El Derecho Subjetivo Y Sus Clasificaciones
Enviado por jessica_leo28 • 7 de Septiembre de 2014 • 2.378 Palabras (10 Páginas) • 434 Visitas
El derecho subjetivo y sus clasificaciones
El derecho subjetivo son las facultades o potestades jurídicas inherentes al hombre por razón de naturaleza, contrato u otra causa admisible en derecho. Un poder reconocido por el Ordenamiento Jurídico a la persona para que, dentro de su ámbito de libertad actúe de la manera que estima más conveniente a fin de satisfacer sus necesidades e intereses junto a una correspondiente protección o tutela en su defensa, aunque siempre delimitado por el interés general de la sociedad. Es la facultad reconocida a la persona por la ley que le permite efectuar determinados actos, un poder otorgado a las personas por las normas jurídicas para la satisfacción de intereses que merecen la tutela del Derecho.
Un derecho subjetivo nace por una norma jurídica, que puede ser una ley o un contrato, a través de un acuerdo de voluntades para que pueda hacerse efectivo este derecho sobre otra persona determinada.
La cara contrapuesta de un derecho subjetivo es una obligación. Todo derecho supone para una o más personas una obligación de respetarlo, ya sea de forma activa (obligación de hacer) o pasiva (obligación de no hacer).
En cuanto corriente los autores que consideran a los derechos subjetivos como la base del ordenamiento jurídico enfatizan la primacía del consenso entre los individuos como fuente de legitimidad, en contraposición a las que enfatizan que la validez de las instituciones no se sujeta al libre albedrío de aquellos que nacen en su seno, también llamadas "del derecho objetivo". La libre aceptación por parte de los miembros de una comunidad del orden que los sujeta a la misma –representada por Jean-Jacques Rousseau y su "contrato social"– se topa, a los ojos de los representantes del derecho objetivo (cuyo máximo exponente es Hegel) con una dificultad que desde su punto de vista es insalvable: los miembros de una comunidad no pueden fundar su posibilidad ni la legitimidad de sus instituciones en algún tipo de "consenso", dado que dicha comunidad preexiste a sus miembros, está ya ahí constituida en sus instituciones y cada persona encuentra su Status de tal en su seno merced a su integración a las mismas. El derecho subjetivo también designa la facultad de hacer o exigir algo que la norma reconoce a favor de un sujeto.
Clasificación
1. Atendiendo a la conducta debida, se distingue entre derechos subjetivos a la conducta ajena o propia:
• A la Conducta Propia: Hacer / Omitir (no hacer lo que yo diga)
• A la Conducta Ajena: Exigir una conducta positiva (que se haga algo) o negativa (que no se haga algo)
2. Atendiendo a su efecto, se distingue entre derechos subjetivos relativos o absolutos:
• Derecho Subjetivo Relativo: Se hacen valer ante otra persona o personas concretamente identificadas.
• Derecho Subjetivo Absoluto: Se hacen valer ante todas las personas que integran la sociedad.
3. Atendiendo a su régimen jurídico, se distingue entre derechos subjetivos públicos y privados:
• Públicos: conjunto de facultades que se hacen valer frente al Estado y representan una serie de limitaciones que el Estado se impone a sí mismo.
• Privados: Facultades que se ejercen en las relaciones de los particulares entre sí o con el Estado, cuando éste no actúa en su carácter de ente soberano.
Garantías Individuales.
El derecho político o constitucional es el conjunto de normas relativas a la estructura fundamental del estado, a las funciones de sus órganos y a las relaciones de estos entre si y con los particulares.
En el derecho constitucional de una nación podemos encontrar la historia misma de su pueblo, su evolución cívica y social, su lucha por la independencia y por la libertad.
La constitución suele dividirse en dogmática y orgánica.
La parte dogmática que son los derechos fundamentales del gobernado, solo comprende el capitulo primero, el de las garantías individuales.
Así mismo, esta parte dogmática: las garantías individuales, están divididas en cuatro grandes grupos:
garantías de igualdad
garantías de libertad
garantías de propiedad
garantías de seguridad jurídica
Dentro de las garantías, hay un articulo, el 29 que suspende las garantías individuales en ciertos casos ahí señalados, además del 25, 26, y 28 que establecen la rectoría económica del estado.
Garantías de igualdad
Estas garantías tienen el objeto evitar los privilegios injustificados y colocar a todos los gobernados en la misma situación frente a la ley.
La igualdad jurídica consiste en evitar las distinciones que se hagan por raza, sexo, edad, religión, profesión, posición económica, etc...
Presentaremos de manera breve la finalidad de cada articulo.
Art. 1º Goce para todo individuo de las garantías que otorga la constitución.
Art. 2º Prohibición de la esclavitud.
Art. 4º Igualdad de derechos sin distinción de sexo.
Art. 12º Prohibición de títulos nobiliarios.
Art. 13º Prohibición de fueros.
Garantías de libertad
Estas garantías están en los artículos. 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 16, 24 y 28. Siendo la libertad elderecho de elegir aquello que es bueno para una persona.
Art. 5º Es la libertad de elegir cualquier profesión que se desee, siempre y cuando sea licita, además de hablar de la justa retribución del trabajo efectuado por alguien.
Art. 6º Habla de la libertad de expresión, excepto si se ataca la moral, derechos de terceros, provoque un delito o altere el orden publico.
Art. 7º Libertad de escribir y publicar sobre cualquier materia
Art. 8º Los funcionarios y empleados públicos respetaran el ejercicio del derecho de petición, siempre y cuando, sea por escrito y de manera pacifica
Art. 9º Libertad de asociación y reunión libre con objetivos lícitos, que no sea reunión armada, sin producir amenazas.
Art. 10º Derecho a poseer armas por seguridad y defensa propia, a excepción de las prohibidas y las reservadas para el ejército.
Art. 11º Libertad de tránsito, de entrar y salir del país, viajar por él y mudar de residencia cuanto se desee.
Art. 16º La correspondencia cubierta por estafetas estar libre de registro.
Art. 24º Libertad de creencia religiosa.
Art. 25 prohibición de monopolios.
Garantías de propiedad
Esta clasificación es solo para el artículo 27
La propiedad de las tierras y aguas nacionales corresponde originalmente a la nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ella a los particulares constituyendo la propiedad privada
La expropiación, solo
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