Escuela Exegetica
Enviado por saim • 21 de Julio de 2011 • 3.300 Palabras (14 Páginas) • 2.834 Visitas
Introducción:
A partir de la revolución francesa como hito histórico que marcó el paso de la edad moderna a la edad contemporánea, surgió el interés y la obligación por parte de los jueces de motivar con fundamentos de hecho y de Derecho cada una de sus decisiones en un caso determinado, constituyendo esto un reflejo plausible de la lógica jurídica como sistema de razonamiento.
Es de allí que emanada la importancia de ahondar sobre los diferentes tópicos del razonamiento jurídico que se desarrollaron a posteriori de la Revolución Francesa, pero haciendo énfasis en la escuela exegética como precursora de una concepción del Derecho relacionada con la función de los jueces como poder jurisdiccional y la rama legislativa como poder político.
La Escuela de la Exégesis se desarrolló aprovechando el triunfo de los ideales revolucionarios plasmados en el Código Napoleón; en las Escuelas Centrales de Derecho del imperio se procuró que fueran suprimidas las enseñanzas del derecho natural y hasta las de teoría del derecho, enseñándose tan solo el Código Napoleón. La mayoría de los integrantes de la Exégesis fueron profesores universitarios que se ocuparon especialmente de monopolizar la enseñanza del derecho en una actitud autoritaria.
La división de poderes, la subordinación del juez al poder legislativo, la atribución del monopolio legislativo al parlamento (expresión de la voluntad popular) son factores que explican la fuerza con que estos juristas sostendrán la idea de "complejidad" del Código, dado que la ley se concebía como una emanación de esa voluntad que es la única relevante. El Derecho se redujo a la ley del Estado y por ello para el jurisconsulto solo existirá una ley: el derecho positivo.
El principio de este tema esta exactamente formulado por el nombre que se le da; esto es que el derecho está totalmente contenido dentro de los textos legales, de tal suerte que la tarea del jurista no consiste más que en extraerlo de allí. Se conocía la declaración tajante que se atribuye a Bugnet y que, verdadera o falsa, inmortalizo su memoria: “Yo no conozco el derecho civil: Yo enseño el Código Napoleón”.
El método exegético aparece en su forma más radical, que es la gramatical, en la época de los glosadores (siglos XII y XIII), y precisamente como reacción de admiración ante el Curpus iuris civilis romano recientemente descubierto. Aparase entonces el culto al texto de la Ley y su correspondiente método interpretativo, que, a fuerza de querer ser repuesto del texto legal, se atiene a las palabras que allí se encuentran y las toma en su sentido gramatical .
Por su parte Garcia Maynez señala: como la ley es para los defensores de la doctrina que exponemos expresión de la voluntad legislativa, la interpretación de los preceptos legales debe deducisrse de la busqueda del pensamieto de su autor. Esta tarea, cuyo fin último consiste en descubrir la intención de los legisladores, es presisamente lo que se llama exégesis .
Es tal la importancia y categoría de la Escuela de la Exégesis que hoy en día podemos ver sus destellos en nuestra Legislación Civil como método de interpretación de las normas por parte de los jueces, la cual nos impulsa a conocer sobre sus albores y la forma de aplicación actual materializada en las decisiones judiciales.
Así pues, aunque la Escuela de la Exégesis es propia de Francia, su método sirvió de modelo, y el ejemplo fue seguido por doquier, apareciendo exégetas a medida que se difundía el derecho codificado. Lo importante es el espíritu metodológico que se atribuye a la Escuela de la Exégesis, claro reflejo del positivismo.
Desarrollo:
Existe una gama bastante variada de doctrinas o teorías sobre la Interpretación jurídica, pero entre las más conocidas y vinculadas o referidas a los sistemas normativos, bien para aplicarlos o para dejar de aplicarlos, tenemos las siguientes:
Se ha afirmado reiteradamente que mediante la Exégesis se procede a la interpretación del Derecho a partir de un texto legal. Ariel Álvarez Gardiol , comentando sobre la Exégesis, refiere que el texto de la ley es sólo la reproducción histórica normativa de la voluntad del legislador y lo que el jurisconsulto debe aplicar, no es meramente el texto, sino éste en cuanto traducción de la intención de un legislador efectivo.
El jurista argentino Roberto J. Vernengo explica que el método exegético consistía, en sus formas primitivas, en un conjunto de recetas destinadas a orientar al juez en su labor de interpretación del texto legal, en su procesamiento de la información normativa de partida. Ambos elementos repertorio de recetas prácticas, confusión del derecho con la ley autorizan, nos dice, ciertas críticas sobre las tesis, expresas o tácitas, que la exégesis francesa del siglo pasado (se refiere al siglo XIX) había sostenido sobre la índole o naturaleza del derecho, defendiendo bajo rótulos teóricos y metodológicos, ciertas notorias ideologías políticas, conservadoras o reaccionarias.
Porque, en última instancia, la exégesis presupone un dogma; y este dogma, un tanto blasfemo si se quiere, postula la presencia real del legislador en la ley. Para la exégesis, una norma es siempre expresión del acto de un individuo privilegiado, a saber: el legislador. E interpretar la ley consistía en reconstruir fielmente o que el autor del texto legislativo había pretendido. Tradicionalmente esto se expresa diciendo que la exégesis se propone reconstruir la voluntad del legislador. Se supone, así, que, de alguna manera, las normas jurídicas son expresión, en el plano del lenguaje, de actos volitivos que son la manifestación de la voluntad real del legislador.
El desarrollo metodológico implementado por la escuela de la exegesis marcó las pautas de la evolución en cuanto a las diversas concepciones encaminadas a permitir una descripción acorde a la realidad histórica reflejada en el momento. En realidad el nombre de la escuela de la exégesis se ha acuñado para englobar todos los juristas franceses que, a lo largo del siglo XIX, en especial entre 1804 y 1890, analizaron el Código Napoleónico. Uno de los estudios más completos, y de las críticas más duras, a este periodo de la ciencia jurídica francesa se debe a Bonnecase, que distingue en ella tres etapas:
1. Fundación (1804-1830)
2. Apogeo (1830-1880)
3. Decadencia (1880-1900)
Los expositores de la exegesis siguiendo a Bonnecase, suelen atribuir a la escuela las siguientes características:
1) Culto del texto legal e identificación entre Derecho y ley como consecuencia del principio de división de poderes, la creación del Derecho se entiende que corresponde en exclusiva al poder legislativo, mientras que el juez
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