Ensayo Ley 1429 DE 2010: "Ley Formalización Y Generación De Empleo"
Enviado por Rud_Makay • 12 de Noviembre de 2012 • 1.486 Palabras (6 Páginas) • 976 Visitas
ENSAYO: LEY 1429 DE 2010 “LEY DE FORMALIZACIÓN Y GENERACIÓN DE EMPLEO
El gobierno Nacional en aras de incentivar la generación de nuevos empleos en los diferentes sectores de la economía local y sembrar la cultura de creación de empresas, viene adelantando diferentes iniciativas para estimular y lograr así los resultados propuesto en materia de competitividad. La cual a través de la Política Nacional de Competitividad, en su visión 2032, presenta a Colombia como uno de los tres países más competitivos de América Latina, teniendo un elevado nivel de ingreso por persona, equivalente al de un país de ingresos medios altos, a través de una economía exportadora de bienes y servicios de alto valor agregado e innovación, con un ambiente de negocios que incentive la inversión local y extranjera, propicie la convergencia regional, mejore las oportunidades de empleo formal, eleve la calidad de vida y reduzca sustancialmente los niveles de pobreza.
Es por ello que, a través de diferentes mecanismos como la ley 1429 del 29 de diciembre de 2010, conocida como la ley de formalización y la generación de empleo, tiene como finalidad concebir incentivos a las empresas que se formalicen; a las que creen nuevos puestos de trabajos dirigidos a jóvenes menores de 28 años; a mujeres mayores de 40 años; a personas en situación de desplazamiento, personas en proceso de reintegración o en condición de discapacidad. Estableciendo importantes trasformaciones de orden tributario, comercial, laboral y administrativo.
La Ley contempla varios objetivos principales desde la Formalización de empleos y empresas que hoy son informales, la generación de más puestos de trabajos y la mejora en los ingresos de la población anteriormente descrita.
Para las pequeñas empresas, entendiendo éstas como aquellas que no superan los 50 empleados y sus activos totales no son mayores a los 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes, se fijaron múltiples incentivos tributarios tales como: progresividad en el pago del impuesto sobre la renta, en el cual durante los dos primeros años gravables la tarifa será del 0% del total de los aportes, aumentando al 25% para el tercer año gravable, al 50% para el cuarto, al 75% para el quinto y finalmente, al 100% a partir del sexto año gravable.
Lo que significa, pagar un 8.25% en el tercer año gravable, 16,50 el cuarto y un 24,75% el quinto año del impuesto de renta.
Así mismo, para aquellas empresas que inicien su actividad económica con domicilio principal en tres de los departamentos de la Amazorinoquía colombiana como lo son Amazonas, Guaviare y Guainía, el esquema de progresividad aumenta, otorgándole mayores benéficos a las empresas que se creen en estas regiones.
De igual forma, encontramos que durante los primero cinco años gravables no serán objeto de retención en la fuente, serán sujetas de renta presuntiva a partir del quinto año gravable, aquellas que generen perdidas o saldos tributarios, podrán trasladar los beneficios que se produzcan durante la vigencia de dichos descuentos y como si fuera poco, si al finalizar la progresividad y en el año anterior registraron ingresos inferiores a los 1000 UVT, se les aplicaría un 50% de la tarifa del impuesto sobre renta.
Estos beneficios se aplican para las pequeñas empresas que inicien su actividad económica principal a partir de la promulgación de la Ley, es decir, aquellas que hayan realizado la inscripción del registro mercantil en la correspondiente Cámara de Comercio a partir del 29 de diciembre de 2010.
Continuando con los beneficios, encontramos de igual forma progresividad en el pago del impuesto de Industria y Comercio, en las tarifas para el registro de la matrícula mercantil y su renovación y, pago de aportes parafiscales (SENA, ICBF Y Cajas de Compensación Familiar, así como el aporte en salud a la subcuenta de solidaridad del FOSYGA.
Estos incentivos consisten en la posibilidad de tomar los aportes parafiscales, los aportes al FOSYGA y el aporte al Fondo de Garantía de Pensión Mínima como descuento tributario para efectos de la determinación del valor del Impuesto de Renta y Complementarios, siempre y cuando el empleador incremente tanto el número de trabajadores en relación al número de personas que cotizaban a diciembre del año anterior, como el valor total de la nómina en relación con el valor de la nómina del mes de diciembre del año gravable inmediatamente anterior, entendiendo por nómina la suma de ingresos base de cotización de
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