El Fundamento de las contribuciones fiscales
Enviado por Osvaldo Laureano • 17 de Junio de 2017 • Documentos de Investigación • 1.263 Palabras (6 Páginas) • 271 Visitas
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INTRODUCCIÓN
En este ensayo abordaremos el tema de la obligación de contribuir a los gastos públicos con el fundamento constitucional que con posterioridad citaremos para un análisis concreto, así desprendiendo el por qué tenemos la obligación de contribuir, quienes deben contribuir, fundamentos para las distintas clases de contribución, así como diversos artículos de la misma constitución como apoyo para mejor comprensión de dicho artículo y demás leyes que emanan del artículo 31 constitucional.
DESARROLLO
“Artículo 31, fracción IV constitucional: Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes”.
Analizando dicho artículo encuentro el primer problema que es la ubicación del artículo; Con nueve títulos ubicamos que el artículo se encuentra en el título primero capítulo II De los mexicanos, en el cual señala que son obligaciones de los mexicanos… donde la propia constitución política nos indica quienes son mexicanos en su artículo 30:
“A. Son mexicanos por nacimiento:
I. Los que nazcan en territorio de la República, sea cual fuere la nacionalidad de sus padres;
II. Los que nazcan en el extranjero de padres mexicanos, de padre mexicano o de madre mexicana, y
III. Los que nazcan a bordo de embarcaciones o aeronaves mexicanas, sean de guerra o mercantes.
B. Son mexicanos por naturalización:
I. Los extranjeros que obtengan de la Secretaría de Relaciones carta de naturalización, y
II. La mujer o el varón extranjeros que contraigan matrimonio con varón o con mujer mexicanos y tengan o establezcan su domicilio dentro del territorio nacional”.
Comprendiendo que desde el nacimiento es considerado mexicano la pregunta detonante en este análisis es ¿Desde el nacimiento tenemos la obligación de contribuir al gasto público? Partiendo desde este punto, es un gran error, puesto que generaliza a los menores, incluso a los interdictos, claro que en el Código civil nos menciona que pueden ejercer derechos y obligaciones los incapaces con representantes con fundamento en el artículo 449 del Código Civil para el Distrito Federal, así quizás puedan realizar contribuciones los incapaces.
Desprendiendo que la Ley Federal de Trabajo en su artículo 5 prohíbe que los niños menores de quince años trabajen, el cual sería en algunos casos casi imposible generar una contribución a este sector, mientras que a los interdictos viendo por sus problemas mentales sería de la misma forma, algo casi imposible de generar un ingreso; después de esta pequeña investigación al problema se podría comprender por qué el legislador no hace mención de distinguir a quien va dirigido, aun así podría mejorar el entendimiento de quienes son sujetos a contribuir al gasto público si hubiese estado en el artículo 36 siendo las obligaciones de los ciudadanos mexicanos.
Aludiendo a lo anterior se comprende que solo es obligación de los mexicanos a la contribución, entonces comprendiendo al artículo 31 constitucional se excluye a los extranjeros al pago de contribución.
Indagando en diferentes leyes nos percatamos sobre que en diferentes preceptos normativos no hace mención de que solo los mexicanos están obligados, tal es el caso de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, en su artículo 1 nos hace mención de “Están obligadas al pago del impuesto al valor agregado establecido en esta Ley, las personas físicas y las morales que, en territorio nacional, realicen los actos o actividades…” entendiendo por persona física a toda persona con capacidad de adquirir derechos y obligaciones, por lo tanto no hace distinción de la nacionalidad, por lo que en la LIVA sujeta tanto a los mexicanos como a los extranjeros por las actividades establecidas en ésta ley.
Otra ley es la Ley de Impuesto Sobre la Renta haciendo mención similar de la LIVA, la cual son las personas físicas y morales quienes son sujetas a la obligación, así como también en su artículo 1 del Código Fiscal de la Federación utilizando las mismas palabras de las leyes anteriores “Las personas físicas y morales están obligadas a contribuir para los gastos públicos…” partiendo de este problema el cual es escoger a que norma nos sujetaremos. Por principio general de derecho nos podríamos guiar por la jerarquía de derecho en nuestro país, el cuál sería la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dónde se desprende las leyes federales (como las antes mencionadas) para su mayor entendimiento de los artículos, sin embargo con jerarquía más baja que la CPEUM, por lo tanto no debería ser conveniente hacer mención de diferente manera de quienes son los obligados a la contribución del gasto público, por lo que sería inconstitucional que los extranjeros sean personas sujetas a la contribución del gasto público.
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