Estímulos tributarios para empresas que inviertan en innovación
Enviado por songokoki • 30 de Enero de 2016 • Ensayo • 927 Palabras (4 Páginas) • 132 Visitas
Estímulos tributarios para empresas que inviertan en innovación
Coello, J.
En el Perú la inversión en Investigación Desarrollo e Innovación es muy baja. Según indica el Ministerio de Producción en 2004 se invirtió sólo el 0,12% del PBI en actividades Investigación Desarrollo e Innovación, cálculos más recientes aproximan al 0,16% la inversión actual, mientras que el promedio de América Latina es 0,7%.
Solow (1957), demostró que el crecimiento económico de los Estados Unidos se atribuía a variables como el progreso técnico y la productividad total, asimismo estableció que el cambio técnico es el responsable de la mayor parte del crecimiento económico. Recientemente diferentes estudios han tratado plenamente de engarzar el papel de la innovación tecnológica en el proceso de crecimiento económico de los países. Estos estudios teóricos consideraron cuatro tipos de innovación; el primero, el aprender haciendo propuesto por Romer (1986); el segundo, capital humano (Lucas, 1988); el tercero, investigación y desarrollo (Romer,1986); y por último, infraestructura pública (Barro, 1990). La importancia de los modelos presentados reside en que proponen incluir un índice del nivel de tecnología para determinar el crecimiento económico de los países.
Dada la importancia de la inversión pública o privada en actividades de Desarrollo Investigación e Innovación con el fin obtener crecimiento económico en el Perú, es necesario que el estado propicie o incentive esta actividad. De todos los mecanismos de apoyo y fomento, el estado peruano decidió promover el Desarrollo Investigación e Innovación a través de estímulos tributarios para empresas que inviertan en Desarrollo Investigación e Innovación.
En julio de 2012, el “Decreto Legislativo Nº 1124”, Estableció la deducción tributaria por gastos en Investigación Desarrollo e Innovación, dicho beneficio estaba destinado a generar una mayor renta al contribuyente; pese a estar sujeto a calificación y autorización por parte del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; la deducción se sujetaba a un límite del 10% de los ingreso netos hasta las 300 UIT por ejercicio tributario.
En julio del 2013, mediante la “Ley Nº 30056 que modifica la Deducción Tributaria en la Ley del Impuesto a la Renta”, se reconoce el 100% del gasto en las actividades de Investigación Desarrollo e Innovación en el ejercicio de devengo.
Recientemente, en marzo de 2015 mediante la “Ley 30309. Ley que promueve la investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación tecnológica”, el beneficio tributario asciende hasta el 175% para el cálculo del Impuesto a la Renta en las actividades de las empresas que inviertan en Investigación Desarrollo e Innovación.
El Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica fija los siguientes requisitos para poder beneficiar a las empresas interesadas en invertir en Investigación Desarrollo e Innovación: El proyecto debe ser realizado directamente por el contribuyente o mediante centros de investigación científica, de desarrollo tecnológico o de innovación tecnológica; asimismo, deben contar con investigadores o especialistas, según especialidad, y que además estén inscritos en el Directorio Nacional de Investigadores e Innovadores; los contribuyentes que accedan a este beneficio tributario deberán llevar cuentas de control por cada proyecto, las que deberán estar debidamente sustentadas; de ser el caso que el proyecto conlleve a la generación de patentes o registro de diseño industrial debe ser registrado en el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual. La deducción de hasta el 175% del Impuesto a la Renta no podrá exceder el límite anual de mil trescientos treinta y cinco Unidades Impositivas Tributarias (Gestión 2015).
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