Poder Público Municipal
Enviado por 24611465 • 1 de Noviembre de 2012 • 956 Palabras (4 Páginas) • 663 Visitas
Poder Publico Municipal
El Poder Público Municipal está conformado por los Municipios quienes constituyen la unidad política primaria de la organización nacional, gozan de personalidad jurídica y autonomía dentro de los límites de la Constitución de República Bolivariana de Venezuela y de la ley. La autonomía municipal comprende la elección de sus autoridades, la gestión de las materias de su competencia y la creación, recaudación e inversión de sus ingresos.Se refiere a la organización del Poder Público a nivel local, según el artículo 168 de la Constitución de 1999.
Los órganos del poder público municipal, en el ejercicio de sus funciones incorporarán la participación ciudadana en el proceso de definición y ejecución de la gestión pública y en el control y evaluación de sus resultados, en forma efectiva, suficiente y oportuna, para lo cual deberán crear los mecanismos que la garanticen.
El Poder Público Municipal está conformado por:
Función Ejecutiva.
Función Legislativa.
Función Controladora.
Función Planificadora.
Órganos auxiliares del Poder Publico Municipal.
Función Ejecutiva:
Conformada por alcalde o alcaldesa elegido o elegida por votación universal, directa y secreta, con sujeción a lo dispuesto en la legislación electoral. El alcalde o alcaldesa es la primera autoridad civil y política en la jurisdicción municipal, jefe del ejecutivo del Municipio, primera autoridad de la policía municipal y representante legal de la entidad municipal. Tendrá carácter de funcionario público.
Requisitos para ser Alcalde:
Ser venezolano
Mayor de 25 años.
De estado seglar.
En los Estados Fronterizos, para ser Alcalde se requiere ser venezolano por nacimiento, sin otra nacionalidad.
El Alcalde debe ser elegido por un período de 4 años por mayoría de las personas que votan, y podrá ser reelegido de inmediato y por una sola vez, para un periodo adicional.
Actualmente en Venezuela, Estado Táchira, Municipio San Cristóbal ejerce la función de Alcaldesa la Ciudadana Mónica García Tezzi.
Función Legislativa:
La función legislativa del Municipio corresponde al Concejo Municipal integrado por los concejales o concejalas electos o electas en la forma determinada en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en la ley respectiva. También ejercerá el control político sobre los órganos ejecutivos del Poder Público Municipal.
Esta función se encuentra reflejada en el Artículo 175 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV).
Los Concejos Municipales estarán integrados de la siguiente manera:
Por cinco Concejales en os Municipios que tengan hasta quince mil habitantes.
Por siete Concejales en los Municipios que tengan de quince mil a cincuenta mil habitantes.
Por nueve Concejales en los Municipios que tengan de cincuenta mil a doscientos mil habitantes.
Por once Concejales en los Municipios que tengan de doscientos mil uno a quinientos mil habitantes.
Por trece Concejales en los Municipios que tengan de quinientos un mil uno a setecientos cincuenta mil habitantes.
Por quince Concejales en los Municipios que tengan de setecientos cincuenta mil uno a un millón de habitantes.
Por diecisiete Concejales en los Municipios que tengan más de un millón de habitantes.
El Concejo Municipal
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