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Evolución Del Poder Municipal En Venezuela


Enviado por   •  28 de Febrero de 2015  •  1.401 Palabras (6 Páginas)  •  194 Visitas

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Evolución del Poder Municipal en Venezuela

Antes de reseñar la historia de los Municipios en Venezuela se debe conocer que es un Municipio, para eso se tomara varias fuentes que suministren el concepto del mismo, la primera es la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, según su artículo 168 define los municipios así: “Los Municipios constituyen la unidad política primaria de la organización nacional, gozan de personalidad jurídica plena y autonomía dentro de los límites de esta Constitución y de la ley”. Si analizamos algunos elementos de la definición anterior se pueden tomar varias características de los municipios:

Unidad Política(Territorial) Primaria de la organización Nacional: Ya que Venezuela se organiza en Estados y estos a su vez los conforman los Municipios, esto da como nacimiento ala división político territorial de la República Bolivariana de Venezuela.

Gozan de personalidad jurídica lo que permite que el Municipio pueda ser demandado delante de un juez , en un tribunal .

Poseen autonomía dentro de los límites de la CRBV y la ley: entre otras cosas la autonomía les permite a los Municipios ejercer las competencias de su materia( que la CRBV y la ley le otorguen) y elegir a sus propias autoridades.

En las constituciones de 1811, 1819, 1830, 1857, 1858, y las que las siguieron hasta la de 1901, así como en las constituciones de la Gran Colombia, el territorio se dividía en cantones, que se agrupaban en provincias. En la de 1901 los Estados (sustitutos de las provincias desde la Constitución de 1864), se dividieron en distritos. Fue la Constitución de 1909 la que estableció que los estados se dividirían en municipios. En adelante, la división político territorial del país sería la siguiente: estados, municipios y parroquias. En las constituciones de 1925, 1928, 1929, 1931 y 1936 los municipios pasaron otra vez a denominarse distritos o municipalidades. En las de 1947 y 1953 los distritos municipales, integrados a los estados, pasaron a estar divididos en municipios. Ésta sería la última vez que por decreto los municipios deberían estar obligados a unirse en distritos. La Constitución de 1961 estipuló que los estados se dividirían específicamente en Municipios pudiendo éstos organizarse en distritos metropolitanos.

Actualmente, existen además la figura de los Distritos. Éstos son el Distrito Capital compuesto únicamente por el Municipio Libertador de Caracas; el Distrito Metropolitano de Caracas del cual forman parte cuatro municipios del Estado Miranda (Baruta, Chacao, El Hatillo y Sucre) y los pertenecientes al Distrito Capital (Municipio Libertador);y el Distrito del Alto Apure con los municipios Páez y Rómulo Gallegos del Estado Apure

La Constitución de 1961 establecía que hasta tanto no se publicara la Ley Orgánica del Régimen Municipal permanecían vigentes las normas sobre el municipio contenidas en la Constitución de 1953, recordemos que en ese texto constitucional el Municipio era parte del Distrito y que los Distritos reunidos configuraban un Estado.

Transcurrieron 17 años para que se cumpliera el mandato constitucional de legislar en materia municipal, es así como en Gaceta Oficial No. 2.397 de fecha 18 de agosto de 1978 se publica la primera Ley Orgánica del Régimen Municipal, la cual es reformada en los años 1984, 1988, 1989 y por último en el 2005 a través de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal.

Por lo tanto podemos decir que desde 1978 y hasta el año 2010 han pasado algo más de 30 años en los cuales el Municipio ha sufrido un proceso de evolución que hoy se detiene y que amenaza seriamente su futuro; veamos algunos cambios:

1- El Municipio como división política territorial de un Distrito, que a su vez constituía con otros Distritos el Estado, es sustituido por Municipios que constitucionalmente se constituyen como la forma de organizar el territorio nacional y que reunidos crean un Estado, por lo tanto se elimina la denominación Distrito como se planteaba en la Constitución de 1953. El hecho de reconocer el texto constitucional que el territorio se organizará

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