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El poder público y sus leyes para la construcción de entidades locales.


Enviado por   •  8 de Mayo de 2016  •  Trabajo  •  1.019 Palabras (5 Páginas)  •  150 Visitas

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República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del poder popular para la defensa
Universidad experimental de la fuerza armada
(UNEFA-ZULIA)

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El poder público y sus leyes para la construcción de entidades locales.

Realizado por:

José miguel montilla.
C.I: 23.865.482

Profesor(a):
Edison Antonio Hernández Cegarra

San Francisco, mayo 2016

Introducción:

Ante todo de poder referir nos a las leyes que rigen las creaciones de las entidades locales en un espacio del territorio municipal tenemos que enfatizar a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), en la cual nos refiere a los derechos y deberes de todos los venezolanos(as) que se encuentre fuera y dentro del territorio nacional (cap. lll y cap. X). Así mismos esto nos hace referencia a las creaciones de toda ley que se promulgue a la libre expresión y desenvolvimiento de toda persona sin que perjudique los derechos del ciudadano(a).

  1. ¿Qué es el poder popular?

R: En la ley del poder popular menciona en su artículo 2, que abra ejercicio pleno de la soberanía por arte de los ciudadanos(as) en el desarrollo político, económico, social, cultural, ambiental, internacional, democrático atraves de su organización del estado comunal.

Sabiendo la definición del poder popular, tiene como fines:

  • Impulsar el fortalecimiento de toda organización en el pueblo en la cual se perciba el derecho a la democracia protagónica.
  • Generar todas las condiciones necesarias que le garantice a los ciudadanos(as) la iniciativa popular asumiendo las funciones, atribuciones y competencia administrativa, presentado el servicio de ejecuciones de obras mediante al auto-gobernó comunitario de las comunidades.
  • Fortalecer la cultura participativa en los asuntos públicos.
  1. ¿Qué es estado comunal?

R: Es una forma de las organizaciones político social, democrático ejercida por el pueblo con un modelo de desarrollo endógeno sustentable permitiendo la conformación de grandes comunas.

  1. ¿Qué es consejo comunal?

R: Podemos decir que el consejo comunal es una instancia de participación, integración ciudadana, permitiendo la organización de los ciudadanos(as) el gobierno comunitario gestionando proyectos que abarca todo problema y necesidades en las comunidades.

  1. ¿Qué es comuna?

R: Es definida por la integración ciudadana en las cuales están desenvueltas por las comunidades vecinas en la cual estas tiendas a llevar una cultura, costumbres, que el territorio reconoce como expresión popular y así mismo teniendo un modelo de desarrollo endógeno y sustentable.

  1. Ley del poder público municipal.

Con respeto al poder público municipal nos refiere en el titulo ll de los municipios y otras entidades locales nos mencionas las creaciones, fusión y segregación de los municipios representado en el capítulo 1 de la ley, por tanto nos refiere a todas entidades que se puedan crear en el territorio nacional de acuerdo a los requisitos establecido.

Además dentro de la ley nos menciona en su artículo 19 las entidades locales dentro de la municipalidad en la cuales son referida:

  • La comuna
  • Los distritos metropolitanos
  • Las áreas metropolitanas
  • Las de parroquias y demarcaciones dentro del territorio del municipio tales como las urbanizaciones, el barrio, la aldea y el caserío.

*La comuna, como entidad local de carácter especial que se rige por su ley de creación, puede constituirse dentro del territorio del Municipio o entre los límites político administrativo de dos o más municipios, sin que ello afecte la integridad territorial de los municipios donde se constituya.

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