El informe sobre la reforma chilena de los sistemas de salud, en la perspectiva de los derechos humanos
Enviado por gabomondolo • 28 de Junio de 2012 • Informe • 393 Palabras (2 Páginas) • 809 Visitas
Este informe revisa la reforma al sistema de salud chilena desde la
perspectiva de los derechos humanos. Para ello primero examina los
principales elementos que informan las políticas públicas desde una
perspectiva de derechos, junto a las normas internacionales y nacionales que
regulan el derecho a la salud. Seguidamente, sitúa el estado de la salud en
Chile a través de los principales indicadores sanitarios del país a la fecha de
discusión de la reforma.
Desde los años ochenta, el sistema de salud se caracteriza por una
dualidad público-privada, de escasa complementariedad o interacción y altos
niveles de discriminación, inequidad y segmentación. Para iniciar el proceso,
el primer paso fue establecer los objetivos sanitarios para la década, base para
la formulación de la reforma. Luego se promovieron los principales elementos
de la reforma al sistema de salud, que se abordan en el estudio, con especial
énfasis en las Garantías Explícitas (GE) y las modificaciones a la
institucionalidad, seguido por un análisis de su discusión y la interesante
estrategia política que se empleó para su aprobación.
Posteriormente, el análisis se divide en dos partes: una responde a la
pregunta sobre la contribución de la reforma a la realización del derecho a la
salud, y la otra, a la interrogante de si la reforma es una política enfocada
desde una perspectiva de derechos. Si bien las políticas enfocadas en derechos
tienen su fundamento en las obligaciones de los Estados con el Derecho
Internacional de los Derechos Humanos (DIDH), es posible hacer un análisis
desde dos aspectos diferentes. Uno que mide el grado de cumplimiento de las
obligaciones del Estado con los instrumentos internacionales y larealización
del derecho gracias a la nueva política, y otro distinto que evalúa en qué
medida la política se encuentra diseñada desde una perspectiva de derechos.
Ambas miradas presentan elementos comunes que pueden superponerse; sin
embargo, es conveniente hacer la distinción con el fin de abarcar una mayor
gama de elementos útiles para la discusión.
A la primera interrogante se responde que la reforma cumple la obligación de realizar el derecho a la
salud y avanza con mayor o menor decisión en distintas obligaciones internacionales. De la segunda, surge
que es posible establecer un mecanismo de priorización sanitaria (o en general de priorización pública)
mediante el reconocimiento de derechos.
Finalmente, se discuten algunas de las lecciones obtenidas a partir de los antecedentes estudiados,
incluyendo el valor intrínseco del enfoque de derechos, las garantías explícitas y las políticas centradas en las
personas,
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