Escrito de Pruebas
Enviado por Perrito95 • 17 de Septiembre de 2015 • Trabajo • 3.676 Palabras (15 Páginas) • 203 Visitas
EXP. NUM. 0000/2011
SANTIAGO REAL FELIX
VS
SERVICIOS EN TRANSMICIONES ALPEZ
S.A DE C.V Y OTROS
H. JUNTA ESPECIAL NUMERO TRES DE LA
LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DEL ESTADO.
P r e s e n t e.
LICENCIADO JUAN GONZÁLEZ PEREZ, Apoderado Legal de la parte actora con personalidad jurídica que tengo debidamente acreditada y reconocida en autos, ante esta H. Junta, con todo respeto comparezco a exponer lo siguiente:
Que con fundamento en los artículos 776, 778 y 880 de la Ley Federal del Trabajo, vengo a nombre de la parte que represento a ofrecer las siguientes:
P R U E B A S
A) LA INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES: que se integre con todos los documentos constancias que integran este expediente y que le sean favorables a la actora para acreditar los extremos de su acción.
B) LA PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA: deducida de los hechos narrados relacionados con otros hechos deducidos del raciocinio de los manifestados por la actora.
C) LA SUPERVENIENTE: Esta prueba para el caso de que llegare a generarse o conozcamos con posterioridad a esta audiencia algún medio de prueba que ayude al conocimiento de la verdad.
D) LA CONFESIONAL: a cargo de la demandada SERVICIOS EN TRANSMISIONES ALPEZ S.A. DE C.V. debiendo ser notificado por conducto de su apoderado legal, apercibido en términos de los artículos 786, 788, 789 y demás relativos y aplicables de la Ley Federal del Trabajo, que para el caso de que no comparezca en la hora y día que esa H. Autoridad determine, se le declare confeso ficto respecto de las posiciones que hayan sido calificadas de legales, mismas que se le formularan el día de su desahogo.
E) LA CONFESIONAL: a cargo de la demandada TRANSMICIONES ALPEZ S.A. DE C.V. debiendo ser notificado por conducto de su apoderado legal, apercibido en términos de los artículos 786, 788, 789 y demás relativos y aplicables de la Ley Federal del Trabajo, que para el caso de que no comparezca en la hora y día que esa H. Autoridad determine, se le declare confeso ficto respecto de las posiciones que hayan sido calificadas de legales, mismas que se le formularan el día de su desahogo.
F) LA CONFESIONAL: a cargo de la demandada INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, debiendo ser notificado por conducto de su apoderado legal, apercibido en términos de los artículos 786, 788, 789 y demás relativos y aplicables de la ley Federal del Trabajo, que para el caso de que no comparezca en la hora y día que esa H. Autoridad determine, se le declare confeso ficto respecto de las posiciones que hayan sido calificadas de legales, mismas que se le formularan el día de su desahogo.
G) LA CONFESIONAL: a cargo del C. PEDRO PEREZ ALVARADO, debiendo ser notificado, apercibido en términos de los artículos 786, 788, 789 y demás relativos y aplicables de la ley Federal del Trabajo, que para el caso de que no comparezca en la hora y día que esa H. Autoridad determine, se le declare confeso ficto respecto de las posiciones que hayan sido calificadas de legales, mismas que se le formularan el día de su desahogo.
a) Que al actor SANTIAGO REAL FELIX comenzó a laborar al servicio de los demandados con fecha 01 de Junio del 2009.
b) Que al actor SANTIAGO REAL FELIX, tenía asignado como último salario diario integrado el de $333.33 diarios (Trescientos treinta y tres pesos 33/100 M.N.) por la jornada máxima legal.
c) Que él actor SANTIAGO REAL FELIX, tenía asignado un horario de labores de las 08:00 a 19:00 horas diariamente de Lunes a Sábado.
d) Que él actor SANTIAGO REAL FELIX, tenía asignado como última categoría para laborar como “Mecánico General”, bajo los servicios de los demandados.
e) Que al actor SANTIAGO REAL FELIX, se le adeuda el pago de conceptos de aguinaldo, durante todo el tiempo que estuvo laborando al servicio de los demandados.
f) Que al actor SANTIAGO REAL FELIX, se le adeuda el pago por concepto de vacaciones, durante todo el tiempo que laboró al servicio de los demandados.
g) Que al actor SANTIAGO REAL FELIX, se le adeuda el pago por concepto de Prima vacacional, durante todo el tiempo que laboró al servicio de los demandados.
h) Que al actor SANTIAGO REAL FELIX, se le adeuda el pago por concepto de horas extras diarias a razón doble y triple todo el tiempo que laboró al servicio de los demandados.
i) Que al actor SANTIAGO REAL FELIX, se le adeuda el pago por concepto de descansos obligatorios, durante todo el tiempo que laboró al servicio de los demandados.
j) Que al actor SANTIAGO REAL FELIX, se le adeuda el pago por concepto de Repartos de Utilidades, durante todo el tiempo que laboró al servicio de los demandados.
k) Que al actor SANTIAGO REAL FELIX, se le adeuda el pago derivado de las aportaciones que le eran retenidas por concepto de seguridad social, del 01 de Junio del 2009 al 16 de Febrero del 2011.
Prueba que se ofrece en términos de los Artículos 827, 828, 829 y demás relativos a Ley Federal del Trabajo, y con el apercibimiento legal respectivo, prueba que se ofrece para acreditar que mi representada se le adeudan las prestaciones a las que tienen derecho, motivo por las cuales las reclama en el presente juicio. Por lo que solicito se señale fecha y hora en la que se intervención ambas partes, apercibiendo que en caso de que la demandada no exhiba la documentación objeto de dicha inspección y que son objeto de probanza prueba que relacionamos con todos los hechos del escrito de demanda.
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