Estructura Del Codigo Civil De Guatemala
Enviado por ferando • 18 de Julio de 2011 • 410 Palabras (2 Páginas) • 4.709 Visitas
DEFINICION:
Es el conjunto de normas justas y coactivas de carácter privado, que regulan las relaciones de asistencia, autoridad y ovediencias más generales en la vida del los hombres, como miembro de una familia para el cumplimiento de los fines individuales de su existencia dentro del contexto social, en las que las personas que intervienen aparecen como simples particulares, independientes de su profesión, clase social, condición o jerarquía.
La palabra civil surge de “civitas” voz latina que significa de la ciudad o relativa a la ciudad, encendiéndose al Derecho Civil como el Derecho de la ciudad.
d). Ubicación
El Derecho Civil lo ubicamos en el Derecho Privado de carácter general o común que disciplina las relaciones de los particulares.
e). Cronologia de Codificación.
Para el cual se debe tener un conocimiento científico (por lo menos es Abogado y Notario) para crear el código, esto se debe de hacer agrupando las normas en solo sentido y una sola época.
COPILACION DEL DERECHO CIVIL:
Es la agrupación de normas de diferente índole, por ejemplo:
• ð Primer Código Civil Dto. 175 08/03/1877 Presidente Justo Rufino Barrios
• ð Segundo Código Civil Dto. 2009 13/03/1933 Presidente
• ð Tercer Código Civil Dto. 106 14/09/1963 Presidente Enrique Peralta Azurdía.
• EL REGISTRO CIVIL EN GUATEMALA
• Es la Institución pública encargada de hacer constar todos los actos concernientes al estad civil de las personas.
• El Registro Civil se instituye en nuestro país con la vigencia del Código Civil de 1877, éste Código no llenaba todos los aspectos propios de esa institución para su mejor funcionamiento.
• En el año de 1933, fue emitido el Decreto legislativo 1932, que contenía un nuevo Código Civil.
• El 1 de julio de 1974, entró en vigencia el Código Civil actual DECRETO LEY 106 , en las que se ordenaron las disposiciones relativas al Registro Civil, incluyendo la inscripción de algunas instituciones creadas por leyes especiales emitidas después del Código promulgado en 1933, como la adopción, y la unión de hecho. Aún cuando se incluyen algunas modificaciones especiales, el concepto de Registro Civil y su sistema general sigue siendo el mismo de hace casi un siglo.
• Estas modificaciones se refieren a:
• a) el Registro pasa a ser dependencia municipal;
• b) se otorga al registrador fe pública;
• c) se establece la posibilidad de hacer inscripciones en formularios separados en lugar de libros;
• d) se reconoce valor probatorio a los actos de los registros parroquiales, antes de la institución del Registro Civil.
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