Embarazada En Las Fuerzas Armadas
Enviado por ricardo_ov • 28 de Junio de 2012 • 1.244 Palabras (5 Páginas) • 847 Visitas
Embarazada en las Fuerzas Armadas
Hechos
-El día 5 de septiembre a las 11:00 de la noche, Jackeline Velarde Herrera, cadete del Instituto Superior Técnico Naval (CIDE) dio a luz en un depósito dentro de dicha Institución, a pesar de que se le hizo una prueba ginecológica un mes y medio antes, la cual arrojo un resultado negativo.
-Lo extraño del caso es que recién se dio cuenta de su embarazo dos semanas antes de dar a luz, además asegura que, no se había percatado y que su cuerpo no habría sufrido cambios sustanciales, por lo que su rutina de enseñanza era la misma.
-El director del CITEN pidió la baja de la alumna porque no cumplió con el reglamento, las leyes y el compromiso que firmo la cadete con la Marina, conforme está tipificado en el Decreto Supremo 001-2010.
- A su vez, el director comunicó que la cadete consiguió una compañera que se haga pasar por ella al momento de los exámenes ginecológicos, además, aseguró, contar con el testimonio de cinco o seis alumnas a las cuales, Jackeline Velarde, acudió para rogarles que presten el examen por ella, lo cual rechaza la cadete, ya que, según señala ella, los exámenes son muy rigurosos y cuentan con un fotocheck.
- Jackeline Velarde pide ser repuesta en la institución, ya que, le falta un año para terminar su carrera. Por lo cual, está recibiendo el apoyo legal de la ministra de la Mujer y Desarrollo Social.
Factores Relevantes
Derecho a la promoción de la educación
Este derecho esta tutelado en el artículo 14º de la Constitución Política del Perú, porque tal y como lo señala la Carta Magna “la educación promueve el conocimiento, el aprendizaje y la práctica de las humanidades, la ciencia, la técnica, […] Prepara para la vida y el trabajo fomenta la solidaridad”.
El objeto del proceso educativo es que la persona pueda insertarse plenamente en la sociedad, que, por ende, pueda crecer y progresar como ser humano dentro del entorno en donde se desarrolla.
Asimismo, tiene como fin que el educando pueda desarrollar con inteligencia, conocimiento y habilidad suficiente, una determinada actividad generadora de un buen o servicio que coadyuve a su gratificación espiritual por lo realizado, y que le sirva como medio de sustento para la satisfacción de sus necesidades materiales.
Por lo cual, el hecho de expulsar a una alumna, a la cual le falta un año para terminar su carrera, puede afectar su plena integración a la sociedad.
Derecho al Libre Desarrollo de la Personalidad
El derecho al libre desarrollo de la personalidad ha sido definido como el derecho general de libertad o el derecho a la libertad general de actuación humana en el más amplio sentido. Y es que este derecho es el núcleo de la libertad: “…la libertad de hacer y omitir lo que se quiera.”, es decir, la libertad vista de la forma más amplia posible, pues no opera respecto de una conducta determinada ni en un ámbito específico.
Este derecho, según la doctrina, contiene dos facultades: “1) la libertad de hacer y omitir lo que se quiera de acuerdo con la voluntad propia, siempre y cuando no existan restricciones, entendiéndose que lo restringido es únicamente aquello que se encuentra expresamente prohibido, pues todo lo que no está prohibido está permitido, por lo cual el ejercicio de este derecho faculta hacer aquello que está permitido y lo que no está prohibido; y, 2) el derecho a que nadie (ni el Estado ni los particulares) impidan las acciones y omisiones del titular del derecho fundamental]”.
Por lo cual, si bien, el salir embarazada se encuentra dentro de su libre desarrollo, este derecho, cuenta con una facultad, la cual indica que esta libertad queda suspendida cuando existen restricciones, esto se refiere a lo que está expresamente prohibido, tal y como sucede en este caso, dado que el Decreto Supremo Nº001-2010-DE/SG sanciona con la pena máxima a la alumna que quedase embarazada durante
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