Exposicion De Motivos De Ley De Ferrocarriles
Enviado por gmg1975 • 17 de Octubre de 2014 • 1.773 Palabras (8 Páginas) • 231 Visitas
DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY DE TRANSPORTE FERROVIARIO NACIONAL
EXPOSICION DE MOTIVOS
El proyecto de Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Transporte Ferroviario Nacional, obedece a la necesidad de modificar las normativas legales mediante las cuales se venían implementando las políticas de organización y funcionamiento de la actividad ferroviaria en la República Bolivariana de Venezuela.
La nueva realidad jurídica que vive el país, exige adaptar las actuaciones del Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de infraestructura y transporte, órgano rector del Sistema de Transporte Ferroviario Nacional y su ente de adscripción, el Instituto de Ferrocarriles del Estado, a una estructura jurídica acorde.
Por lo antes expresado, se hace necesario establecer mecanismos jurídicos indispensables para la reestructuración, organización, funcionamiento y operatividad del Instituto de Ferrocarriles del Estado, de modo que le permita mayor flexibilidad y aporte a la construcción y continuidad del nuevo Estado, basado en la participación institucional y ciudadana según la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
En este sentido, el Gobierno Revolucionario realiza todos los esfuerzos a su alcance para reestructurar y adecuar el funcionamiento del órgano rector de la actividad ferroviaria y su ente de adscripción a la nueva realidad que vive el país, lo que permitirá un cambio radical en la dirección estratégica de los lineamientos, políticas y planes del sector, dirigidos a garantizar la soberanía de la Nación, hacia la búsqueda de la satisfacción de las necesidades del pueblo a través de un desarrollo sustentable.
Decreto 6.069 Pág. 2
¡ 2008: Año del Reimpulso Revolucionario !
Es por ello, que el Gobierno Bolivariano, ha iniciado una profunda transformación orientada a la visión futurista del país, mediante la construcción e implementación del verdadero socialismo revolucionario del Siglo XXI, imprescindible para iniciar las nuevas políticas ferroviarias sustentadas sobre valores socialistas.
En el marco de la Ley Habilitante, conforme al ámbito de las competencias contenidas en el artículo 1, numerales 1 y 10 de la mencionada Ley que autoriza al Presidente de la República para dictar Decretos con Rango, Valor y Fuerza de Ley, en materias que se delegan, con vigencia a partir del 01 de febrero de 2007, así como del Decreto Nº 1.445 del 13-09-2001 con Fuerza de Ley del Sistema de Transporte Ferroviario Nacional, se propone, el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Transporte Ferroviario Nacional, derogatorio del antes citado Decreto con Fuerza de Ley.
La propuesta contempla aspectos que permiten la participación del ciudadano en la gestión pública, ordenando al ente de gestión de la actividad ferroviaria, el Instituto Ferrocarriles del Estado, permitir acciones sociales tales como, garantizar un sistema común de transporte ferroviario en todo el país, que satisfaga las necesidades de las personas usuarias y del público en general; establecer políticas y programas que tengan impacto social en las poblaciones circundantes y en los sitios en los cuales se desarrollan las actividades ferroviarias, de acuerdo a los principios de seguridad, transparencia, honestidad, rendición de cuentas, responsabilidad, participación, celeridad, universalidad, inclusión social, justicia, equidad, solidaridad, confiabilidad, eficiencia, eficacia y calidad, considerando el uso racional de los recursos y protección del medio ambiente y la protección de los intereses de las personas usuarias del servicio, con atención especial a los niños y niñas, los estudiantes, las mujeres embarazadas, personas con discapacidad o movilidad reducida, así como a los adultos mayores, garantizando su derecho de acceso a los servicios de transporte ferroviario en adecuadas condiciones de seguridad y calidad.
Decreto 6.069 Pág. 3
¡ 2008: Año del Reimpulso Revolucionario !
Tomando en consideración los postulados de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se evidencia que el Instituto Ferrocarriles del Estado, como ente de la Administración Pública Descentralizada, debe regirse por una norma legal que contenga los mecanismos jurídicos en la base de una estructura social de Derecho, que permitan la plena participación del pueblo soberano en la gestión pública que se desarrolla.
El referido Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, persigue adecuar el texto a las disposiciones de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que le son aplicables, y a diversas leyes vigentes, entre las que destacan, la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo, Decreto N° 368 con Rango y Fuerza de Ley de Simplificación de Trámites Administrativos, Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Contrataciones Públicas, Ley de Expropiación por Causa de Utilidad Pública o Social, Ley para Personas con Discapacidad, Ley Orgánica de la Administración Pública, Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, Ley del Estatuto de la Función Publica, Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Pesca y Acuicultura, entre otras, así como conceptos tomados como referencia de legislación comparada, específicamente de España y Cuba.
En la propuesta del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley que se presenta, se establecen las disposiciones que garanticen el transporte ferroviario nacional y a tal efecto, se elaborarán las normas a través de las cuales el Estado planificará, promoverá, desarrollará y regulará sus actividades, de conformidad con la planificación centralizada.
En este orden de ideas, observamos que el nuevo nuevo esquema de desarrollo exige una planificación centralizada que permita direccionar las políticas públicas y toda la actuación del Estado en función de los nuevos objetivos estratégicos para que estas acciones puedan generar los cambios y transformaciones que necesita la Nación, especialmente para garantizar los derechos humanos de todos los habitantes del país y asegurar
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