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Ejemplos Ilustrativos De Las Definiciones De: Derecho, Los Procesos Lógicos Del Pensamiento Científico Jurídico, Axiomas Y Principios Jurídicos


Enviado por   •  10 de Noviembre de 2012  •  5.309 Palabras (22 Páginas)  •  1.577 Visitas

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INSTITUTO DE ESTUDIOS SUPERIORES Y ESTRATÉGICOS SIGLO XXI

Trabajo Escrito Individual

Plantear ejemplos ilustrativos de las definiciones de: Derecho, los Procesos Lógicos del Pensamiento Científico Jurídico, Axiomas y Principios Jurídicos.

ANALÍTICA JURÍDICA

Lic. Jesús Ma. Treviño Flores

PARTICIPANTE:

Pedro Esteban Franco Valencia

312-003

DOMINGO 14 DE OCTUBRE 2012

ÍNDICE:

CONCEPTO PÁGINA

Título 3

Objetivo(S) 3

Introducción 4

Conceptos 8

Desarrollo 10

Conclusiones 12

Bibliografía 13

TÍTULO: Ejemplos ilustrativos de las definiciones de: Derecho, los Procesos Lógicos del Pensamiento Científico Jurídico, Axiomas y

Principios Jurídicos.

Descripción: Consiste en plantear respectivos ejemplos que ilustren a cada una de las definiciones de lo siguiente:

1.- Concepto del Derecho

2.- Concepto de los Procesos lógicos del pensamiento científico- jurídico

3.- Concepto de los axiomas y principios jurídicos

OBJETIVO (S)

Conceptualizar adecuadamente la definición de Derecho, no acotándolo a un tipo de conducta, sino a toda conducta en general desplegada en sociedad.

Manejar adecuadamente los conceptos de Derecho, Procesos Lógicos del Pensamiento Científico Jurídico, Axiomas y Principios Jurídicos, aplicadas a ejemplos de la vida.

INTRODUCCIÓN:

Las normas son reglas de conducta, de varios tipos, entre las que se encuentran las normas morales, que son las reglas que internamente nos ponemos nosotros, ya sea por voluntad propia o por principios que nos han inculcado, por lo general nuestros padres.

Toda norma para que sea perfecta y sea considerada como tal, tiene que tener una característica denominada sanción, es decir, un castigo.

La norma está conformada por hipótesis futuras de realización incierta, que regulan la conducta de una persona, pero cuando la conducta encuadra en la norma, por lo general se tiene un castigo.

Por ejemplo, norma moral: conducirse con verdad.

Esa es una norma moral, inculcada por nuestros padres. Pero, ¿qué pasa, si mi conducta se aparta de dicha norma?, es decir, si no me conduzco con verdad. Pues el castigo estará en mi propia conciencia.

O puede pasar, que aunque pensé no decir la verdad, al considerar mi norma moral mi conducta desplegada es otra, y pues, me conduzco con verdad.

Toda conducta desplegada en sociedad, regulada por una norma, se encuadra en el marco del Derecho, aunque no estemos hablando de normas contempladas en las leyes. Es muy importante no casarnos con la idea de derecho- leyes, porque nos limitamos y quedamos cortos en nuestro razonamiento como estudiosos del derecho.

En general, podemos afirmar que todo lo que sea norma de conducta es derecho, así de sencillo.

Es decir, si la norma está en un convencionalismo social, como las reglas de etiqueta o las que te impone un determinado grupo social, como un club de amigos, o un club social, las normas que te pone tu religión, las normas que están en las leyes o en cualquier documento dictado por la autoridad, todo ello es derecho.

Es importante destacar que para que las normas sean efectivas en su tarea de regular conductas, tienen que estar dotadas de un castigo que haga que la conducta del hombre se alinee al fin que toda norma persigue, que es precisamente el bien común, este castigo es la sanción.

Las normas que tienen el castigo más eficiente son las jurídicas, porque en esas normas sus castigos se cumplen, aún en contra de la voluntad de la persona.

La norma jurídica no pide permiso para aplicar su castigo, sino que éste se aplica por medio de la autoridad.

Sólo las normas jurídicas obligan independientemente de la voluntad del individuo. Es importante en el ejercicio profesional del derecho encuadrar la conducta, para obtener eficacia en contra de ella, para ello es muy importante saber las características de cada tipo de normas, para tratar de dimensionarlas.

Tomando en consideración que el Derecho se aprende estudiando, pero se ejerce pensando,

es por ello que el razonamiento lógico-jurídico juega un papel sumamente importante en la formación profesional de los futuros abogados.

Efectivamente, el ejercicio de la profesión, es en base a razonamientos, que después se transforman en acciones o argumentos, para determinar lo que corresponde conforme a derecho.

Es por ello que se vuelve muy técnico, porque los abogados tienen y deben aprender a conjugar otros conceptos del derecho, para ir construyendo, razonando, y por ende, determinando lo que en derecho corresponde.

La razón, desde la perspectiva legal, se construye con todos los conceptos como son: norma, derecho, derecho subjetivo, derecho natural, los diversos tipos de norma, derecho positivo, principios jurídicos, pero, al momento de ponerlos en acción, requerimos de un orden en nuestra forma de pensar, para poder formular argumentos jurídicos sólidos, convincentes, fundados en Derecho.

Y es aquí donde entran los procesos lógicos del pensamiento científico jurídico en el ejercicio profesional del derecho. Para llegar a este punto, primero tenemos que usar la ciencia, pero como estamos ante una ciencia social, que se encarga de las normas que regulan conductas, pues la única forma de hacer ciencia es con el pensamiento, pero este pensamiento tiene que ser lógico, pero no lógico formal, es decir, la lógica que usamos comúnmente, sino una lógica jurídica.

Que no es otra cosa que usar el derecho en la construcción de pensamiento.

El proceso lógico de pensamiento científico jurídico nos abre un universo de opciones, para resolver cualquier fenómeno social, juicio o caso en particular,

porque nos abre la mente para la creatividad,

Llegamos a conclusiones idóneas, levando a cabo un proceso lógico de pensamiento jurídico, bajo un verdadero silogismo jurídico.

El silogismo jurídico es un proceso lógico que se construye con premisas. En donde tenemos una premisa mayor, que es el concepto de derecho o artículo que esté en la ley; una premisa menor, que es el caso o fenómeno social. Y la conclusión que es

...

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