Ejemplos De Circunstancias Atenuantes Y Agravantes
Enviado por daniela210595 • 23 de Mayo de 2014 • 554 Palabras (3 Páginas) • 7.998 Visitas
Circunstancias atenuantes o privilegiadas
1. Artículo 114: A quien cometa homicidio en riña se le impondrá prisión de cinco a doce años, si se trata del provocador, y de tres a siete si se trata del provocado.
2. Artículo 115: Al que prive de la vida a otro, por petición expresa, libre, reiterada, seria e inequívoca de éste, siempre que medien razones humanitarias o de salud comprobadas se le aplicará prisión de cuatro a doce años.
3. Artículo 122: Al que infiera lesiones en riña se le impondrá hasta la mitad de las penas correspondientes si se trata del provocador, y la tercera parte si se trata del provocado.
4. Artículo 127. Cuando el agente cometa homicidio o lesiones en estado de emoción violenta, las penas correspondientes se reducirán en una mitad. Existe emoción violenta cuando en virtud de las circunstancias en que ocurre el delito y de las propias del agente o del pasivo o de ambos, se halle considerablemente reducida la culpabilidad del agente, sin que exista inimputabilidad plena o imputabilidad disminuida.
5. Artículo 142.Si el agente espontáneamente libera a la víctima dentro de los tres días siguientes al de la privación de la libertad, sin que mediare violencia y sin causar daño, la pena de prisión se disminuirá en una mitad.
Circunstancias agravantes
1. Artículo 111: Al que prive de la vida al ascendiente o descendiente consanguíneo en línea recta, hermano, cónyuge, concubina o concubinario, adoptante o adoptado, quebrantando la fe o la seguridad que el pasivo debía esperar del activo por la real y actual relación de confianza que existe entre ambos en el caso concreto, se le impondrá prisión de veinte a cincuenta años; así como pérdida de los derechos que tenga con respecto al ofendido, inclusive los de carácter sucesorio.
2. Artículo 125. Cuando el homicidio o las lesiones se cometan culposamente con motivo del tránsito de vehículos del servicio público, escolar o de personal la sanción se agravará en una mitad más de la prevista para el delito culposo, y se aplicará al responsable suspensión de los derechos en cuyo ejercicio hubiese cometido el delito.
Las mismas sanciones se impondrán si el agente actúa en estado de ebriedad o bajo el influjo de estupefacientes, psicotrópicos u otras sustancias que produzcan efectos similares, sin que exista prescripción médica, o no auxilie a la víctima del delito y se de a la fuga injustificadamente.
Cuando por culpa grave se cause homicidio de dos o más personas, en las circunstancias previstas en el primer párrafo de este precepto, las penas serán de seis a veinte años de prisión y destitución del empleo, cargo o comisión e inhabilitación para obtener otros de la misma naturaleza.
3. Artículo 120. A l que padeciendo una enfermedad grave y transmisible, realice actos mediante los cuales contagie a una persona, se le aplicará la pena que
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