El tratado de los delitos y de las penas
Enviado por LuiscyP • 12 de Marzo de 2017 • Síntesis • 1.897 Palabras (8 Páginas) • 443 Visitas
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Universidad Autónoma de Querétaro
Facultad de Derecho
Licenciatura en Criminología
“El tratado de los delitos y de las penas”
Luiscy Ortega Pérez
03 de noviembre del 2016
1° semestre turno vespertino
Introducción
Datos biográficos de César Beccaria
Importancia de la obra para la criminología
Conclusiones
Fuentes consultadas
Introducción
A continuación se mostrará un ensayo realizado con el fin de conocer un poco más acerca de este hombre conocido como César Beccaria, uno de los pensadores que aportaron bastante información para la criminología, aunque si bien, los pensadores de esa época, no pensaban exactamente en aportar algo a esta ciencia, lo hicieron con el fin de que sus opiniones fueran tomadas en cuenta de alguna manera, lo cual, más adelante se tomó como base para diferentes ciencias, entre ella, la criminología. Además de hablar sobre César Beccaria, hablaremos de su obra “el tratado de los delitos y de las penas” tratando así de darle un enfoque objetivo y poder analizar su obra, buscando la importancia que tuvo este dentro de la criminología.
Datos biográficos de César Beccaria
Cesare Bonesana, marqués de Beccaria (de ahí su sobrenombre) nació el 15 de marzo de 1738 en Milán y murió el 28 de noviembre de 1794), fue un literato, filósofo, jurista y economista italiano.
Fue muy reconocido por su obra “el tratado de los delitos y de las penas” dentro de la cual, a grandes rasgos, habla sobre la verdadera justicia, habla sobre la objetividad, sobre cómo realmente se le debería de juzgar a los hombres, de acuerdo al delito que hayan cometido.
Al igual que muchos otros pensadores de aquella época, estaba en contra de la pena de muerte.
Cesare Beccaria fue uno de los más importantes inspiradores del movimiento de reforma del antiguo derecho penal continental, un derecho caracterizado en toda Europa por su extrema crueldad, por forma de juzgar de acuerdo a razones personales, rencores, leyes morales y su falta de racionalidad. Es también un pilar imprescindible para la comprensión de la extensa reforma ilustrada del siglo XVIII, inspirada en las ideas de autonomía, emancipación y lucha contra el despotismo.
Importancia de la obra para la criminología
Comencemos recordando que los delitos y los crímenes existen desde que hay dos hombres en la tierra, tomemos una parte del capítulo primero, titulado “origen de las penas”:
“Las leyes son las condiciones con que los hombres vagos e independientes se unieron en sociedad, cansados de vivir en un continuo estado de guerra, y de gozar una libertad que les era inútil en la incertidumbre de conservarla”.
Es decir, los hombres crearon las reglas para poder “vivir en paz”, tener un estado de convivencia, poder relacionarse de una manera tranquila y pacífica, esto claro, siempre y cuando, se tomaran en cuenta las leyes y se respetaran.
Siguen avanzando los capítulos llenos de conocimientos e ideas de este gran pensador, y nos topamos con la objetividad.
La cual, palabras más, palabras menos, Cesar Beccaria, nos la expresa como ese raciocinio que deben tener los jueces al aplicar las leyes, nos habla de evitar a toda costa la subjetividad al momento de juzgar a una persona. De evitar claramente mezclar todas aquellas situaciones por las que pueda estar pasando el juez, que le impidan hacer un juicio de manera en que sus problemas personales no influyan en las decisiones que llegue a tomar con respecto a la sentencia aplicada al hombre que ha cometido el delito.
Habla de ese abuso de poder (o al menos así lo entendí yo) que se dan, cuando las personas tienen un nivel jerárquico elevada, expresa, que estas personas fueron las que impusieron la pena de muerte para todo aquel que se le ocurriera alterar las leyes hasta con lo más mínimo.
Incluso se llega a preguntar, cuántas veces una persona no ha sido juzgada de manera injusta, sólo porque un juez pueda tener conflictos con el acusado o incluso, hasta porque el juez haya tenido un “mal día” y deseche sus problemas dentro de los tribunales, atacando a aquellos que no tienen culpa de sus problemas personales.
Pasando por otro lado, notamos la diferencia que se encuentra entre el gobierno y la religión, hablando exactamente de que la religión se considera como superior, al grado de decir y además exigir que las leyes impuestas por ellos, no sean de ninguna manera revocables. Estas leyes tienen que perdurar porque ellos así lo consideran correcto.
Otro de los puntos que toca Beccaria, y que lo podemos relacionar con Santo Tomás Moro, es que luchaban por la pena equitativa, es decir, que la pena fuese proporcional al delito que se haya cometido. Recordando que Tomás Moro decía que si se aplicaba la pena de muerte tanto para un ladrón, como para un asesino, se le estaba incitando al ladrón a cometer el delito mayor si de todas maneras se le juzgaría igual. De este mismo modo, Beccaria dice:
“Si la geometría fuese adaptable a las infinitas y oscuras combinaciones de las acciones humanas, debería haber una escala correspondiente de penas, en que se graduasen desde la mayor hasta la menos dura”.
Es decir, también lo explica más adelante, si se aplica la misma pena para delitos desiguales, está la gran posibilidad de que los infractores prefieran recurrir al delito que tiene mayor fuerza o mayor afectación a la sociedad en lugar de aquella que afecte de forma menos notable, considerando que se les aplicará la misma pena.
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