El Fideicomiso, la propiedad fiduciaria y el dominio fiduciario
Enviado por CHAKULA • 15 de Agosto de 2011 • 2.740 Palabras (11 Páginas) • 1.319 Visitas
El Fideicomiso, la propiedad fiduciaria y el dominio fiduciario.
FIDEICOMISO
La CAUSA FUENTE (mediata o inmediata) de la Propiedad Fiduciaria (género), es el derecho patrimonial y temporal que adquiere el fiduciario sobre los bienes fideicomitidos.
La CAUSA FUENTE (mediata o inmediata) del Dominio Fiduciario (especie), es el derecho de dominio imperfecto que adquiere el fiduciario sobre las cosas fideicomitidas.
El fideicomiso como negocio jurídico.
Negocio o acto jurídico (contractual o testamentario) mediante el cual una persona transmite o se obliga a transmitir la propiedad de uno o más bienes a otra, para que sean destinados a una finalidad determinada.
El negocio por actos entre vivos (Art. 1 y el grueso del articulado de la ley), comprende al contrato de fideicomiso ordinario y fideicomiso financiero, y el negocio por causa de muerte (Art. 3), al testamento.
a- Transferencia de la propiedad: lo distingue de los restantes negocios fiduciarios.
b- El encargo de confianza: es el destino que el fiduciario debe darle a los bienes que le han transmitido.
De estas notas básicas se puede concluir que:
-La transferencia fiduciaria no es el fin último del fideicomiso.
-Es un medio para otorgar mayores seguridades jurídicas a negocios subyacentes.
- Las mayores seguridades las brinda el “patrimonio separado” (Art. 14 L.)
NEGOCIOS SUBYACENTES
Son los encargados establecidos en el negocio, los motivos por los cuales se transfiere la propiedad fiduciaria.
- Pueden ser a título oneroso o gratuito.
- El encargo demuestra que el fiduciario es el soporte jurídico de la propiedad; tiene la propiedad, sin contenido económico para él. Valor económico comprendido por el Patrimonio separado.
EL NEGOCIO SUBYACENTE ONEROSO
Se lo puede entender de la siguiente manera:
Principalmente tenemos a un FIDUCIARIO quien construye y financia el edificio por su propia cuenta.
Por otro lado tenemos a un FIDUCIANTE “A” (constructor), quien transmite en propiedad fiduciaria al FIDUCIARIO, el Proyecto y sus derechos sobre las mejoras al inmueble (Obra). También tenemos al FIDUCIANTE “B” (dueño de tierras) el cual transmite en propiedad fiduciaria, las tierras al FIDUCIARIO.
Como resultado el FIDUCIARIO transmite en propiedad plena 70 unidades funcionales, al BENEFICIARIO “C” Y FIDEICOMISARIO (Fiduciante “A”). Por otra parte el FIDUCIARIO transmite en propiedad plena 30 unidades funcionales al BENEFICIARIO “B” y FEDEICOMISARIO (fiduciante “B”).
EL NEGOCIO SUBYACENTE GRATUITO
El FIDUCIANTE (dueño del inmueble), transmite el dominio del inmueble al FIDUCIARIO el cual alquila el inmueble y con la renta otorga becas a los beneficiarios durante 5 años. Cumplido el plazo restituye el inmueble al fiduciante. Este FIDUCIARIO por otro lado selecciona a los BENEFICIARIOS y al FIDEICOMISARIO (Fiduciante).
El contrato de fideicomiso. Definición.
Habrá fideicomiso cuando una persona (fiduciante) transmita la propiedad fiduciaria de bienes determinados a otra (fiduciario), quien se obliga a ejecutarla en beneficio de quien se designe en el contrato (beneficiario) y al transmitirlo al cumplimiento de un plazo o condición al fiduciante, al beneficiario o al fideicomisario (Art. 1 L.).
El contrato de fideicomiso. Las Posiciones Jurídicas.
POSICIONES JURÍDICAS (Art. 1 L.):
FIDUCIANTE: Es quien constituye la propiedad fiduciaria. Puede haber varios fiduciantes.
FIDUCIARIO: Es quien recibe los bienes en fideicomiso y se compromete a cumplir con el encargo y a darles el destino que determine el fiduciante en el contrato. ¿Co-propiedad fiduciaria?. Fiduciarios sustitutos. (Art. 9 y 10 L.)
BENEFICIARIO: Es aquel en cuyo beneficio se “administran” los bienes fideicomitidos, durante la vigencia de la propiedad fiduciaria. Pueden ser personas determinadas o determinables en el contrato. (Art. 4L). Pueden designarse sustitutos (Art. 2, II Ap. L)
FIDEICOMISARIO: Dos acepciones:
a) Amplia: Es cualquier destinatario final (art. 26).
b) Estricta: Es el destinatario final que no es ni fiduciante ni beneficiario
(Art. 1).
El contrato de fideicomiso. La Partes.
Son Partes del Contrato el FIDUCIANTE y el FIDUCIARIO, como así también no son partes del contrato (Arts. 1 y 2 de la L. y 504 c. Civ.) el BENEFICIARIO y FIDEICOMISARIO.
El contrato de fideicomiso. Sujetos Concretos.
SUJETOS CONCRETOS: Son personas que en cada caso ocupan las distintas posiciones jurídicas. Cuando un determinado sujeto puede ocupar más de una posición tenemos una SUPERPOSICION DE ROLES, ejemplo: el fiduciante puede ser beneficiario y fideicomisario, o solo uno o lo otro.
El contrato de fideicomiso.
Derechos y obligaciones de los sujetos intervinientes.
FIDUCIANTES
- Designa al fiduciario y sus sustitutos.
- Determina las limitaciones que tendrá el fiduciario.
- Le indicará al fiduciario los actos que deberá realizar.
Derechos
- Revocar el fideicomiso. (Art. 25 inc. B. L.).
- Limitar las facultades del fiduciario (Art. 17 “in fine”de la L.).
- Exigir rendición de cuentas (Art. 7 L.).
- Solicitar la remoción del fiduciario (Art. 9 a) L.).
- Ejercer acciones en defensa a los bienes fideicomitidos (Art. 18 L.).
FIDUCIARIO
Obligaciones legales
- Ejercer la propiedad fiduciaria en el beneficio de quien se designe en el contrato. (Art. 1 L. y 6 L.).
- Rendir cuentas (Art. 7 L).
- Transferir los bienes cuando finalice el fideicomiso (Art. 1 y 26).
- Iniciar las acciones necesarias para la conservación de los bienes
(Art.18 L.).
- Disponer o gravar cuando lo requieran los fines del fideicomiso (Art. 17).
Derechos
- Retribución (Art. 8 L.).
- Responsabilidades: Principios generales. Específicos: (Arts. 14 y 82 L).
BENEFICIARIO
- Puede aceptar o rechazar el beneficio. (Art. 2 L).
- No debe identificarse al beneficiario con alguien que recibe necesariamente una liberalidad.
- Dicho beneficio puede consistir en obtener todo o parte de los frutos de los bienes. (Art. 15 “in fine” L).
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