El contrato de Кnow howe
Enviado por ivannnn123 • 6 de Mayo de 2014 • Trabajo • 1.304 Palabras (6 Páginas) • 166 Visitas
sobre una patente determinada; o indicaciones para planificar la producción, distribución o venta.
se puede decir que el contrato de Know How como: "Aquel contrato que se refiere a la licencia de conocimientos de orden técnico, económico o comercial, no protegidos por la legislación industrial.
EL CONTRATO DE KNOW HOWE
DEFINICIÓN:
Perteneciente al rubro de los contratos innominados, es un acuerdo libre formal, por el que se transmite el uso, disfrute y explotación de una formula, proceso, conocimiento, marca o técnica de venta, generalmente secreta que no está patentada, y cuyo uso y explotación tiene propósito económico, que se compensa mediante el pago en dinero o con un porcentaje sobre el valor de las ventas del usuario, por lo que por una de las partes intervinientes ha de ser un productor o un comerciante con un establecimiento en el extranjero que deberá mantener además la confidencialidad del mismo.
Es un contratoatípicoen el sentido de que no existe legislación específica. Sinembargo es de creciente uso, y su aplicación muy importante por sus efectosen el desarrollo económico. Con este contrato, una de las partes secompromete a poner a disposición de otra, los conocimientos constitutivos delknow-how para ser utilizados por un tiempo determinado, recibiendo a cambiouna cantidad de dinero.
NATURALEZA JURÍDICA:
El KnowHow como conocimientos técnicos recibe una tutela jurídica especial ya que al no tener un derecho absoluto o exclusivo como si lo tienen los contratos de licencia debemos remarcar que estos contratos de KnowHow tienen intrínsecamente un valor patrimonial.
NORMATIVIDAD:
Por su parte, la legislación peruana, en el Art. 122 del Decreto Legislativo 823, Ley General de Propiedad Industrial , señala , sin expresar directamente, el término KnowHow , las características de éste cuando señala: “Quien guarde un secreto industrial podrá transmitirlo y/o autorizar su uso a un tercero. El usuario autorizado tendrá la obligación de no divulgar el secreto industrial por ningún medio, salvo pacto en contrario con quien le autorizó el uso de dicho secreto. En los convenios en que se transmita los conocimientos técnicos, asistencia técnica o provisión de ingeniería básica o de detalle, se podrá establecer cláusulas de confidencialidad para proteger los secretos industriales allí cometidos. Dicha clausulas deberán precisar los aspectos que se consideran confidenciales.”
CARACTERÍSTICAS:
Principal: su existencia no está supeditada a la de otro contrato.
Bilateral y sinalagmático: pues tanto el dador como el beneficiario se obligan recíprocamente a pagar el uso y explotación de dicho conocimientos
Formal: pues debe constar por escrito.
De tracto sucesivo: debido a que las prestaciones se realizan a lo largo de un tiempo determinado.
Es atípico e innominado: pues este contrato no se encuentra regulado en nuestro ordenamiento.
Es exclusivo: por lo tanto no hay lugar a subcontrataciones.
Conmutativo: pues reporta un beneficio a ambas partes.
Oneroso: es representado por derechos que se denominan y conocen en inglés como los Royalties (regalías). El bien que se transfiere en este caso es de carácter inmaterial, el conocimiento o saber, el cual contiene un valor económico.
PARTES INTEGRANTES:
Derechos Del Licenciante: Recibir el pago convenido a cambio de la prestación estipulada, salvo que el contrato sea a título gratuito, lo cual si bien es posible es igualmente poco frecuente.
Exigir que el licenciatario guarde el secreto de los conocimientos técnicos que se le transfiere, caso contrario el licenciante puede exigir la reparación de los daños y perjuicios.
Que el licenciatario explote la técnica transmitida, cuando está representada por el pago de una regalía.
Exigir el cumplimiento de comunicación de mejoras producidas durante la explotación de la técnica transmitida.
Derechos Del Licenciatario: El derecho más importante, y el que resulta obvio, es el de recibir el KnowHow.
Junto a este derecho se incluyen otros derechos como son el de la entrega de documentación que contenga la información que se transmite.
Recibir asistencia técnica por parte del licenciante (la que puede ser directa o indirecta) si así ha sido convenido en el contrato.
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