El Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica
Enviado por ELIOT12 • 3 de Febrero de 2015 • Ensayo • 329 Palabras (2 Páginas) • 310 Visitas
El Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica
El Equipo o Comisión Técnica de Coordinación Pedagógica estará integrada por el Director, que será su Presidente, el Jefe de Estudios, los Coordinadores de ciclo y, en su caso, el Coordinador del Equipo de Orientación y Apoyo. Actuará como secretario el maestro o maestra que designe el Director. Se integrará, asimismo, en el Equipo de Técnico de Coordinación Pedagógica, el orientador de referencia del Equipo de Orientación Educativa. Puede considerarse como el máximo órgano de coordinación docente
El Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica tendrá las siguientes competencias:
a) Establecer las directrices generales para la elaboración del Proyecto Curricular de Centro y sus modificaciones.
b) Coordinar la elaboración del Proyecto Curricular de Centro y su posible modificación, y asegurar su coherencia con el Proyecto de Centro y sus modificaciones.
c) Elaborar la propuesta de organización de la orientación escolar, del plan de acción tutorial y del plan de formación del profesorado.
d) Organizar, bajo la coordinación del Jefe de Estudios, la realización de las actividades de perfeccionamiento del profesorado de acuerdo con el plan de formación.
e) Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las adaptaciones curriculares adecuadas al alumnado con necesidades educativas especiales.
f) Proponer al Claustro de Profesores el Proyecto Curricular de Centro para su aprobación.
g) Velar por el cumplimiento y posterior evaluación del Proyecto Curricular de Centro.
h) Proponer al Claustro de Profesores la planificación general de las sesiones de evaluación de acuerdo con la jefatura de estudios.
i) Proponer al Claustro de Profesores el plan para evaluar el Proyecto Curricular de Centro, los aspectos docentes del Proyecto de Centro y del Plan Anual del mismo, la evolución del aprendizaje y el proceso de enseñanza.
j) Fomentar la evaluación de todas las actividades y proyectos que el Centro realice, colaborar con las evaluaciones que se lleven a cabo a iniciativa de los órganos de gobierno o de la Administración Educativa e impulsar planes de mejora en caso de que se estime necesario, como resultado de dichas evaluaciones (DECRETO 201/1997).
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