¿Es el derecho disciplinario interpretado como una ciencia independiente?
Enviado por saram1912 • 28 de Agosto de 2022 • Ensayo • 1.144 Palabras (5 Páginas) • 85 Visitas
¿Es el derecho disciplinario interpretado como una ciencia independiente?
“El derecho disciplinario es una rama esencial al funcionamiento del Estado enderezado a regular el comportamiento disciplinario de su personal, fijando los deberes y obligaciones de quienes lo integran, las faltas, las sanciones correspondiente y los procedimientos para aplicarlas”
(C-417/93, 1993)
El derecho disciplinario ha sido creado para regular la conducta de quienes ejercen funciones públicas y garantizar la buena marcha de la administración estatal, teniendo como objeto de protección el deber funcional de los sujetos disciplinables. Sus inicios se remontan a la legislación de la Corona Española, la cual contaba con reglamentos para juzgar el desempeño de sus servidores en América, una vez estos regresaban a España. Posteriormente, se adoptaron algunas disposiciones en el régimen jurídico colombiano para regular la conducta de los empleados de cada entidad pública; sin embargo, la Procuraduría General de la Nación presentó una iniciativa al Congreso de la República para unificar las normativas que regulan la conducta de todos los servidores del Estado y aquellos particulares que cumplían funciones públicas transitorias, dando origen así al Código Único Disciplinario, Ley 200 de 1995, la cual fue modificada posteriormente de acuerdo a las nuevas dinámicas sociales y a los pronunciamientos de la Corte Constitucional dando origen a la Ley 734 de 2002, siendo esta modificada también por las mismas causas anteriores, mediante la Ley 1952 de 2019, la cual entra en vigencia en el año 2021. Las primeras constituciones separadas del régimen jurídico español e inspiradas en las ideas de libertador Simón Bolívar permitieron consolidar la autonomía del derecho constitucional y dieron origen a la figura jurídica del Consejo de Estado, la Constitución Política de 1821 no concibió los juicios de residencia dentro de su articulado, modificando la dinámica del derecho disciplinario al otorgar al Presidente de la República facultades para suspender temporalmente a los empleados que realicen sus labores de manera inepta o cometan un delito dentro de sus funciones. Y a su vez, facultó a los representantes de la cámara para denunciar ante el senado todas las conductas del Presidente, Vicepresidente y Ministros de la Alta Corte de Justicia, que contraríen el “bien de la República y a los deberes de sus empleos, o de delitos graves contra el orden social” (Const., 1821, art. 89). Además, con la promulgación del Decreto Orgánico 1 expedido por el Libertador Simón Bolívar el 27 de agosto de 1828, Lo cual daba origen a una normativa especial para regular la conducta de estos servidores, iniciándose así la creación de diversas normas disciplinarias dependiendo de la función que se cumpliera. La Constitución de la República de Colombia de 1886, delegó al Ministerio Público la facultad de defender a la administración y vigilar al servidor público para que no cometiera conductas contrarias al ordenamiento jurídico y no afectaran los intereses de la nación, Con el paso del tiempo, mediante la Ley 4 de 1913 se reguló, entre otras cosas, aspectos disciplinarios a cargo del Ministerio Público y el Procurador General de la Nación, quienes tenían como objetivo principal velar por los intereses de la sociedad, del Estado y vigilar la “ejecución de las leyes, ordenanzas, acuerdos y órdenes de las autoridades, y en la conducta de los empleados públicos; la averiguación de los delitos y el castigo de los delincuentes” (Ley 4, 1913, Art. 216).
De esta manera podemos definir que el derecho disciplinario como el conjunto de aquellas normas mediante las cuales se exigen a los servidores públicos un determinado comportamiento, en el ejercicio de sus funciones en primer lugar debemos hacer mención del desarrollo disciplinario a nivel constitucional respecto de la responsabilidad de los servidores públicos en el titulo primero de dicha constitución, el artículo sexto establece que “ los particulares solo son responsable ante las autoridades por infringir la constitución y sus leyes. Los servidores públicos lo son por las mismas y por omisión y extralimitación en el ejercicio de sus funciones” esto le asigna una responsabilidad mayor a los servidores públicos que no solo deben preocuparse estos por no infringir las normas y la constitución sino también por el mal ejercicio de su cargo y por ir mas allá de sus funciones así mismo por dejar de realizar obligaciones que la misma ley les impuso es precisamente por esto que se hizo necesario hacer un cuerpo normativo que permita establecer el límite de su responsabilidad. Podemos decir entonces que el derecho disciplinario nació como una necesidad y una herramienta para establecer las relaciones de sujeción que tienen los servidores públicos para generar el interés general y el bienestar común, a partir de este concepto podemos indagar los fines esenciales de esta rama y el correcto proceder de la gestión de la administración pública, obteniendo así una sanción propia las cuales pueden ser destitución, inhabilidad, suspensión, multa sobre el sueldo y amonestación.
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