lo artístico era asociado necesariamente a una idea de belleza. Es decir, una pieza era una obra de arte cuando se percibía en ella una belleza propia. En este sentido, lo estético era la reflexión que se hacía sobre la relación entre el arte y lo bello, suponiendo que el destino de las obras debía ser el de participar de una idea de belleza universal y compartida por todos los hombres a lo largo de la historia.
Como dice: Alejandra Birgin: “Creemos fuertemente que es posible romper con la inexorabilidad y tenemos la convicción de que las cosas pueden ser de otro modo” (2004: 9). Si generamos las condiciones para cambiar las tendencias, los destinos no están necesariamente marcados de antemano. La cultura y la educación son las herramientas genuinas y obligadas para disminuir los efectos del encierro sobre los sujetos, restituir los derechos vulnerados incluso tempranamente, y abrir posibilidades para construir futuros diferentes a los asignados socialmente.
En este marco, nos proponemos abordar la cuestión de la educación en uno de los
bordes más dolorosos de lo social: las instituciones de privación de la libertad.
La complejidad de un campo atravesado por múltiples dimensiones será el punto de partida. De ahí que los recorridos que iremos marcando serán sinuosos y traerán voces, miradas y aportes diversos.
La propuesta es recuperar algunos ejes de contenido de estos campos de conocimiento de manera de conformar una caja de herramientas para el abordaje del problema de manera integral y atendiendo a su complejidad in trínseca.
Al mismo tiempo, la cárcel nos interpela y nos impulsa a pensar en el sentido de
la educación en estos contextos: “enseñar y aprender en contextos de encierro implica afirmar, preservar, efectivizar el derecho a la educación, fortaleciendo el pensar que otro mundo es posible, que si las circunstancias cambian, el concepto de posibilidad asoma.
Pensar al otro como sujeto de derecho, con posibilidad de crecimiento y con oportunidad de cambio, supone la convicción de una profunda y fructífera relación entre educación, ciudadanía y política” (Frejtman V., 2008).
La Educación en Contexto de Encierro comprende todos los niveles de la educación formal y no formal que se desarrollan en ámbitos de privación de libertad. En el marco normativo de la Ley de Educación Nacional N° 26.206 del año 2006, que incorpora la educación de las personas privadas de la libertad como una de las modalidades del sistema educativo. El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, con jerarquía constitucional en la Argentina, y otros documentos internacionales ratificados como el Protocolo de San Salvador a la Convención Americana de Derechos Humanos, establecen las obligaciones contraídas por el Estado argentino en materia del derecho humano
a la educación. Sientan un compromiso de los gobiernos nacionales de velar por el cumplimiento de derechos y reducir el número de jóvenes y adultos analfabetos y/o que no finalizaron la educación básica obligatoria que establece cada país.
La educación formal está compuesta por la educación primaria para adultos CEMPA (Centro Educativo Nivel Primario Adultos), la educación media CENMA (Centro Educativo Nivel Medio para Adultos) bachillerato orientado en la producción de bienes y servicios. También dentro de la educación informal se brinda distintos talleres ocupacionales dictado por el CEDER (Centro Educativos de Capacidades del Empleado) con el objetivo de brindar oficios para su posterior inserción laboral los cuales no son obligatorios.
Se define al interno –alumno como personas que cumplen condenas de diferentes tipos de delitos y de diversa duración. Participan de las actividades educativas aquellos que aspiran a superarse con clara vocación de superar sus limitaciones formativas.
En su mayoría son jóvenes provenientes de distintas regiones de la Pcia. De Cba.; derivados de la capital por solicitud y o buena conducta.
Las edades oscilan entre los 20 y 48 años.
Entre el CBU y los dos años del CE, los alumnos suman un total de 50.
La permanencia de los
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