Etica En El Derecho Civil
Enviado por luzmar12 • 25 de Octubre de 2014 • 4.402 Palabras (18 Páginas) • 187 Visitas
INTRODUCCIÓN
La ética sirve para relacionarse en un acuerdo social adecuado para sus individuos. El objetivo de la ética es permitirnos precisar la moral en relación con el comportamiento humano. De este estudio nacen los códigos de ética para ejercer las distintas profesiones. Su estudio se remonta a los orígenes de la filosofía moral en Grecia y su desarrollo histórico ha sido diverso. Una tesis de la ética elabora y que verifica afirmaciones o juicios. Este dictamen de la ética, juicio moral o declaración normativa es una afirmación que determina términos tales como malo, bueno, correcto, incorrecto, obligatorio, permitido, referido a una acción o decisión.
La ética tiene por objeto el estudio de los actos voluntarios, que el hombre controla consciente y en la que el tiene la decisión, son los que es fundamentalmente responsable de los actos involuntarios, que son los que obviamente ejecuta inconsciente los cuales no poseen ningún significado ético alguno. Esto se tiene que evaluar según la circunstancia en que se encuentra el individuo ya que la ética estudia los comportamientos en esos actos.
ÉTICA:
La ética estudia la moral y determina qué es lo bueno y lo malo, desde este punto de vista, determina cómo se debe proceder. Es la teoría o la ciencia de la conducta moral; La ética es una de las principales ramas de la Filosofía, en tanto requiere de la reflexión y del razonamiento, en este campo es el conjunto de estimaciones generales de los seres humanos que viven en colectividad.
MORAL:
Es un conjunto de costumbres y normas que se consideran buenas para dirigir o juzgar el comportamiento de las personas en una comunidad. La Moral es el conjunto de tesis, criterios, reglas y valores que dirigen nuestra conducta. La moral nos hace actuar de una determinada manera y nos permite saber qué debemos hacer en diferentes situaciones concretas. Es como una especie de brújula o regla que nos orienta, nos dice cuál es el sendero a seguir, dirige nuestros hechos en una determinada dirección, que si hemos actuado cosechado valores esta dirección será la correcta.
DIFERENCIA ENTRE ÉTICA Y MORAL:
La ética es la reflexión teórica sobre la moral. La ética es la encargada de debatir y fundamentar reflexivamente ese conjunto de tesis o reglas que constituyen nuestra moral.
La Moral tiene una base social, es un conjunto de reglas establecidas en el seno de una colectividad y como tal, ejerce un poder muy importante en la conducta de cada uno de sus individuos. En cambio la ética surge como tal en la interioridad de un individuo, como resultado de su propia reflexión y su propia elección.
La ética es el estudio filosófico y científico de la moral y es teórica La moral es practica
Surge como tal en la interioridad de una persona, como resultado de su propia reflexión y su propia elección La moral tiene una base social, normas establecidas en el seno de una sociedad
Influye en la conducta de una persona pero desde sumisa conciencia y voluntad Es un conjunto de normas que actúan desde el exterior o desde el inconsciente, una motivación extrínseca a la conciencia del sujeto
LA ETICA EN EL DERECHO CIVIL
Se entiende por ética civil el mínimo moral común de una sociedad secular y pluralista. Hablar de ética es referirse tanto a la sensibilidad ética como a los contenidos morales. Por eso la ética civil alude a la doble vertiente de sensibilidad y de contenidos morales de la sociedad.
La ética civil es la convergencia moral de las diversas opciones morales de la sociedad. En este sentido, se habla de "mínimo moral", en cuanto que marca la cota de aceptación moral de la sociedad, más abajo de la cual no puede situarse ningún proyecto válido de la sociedad. Mirada desde otra perspectiva, la ética civil constituye la moral "común" dentro del legítimo pluralismo de opciones éticas. Es la garantía unificadora y autentificadora de la diversidad de proyectos humanos.
Para verificar esta noción de ética civil se precisa apoyarla en la racionalidad humana. Pero no basta con esta estructura racional, ya que la misma racionalidad es la que da origen al pluralismo moral. Es preciso que esa racionalidad ética sea patrimonio común de la colectividad. Solamente se puede hablar de ética civil cuando la racionalidad ética es compartida por el conjunto de la sociedad y forma parte del patrimonio socio-histórico de la colectividad. Únicamente entonces la racionalidad ética constituye una instancia moral de apelación histórica y se convierte propiamente en ética civil.
La ética civil es, por lo tanto, el mínimo moral común aceptado por el conjunto de una determinada sociedad dentro del legítimo pluralismo moral. La aceptación no se origina mediante un superficial consenso de pareceres ni a través de pactos sociales interesados. Esta aceptación es una categoría más profunda: se identifica con el grado de maduración ética de la sociedad. Maduración y aceptación son dos categorías para expresar la misma realidad: el nivel ético de la sociedad.
La afirmación de la ética civil tiene una función que va más allá del terreno estrictamente moral. Alcanza el horizonte completo de la vida social. Concretamente, ejerce la función de limitar el poder cada vez más creciente de orden jurídico, de la técnica y de los hechos masivamente realizados.
Es evidente la importancia del orden jurídico para normalizar la vida social. En las sociedades occidentales este poder alcanza límites cada vez más amplios. Al depender en gran medida del juego del poder político, el orden jurídico está sometido a los inevitables pactos de los partidos. Más aún: es fácil descubrir en el conjunto de las leyes notables servidumbres a otros poderes extrajurídicos: poder económico, religioso, militar, etcétera. Todo esto hace que el ordenamiento jurídico propenda a constituirse en instancia normativa dominante, con perjuicio del bien de las personas y de determinados grupos.
Solamente con la afirmación de la ética civil como instancia normativa suprema de la vida social se ponen límites exactos al poder excesivo del orden jurídico. La ley positiva no es la norma definitiva. Ella misma está sometida a la ética.
Lo mismo hay que decir en relación con el poder de la técnica y el poder de los hechos. Para que estos poderes no se conviertan en instancias últimas de la vida humana
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