El capitalismo en el mercado
Enviado por cheylaacosta • 12 de Abril de 2013 • Tutorial • 8.626 Palabras (35 Páginas) • 345 Visitas
ADMINISTRACION PÚBLICA
Es el conjunto sistematizado de instituciones, administradas por el estado con el fin de aplicar políticas y procedimientos, con el propósito de satisfacer las necesidades generales de la población, en cuanto a los servicios públicos que demanda la sociedad. La Administración Pública, es una organización que está conformada por las personas jurídicas estatales (entes) y por sus órganos, como lo precisa la Ley Orgánica de la Administración Pública Art 15
DIFERENCIAS ENTRE EL CAPITALISMO Y SOCIALISMO EN LA ADMINISTRACION PÚBLICA
CAPITALISMO.
1.- El capitalismo en el mercado: se observa el dominio absoluto de la propiedad privada de los medios de producción, la forma dominante es el sector privado, el empresario (dueño de los medios de producción) tiene derecho a utilizar los medios de producción, a apropiarse del producto y enajenar una parte o totalidad de la empresa. Todo esto es en función del objetivo de su beneficio, pudiendo utilizar dichos medios. Es decir, los medios de la producción se poseen y funcionan predominantemente para el beneficio privado.
-Los precios: Son la variable más económica desde el punto de vista del funcionamiento del mercado. Son la vía fundamental a través de la cual los agentes económicos reciben información. La información es lo que permite tomar decisiones en cuanto a la colocación del precio.
-La competencia: Las decisiones con respecto a la inversión se toman de forma privada, y la producción y distribución es controlada sobre todo por las compañías; cada uno compite y actúa a su propio interés.
2.- globalización: La política económica fundamentada anteriormente en el proteccionismo y la sustitución de importaciones en otros países de producto de la economía paternalista con subsidios directos, culminó con en el fuerte endeudamiento de la nación.
SOCIALISMO
1.-socialismo en el mercado:
- Los medios de producción y distribución van para el beneficio e intereses de la población de todas las clases sociales, manteniendo la inflación baja, buenas condiciones de trabajo, no existe el acaparamiento y usando la intervención del estado, teniendo como objetivo mantener un equilibrio, evidenciándose la igualdad social.
-Competencia: La distribución y producción es controlada y regulada por el estado, No hay competencia, hay complementariedad, diseñadas para alcanzar los objetivos de un plan comprensivo del desarrollo económico.
- Precio: En cuanto al mercado socialista, se observa justicia social e igualdad en los Precio se refleja que No hay precios libres, los precios no se forman mediante la oferta y la demanda, no reflejan el coste, la escasez o preferencias; los precios los fija el Estado conforme a sus objetivos estratégicos. Son totalmente distintos que en la economía capitalista, sirven para dar valor a los productos físicos y no van a variar. El coste de producción es mayor al coste de venta, hay una subvención que permite que los precios permanezcan bajos, permitiendo así satisfacer las necesidades sociales.
-Existe la participación en cuanto a la configuración de la economía, ya que es el resultado de una macro decisión política.
2.- globalización: La política económica fundamentada en la formación de empresas para la producción social (empresas de producción social) en el mismo país de los productos de la economía, originando cambios estructurales implementados por el gobierno.
Así mismo, La administración pública en Venezuela, ha tenido el desarrollo tecnológico necesario para adaptarse y servir de competidor en lo que se refiere a este mundo globalizado, en fin, las políticas de los países de América Latina y dentro de ellos Venezuela, se están adecuando progresivamente a esta realidad con el fin de asegurar su espacio vital en el mundo complejo y competitivo de la actualidad, abriendo su geografía al espacio internacional.
2) PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES
Normativa Jurídica que la Rige:
La constitución de 1999 contiene un extenso título IV relativo al "Poder Público, cuyas normas se aplican a todos los órganos que ejercen el Poder Publico tal como lo indica el articulo 136: en su distribución vertical o territorial (Poder Nacional Poder Estadal y Poder Municipal,); y en el nivel Nacional, en su distribución horizontal (Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral).
Para desarrollar los principios constitucionales relativos a la Administración Pública, se ha dictado la Ley Orgánica de la Administración Pública (en lo adelante LOAP), la cual, como lo indica su artículo 1°, tiene por objeto general:
1. Establecer los principios y bases que rigen la organización y el funcionamiento de la Administración Pública;
2. Establecer los principios y lineamientos de la organización y funcionamiento de la administración Pública Nacional y de la administración descentralizada funcionalmente;
3. Regular los compromisos de gestión;
4. Crear mecanismos para promover la participación y el control sobre las políticas; y
5. Establecer las normas básicas sobre los archivo y registros públicos.
Principios fundamentales relativos a la Administración Pública:
Entre los principios relativos a la Administración Pública, se destacan aquellos que son comunes a todos los órganos que ejercen el Poder Público, entre los cuales deben mencionarse: el principio de legalidad, el principio de la responsabilidad de los funcionarios y el Estado, y el principio de la responsabilidad de los funcionarios y del Estado, y el principio de finalidad de la Administración Pública.
1. El Principio de la Legalidad.
El primer principio relativo a la Administración Pública y a todos los órganos del Estado en general, es el principio de legalidad que deriva del artículo 137 de la Constitución, que dispone:
"La Constitución y la Ley definirán las atribuciones de los órganos que ejercen el Poder Público, a las cuales deben ejecutarse las actividades que realicen."
En un Estado de derecho como el que organiza la Constitución de 1999, es que las actividades contrarias al derecho están sometidas al control tanto de la jurisdicción constitucional (articulo 334) como de la jurisdicción contencioso administrativa (articulo 259), cuyos tribunales pueden anularlos.
En relación con la Administración Pública, la LOAP expresa formalmente el principio, vinculándolo a la competencia, para lo cual, además, precisa la jerarquía de las fuentes del derecho aplicable a la Administración, así:
Articulo 4°. La Administración Pública se organiza y actúa de conformidad con el principio de legalidad, por el cual la asignación,
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