Ensayo Sobre Peculado
Enviado por HARVEYCORREDOR • 2 de Junio de 2015 • 1.265 Palabras (6 Páginas) • 606 Visitas
En Colombia se ve un sin número de irregularidades a la hora de administrar el erario público. Pero para eso existen servidores públicos que van de alguna manera de acuerdo a los lineamientos de ley, a guiar o encauzar sus funciones de una forma tal que no se salga o no vaya en detrimento de la misma norma que los vinculo al estado, y como es lógico a ninguna que este actualmente rigiendo en el territorio nacional, y como así que los servidores públicos y los particulares que ejercen funciones públicas, van a estar, de alguna forma, mandados a que se vigile, se administre, se lleve y se invierta cualquier bien público, de la forma tal como lo determina la ley o el acto administrativo que lo está rigiendo. Así es, que en Colombia existen principios legales y éticos que van encauzar dichas funciones, por eso se ve que en la administración existen cuerpos que van a regir a sus mismas dependencias, ya que como se dijo la misma constitución le da la facultad, tanto de actuar como de también actuar de acuerdo a derecho. Por eso Colombia como un estado social de derecho no puede verse inmerso en conductas que vaya a desmejorar ni la creciente, y por ende autónoma actividad estatal, debe estar siempre en el papel para los cuales dichos funcionarios han sido creados y ordenados a hacer.
Clases de Peculado
Artículo 397 Código Penal Colombiano. PECULADO POR APROPIACION: El Servidor Público que se apropie en provecho suyo o de un tercero de bienes del Estado o de empresas o instituciones en que éste tenga parte o de bienes o fondos parafiscales, o de bienes particulares cuya administración, tenencia o custodia se le haya confiado por razón o con ocasión de sus funciones.
Para el efecto todos los uniformados en servicio activo son servidores públicos y pueden cometer el delito, que de la misma manera está establecido para el personal civil que cumpla funciones públicas en la Policía Nacional.
La conducta se comete cuando el servidor público en cumplimiento de sus funciones se apropia en provecho propio o de un tercero de bienes del Estado o de particulares cuya administración, tenencia o custodia se le haya confiado por razón o con ocasión de sus funciones, para lo cual se citaran algunos ejemplos:
El policial que se apropia de armas, dinero, droga, productos alimenticios, licor, que han sido previamente incautados a un ciudadano en un procedimiento y que tiene la obligación de poner a disposición ante el competente o que se apropia de bienes dispuestos para el servicio policial o para el bienestar de los uniformados (dinero, radios, armas, televisores, cámaras de video, computadores). Para el efecto “apropiarse” significa hacer suya una cosa, comportarse frente a ella con ánimo de señor y dueño ya sea disponiendo de ella como en el caso del dinero, enajenándola, vendiéndola o consumiéndola.
La pena a imponer en este caso es de Prisión de seis (6) a quince (15) años, multa equivalente al valor de lo apropiado sin que supere el equivalente a cincuenta mil (50.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término.
CONSECUENCIAS
1. La pena accesoria de Separación Absoluta de la Policía Nacional
2. La pérdida de la libertad por ser un delito que no permite la excarcelación.
3. El señalamiento familiar e institucional
4. Inhabilidad para ejercer cargos públicos-
La Administración Pública está dispuesta en beneficio del interés oficial y general y por ende, la función que cumple un funcionario del Estado ha de ser transparente, ajustada a la legalidad y que pueda ser sometida al examen y al escrutinio público y no puede ser utilizada en provecho de intereses particulares o con favoritismos que reflejen privilegios o con ventajas obtenidas a merced del uso del uniforme.
Artículo 398 Código Penal Colombiano PECULADO POR USO: El servidor público que indebidamente use o permita
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