Ensayo Mineria
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PLANIFICACIÓN TERRITORIAL
Actividad 6: Trabajo Colaborativo No. 1
TUTORA
NELLY MARÍA MÉNDEZ PEDROZA
ESTUDIANTE GRUPO 201724_22
Marcel Johaira Vega Corredor
Cod: 1057576488
UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA “UNAD”
ESCUELA DE CIENCIAS AGRARIAS, PECUARIAS Y DEL MEDIO AMBIENTE
PROGRAMA DE INGENIERÍA AGROFORESTAL
CEAD SOGAMOSO
Marzo de 2011
ENSAYO ARGUMENTATIVO
Marco legal
Para el desarrollo de la minería en general, el Ministerio de Minas y Energía (MME), expidió unas normas que regulan la ejecución de las actividades mineras. Estas normas se conocen como el Código de Minas (Decreto - Ley 2655 de 1988). Con la expedición de este código se plantean los siguientes objetivos:
El Código de Minas regula las relaciones entre los organismos y entidades del Estado y de los particulares entre sí, sobre las actividades de prospección, exploración, explotación, beneficio, transporte, aprovechamiento y comercialización de los recursos no renovables que se encuentren en el suelo o subsuelo, así sean de propiedad de la nación o privada.
El MME señala las zonas en las cuales no se pueden desarrollar actividades mineras en concordancia con lo establecido en el Decreto 2811/1974. Estas zonas hacen referencia a las áreas de uso exclusivo para la agricultura y ganadería, las reservas ecológicas y las que presenten incompatibilidad para el desarrollo de la actividad.
En los artículos 16 y 17 del Código Minero se definen los títulos mineros, su clasificación y su utilidad. Así mismo se establecen tres clases de minería: pequeña, mediana y gran minería.
Otros reglamentos que completan el marco legal minero se relacionan a continuación.
NORMA TEMA CONTENIDO
Decreto 1335/1987 Reglamento de Seguridad en las labores subterráneas Establece disposiciones sobre la higiene y seguridad minera en las labores subterráneas.
Ley 141 de 1994 Creación del Fondo Nacional y de la Comisión Nacional de Regalías Crea el Fondo Nacional de regalías, Comisión nacional de Regalías y regula el derecho del estado a percibir regalías por la explotación de los recursos naturales no renovables.
Decreto 2636/1994 Explotaciones de hecho de pequeña minería Legaliza las explotaciones de hecho de la pequeña minería
Decreto 501/1995 Inscripción de los títulos mineros en el Registro minero Reglamenta la inscripción en el registro minero de los títulos para la exploración y explotación de minerales de propiedad nacional.
Decreto 1184/1995 Forma de Pago del canon superficiario Modifica la forma de pago del canon superficiario en un plazo de diez días siguientes a la inscripción del Registro minero.
Decreto 1385/1995 Mecanismos de conciliación Establece el mecanismo de conciliación para los eventos de superposiciones de áreas entre explotadores de hecho y títulos mineros otorgados.
Decreto 1481/1996 Requisitos para la inscripción títulos en el Registro minero. Establece la obtención de la licencia ambiental para la inscripción de los aportes en el registro minero nacional.
ACTIVIDADES MINERAS CARBONÍFERAS
Las actividades mineras de exploración y explotación de carbón de propiedad de la nación, solamente se puede realizar mediante el sistema de aporte otorgado a empresas industriales y comerciales del Estado que estén vinculadas al Ministerio de Minas y Energía. Los aportes de carbón se otorgan a la Empresa Nacional Minera Ltda. MINERCOL.
MINERCOL desarrolla los programas de contratación minera que considera necesarios para el aprovechamiento de los yacimientos carboníferos. Con este fin se expidió la Resolución 024 de 1994 "por medio de la cual se establecen criterios generales y normas básicas de contratación para pequeña, mediana y gran minería del Carbón en áreas de los aportes y áreas delegadas".
Los títulos mineros sólo pueden ser otorgados en áreas de Aportes de MINERCOL. Los títulos mineros otorgados con anterioridad por el MME como permisos, licencias y concesiones, son administrados por MINERCOL, por delegación del mismo y las nuevas solicitudes deben tramitarse ante MINERCOL.
Las modalidades de contratación en las áreas de aporte de MINERCOL son las siguientes:
• Exploración - Explotación
• Explotación
• Exploración - Explotación, con Explotación anticipada
• Explotación - Con explotación adicional
El tipo y duración de contrato a celebrar en cada modalidad, depende de:
• El conocimiento geológico del área.
• El estado de actividad minera.
• El potencial de reservas recuperables.
• El volumen anual de producción según las proyecciones de mercado.
El código minero colombiano es relativamente joven y muchas de sus disposiciones aún se encuentran en reglamentación. Sin embargo, es fácil advertir que con este marco legal se busca redefinir el papel del Estado y su interacción con el sector privado, delimitándolo a funciones de regulador y fiscalizador, con lo que se pretende incorporarle una regulación moderna y competitiva, en un modelo neoliberal, la cual solo busca la entrega de recursos al capital privado. Entre algunas de las reformas establecidas por el nuevo Código Minero (Ley 685 de 2001) que afectan el orden de la minería en el país (incluyendo a la pequeña minería de metales preciosos que se maneja en gran parte del país.
Mina de oro de explotación artesanal
1. Eliminó las categorías de pequeña, mediana y gran minería, a las que recogió en las llamadas “Unidades Productivas Mineras” en las que están en igualdad de condiciones el pequeño minero y el gran inversionista.
2. Fijó un nuevo esquema contractual a través del Contrato de Concesión, que se convirtió
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