Ensayo De Vih
Enviado por peter7028 • 4 de Noviembre de 2013 • 1.678 Palabras (7 Páginas) • 241 Visitas
Derecho civil – El domicilio
Indice
1. Introducción
2. El Domicilio
3. Aplicación y efecto del domicilio.
4. Habitación alternativa. Necesidad de poseer un domicilio.
5. Conclusión
6. Bibliografía
1. Introducción
Esta es una materia nueva para nosotros, teníamos vagos conceptos sobre la persona y ahora nos tocará investigar sobre uno de sus atributos más importantes que es El Domicilio, sus divisiones, características y conceptos para tratar por este intermedio de enriquecer nuestro conocimiento y el de los compañeros sobre tan importante derecho personal.
2. El Domicilio
Concepto.
La persona vive en sociedad y debe poder ser hallado en un momento determinado, ya sea para ejercer su derecho o cumplir sus obligaciones; este el lugar donde se encuentra la persona.
Definición.
Es el lugar que la ley fija como asiento o sede de la persona, para la producción de efectos jurídicos. Es decir es el asiento territorial que debe tener toda persona para el cumplimiento de sus deberes y obligaciones y el ejercicio de sus derechos.
Residencia.
Es el lugar donde la persona reside realmente. Una persona puede tener varias residencias. Ejemplo: una residencia en Asunción, y otro de verano en San Bernardino.
Habitación.
Es el lugar donde la persona se encuentra accidental o momentáneamente por un tiempo generalmente breve.
Caracteres del domicilio:
a. Es necesario: nadie puede dejar de tener domicilio.
b. Es único: en principio nadie podía tener mas de un domicilio pero este principio no siempre tuvo vigencia tanto que ya los romanos admitían que las personas podrían tener varios.
c. Voluntarios: la voluntad es determinante para la conciliación o cambio del domicilio.
d. Es inviolable: nadie puede hallanar el domicilio. Solo podrá ser hallanado por un juez competente, la Constitución Nacional dispone que el domicilio de las personas es inviolable.
3. Aplicación y efecto del domicilio.
El domicilio es muy importante porque de ella dependerá la determinación de la ley aplicable, en cuanto a la competencia del juez.
Es el lugar donde el juez debe efectuar las notificaciones judiciales y el cumplimiento de ciertas obligaciones.
Determina la ley aplicable: cuando ocurre conflictos territoriales de leyes, el código establece una serie de situaciones en los que el domicilio determina cual es la ley que será aplicable (la nacional o extranjera).
Fija la competencia de los jueces: es código de procedimiento y el de organización judicial establece una serie de situaciones en las que el domicilio es determinante para la fijación de la competencia del juez. Entre ellas, el cumplimiento de contratos, para el discernimiento de la tutela o la curatela, las de acciones del trabajo, la de los juicios donde sea parte el Estado, etc.
Notificaciones: el lugar donde se debe efectuar la notificación es en el domicilio real, es allí donde se debe liquidar, ya sea para la demanda o un contrato.
Establece el lugar para el cumplimiento de las obligaciones: el pago se realizará en el lugar designado en el contrato, caso contrario será en el domicilio del deudor.
División del domicilio:
El domicilio se divide en dos grandes grupos, generales y especiales, los que a su vez vuelven a dividirse: el primero en real, legal y de origen y el segundo en: de elección y de constitución.
El domicilio general: la persona no puede tener mas de un domicilio general, este domicilio será para cualquier relación jurídica.
Domicilio real: es el lugar donde la persona tiene establecido el asiento principal de su residencia y de sus negocios (Art. 52).
Elementos:
Objetivo material: es donde el individuo habitualmente vive con su familia o en ciertos casos donde tiene su principal establecimiento.
Subjetivo o intencional: es el elemento voluntario, la intención que tiene la persona de fijar el domicilio en ese lugar.
4. Habitación alternativa. Necesidad de poseer un domicilio.
Toda persona debe necesariamente tener un domicilio. Este es el principio de la necesidad, consagrado ampliamente en el derecho moderno, y el domicilio legal excluye al real.
Como se determina el domicilio.
Para determinar el domicilio real en el supuesto caso de que la persona resida en lugares diferentes, el Código nos trae la siguiente solución: en caso de habitación alternativa en diferentes lugares, el domicilio es el lugar donde se tenga la familia, o el principal establecimiento.
Ejemplo: si una persona tiene su familia en Asunción y reside allí, pero su lugar de trabajo, es decir, su principal establecimiento comercial, está en Luque, el primero de ellos será su domicilio.
Principio de la unidad del domicilio.
Aunque éste es un principio que admite excepciones, como por ejemplo, la persona que tiene más de una función pública, o la que reside en distintas localidades con su familia, o las personas jurídicas, o cuando hay domicilio de elección.
Cambio y conservación del domicilio real. Que elementos predominan para el cambio?.
El principio es el ánimus, es el único elemento predominante para el cambio.
En cuanto a la conservación consiste en la sola intensión de no cambiar o de no adoptar otra residencia.
Domicilio legal.
Es cuando la propia ley se encarga de fijar el domicilio y es denominado así en el Art. 53; es el lugar donde la ley presume sin admitir pruebas en contra
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