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¿El Derecho Internacional, puede ser catalogado como Derecho o como una categoría jurídica?


Enviado por   •  7 de Marzo de 2018  •  Ensayo  •  392 Palabras (2 Páginas)  •  93 Visitas

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¿El Derecho Internacional, puede ser catalogado como Derecho o como una categoría jurídica?

El derecho internacional, si está dentro del régimen jurídico o si bien está clasificado como derecho, pues es una disciplina que tiene que ser regulada por un conjunto de normas y tiene como fin el poder resolver problemas que se susciten por la aplicación de un derecho extranjero. Y ante la sociedad está regulado con la necesidad de interactuar con otros estados de manera pacífica y con la obligación de respetar lo que acuerden, y cumplir con lo que habían acordado, pero para llegar a eso debe de existir un margen que los obligue a cumplir con ciertas formalidades de dicho acuerdo.

Pues el derecho internacional tiene como base la ley y los tratados internacionales y como tal tiene por objeto relación de las normas, aunque los estados involucrado tengan plenitud de soberanía, pues estamos en un plano de igualdad y todos tiene el mismo respeto, y aunque este de por medio la filosofía dejándolo a la razón y la moral de cumplir con lo que se pacte, eso no confirma que lo vayan hacer. Entonces digamos que tiene una autodeterminación: la moral internacional, por un lado, y, por otro, las reglas de la cortesía internacional.

Pero también podemos verlo de una manera jurídico y moral, ya que los estados son entes soberanos y como tal no puede obligárseles a cumplir con dichas reglas, siendo que lo beneficio que obtenga por quebrantar dichos acuerdos sea mayor, que decida omitir las bases del acuerdo. Y lo moral entraría en acatar las normas por sentido común, o en sentido de respeto, pero abarca más lo jurídico, pues los estados involucrado pueden reclamar la aplicación de la ley, aunque no se cumple, está regulado y esta de manera escrito por reglamentos que imparte la ley.

Y mi opinión se basa en lo que dijo Feliz Somlò, que la naturaleza de las normas no son morales, pues la moral es un juicio autónomo y absoluto y estas normas son heterónomas y se conforman en una justicia relativa.

El derecho internacional es parte de una sociedad jurídica comunitaria, pues las normas que los regulan son hechas de convenio internacionales que se conducen por la fuerza de lo que tiene que ser y no tanto por el Derecho (solo las bases que establezcan para la formalización de sus tratados).

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