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FALTA DE INDEMNIZACIÓN AL EMPLEADO EN LOS CASO EN LOS QUE LA RESOLUSIÓN DEL VISTO BUENO SE DA A FAVOR DEL EMPLEADOR


Enviado por   •  3 de Diciembre de 2012  •  2.095 Palabras (9 Páginas)  •  781 Visitas

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1. TITULO:

“LA FALTA DE INDEMNIZACIÓN AL EMPLEADO EN LOS CASOS EN LOS QUE LA RESOLUSIÓN DEL VISTO BUENO SE DA A FAVOR DEL EMPLEADOR”.

2. PROBLEMA:

La falta de indemnización al empleado en los casos en los que la resolución del visto bueno se da a favor del empleador, viola los derechos del trabajador contemplados en el art. 326 numeral 3 de la Constitución de la República y en el art. 7 del código de trabajo, por lo que es necesario incorporar en el Código de Trabajo un artículo en el que se faculte el pago de la indemnización en estos casos.

Dadas las características propias de la relación laboral, la ley se propone proteger a la parte más débil (el trabajador), con el objeto de equilibrar la relación. Para ello utiliza determinados medios técnicos y principios generales de carácter especial. Como consecuencia de ellos, en cierta manera, la protección convierte al trabajador en “el más débil”; por ello se trata de poner a cubierto la posibilidad de que venga a ser víctima de quiénes gracias a su mayor capacidad económica y de negociación, podrían obtener ventajas.

Es necesario consignar que, la posibilidad de dar por terminada la relación mediante visto bueno en vista del no pago, total o parcial, de las remuneraciones a las que tiene derecho el trabajador, no se circunscribe a los últimos meses de vigencia de la relación laboral, pudiéndose reclamar saldos de sueldos o de remuneraciones adicionales impagas antiguas o de años, en general.

3. JUSTIFICACION:

En lo Académico la realización de este proyecto nos ha motivado a difundir nuestros conocimientos investigativos como estudiantes de la carrera de derecho, a la universidad Nacional de Loja (SAMOT) y a la sociedad en general y a nuestro propio intelecto, debido al enfoque de su contenido. Para ello contamos con los medios bibliográficos y datos de realidad nacional para realizar la investigación.

Consideramos que la temática de nuestro proyecto de investigación es muy importante tanto en el ámbito social y jurídico, ya que los derechos de los trabajadores se encuentran protegidos por la Constitución en sus artículos 33, 34, 66 en numeral 2 respectivamente en los que de forma general manifiesta que el Estado garantiza a las personas trabajadoras el pleno respeto de su dignidad, una vida decorosa, remuneraciones y retribuciones justas.

Por lo que la aplicación del visto bueno, en ciertos casos viola los derechos de los trabajadores cuando se dan a favor del empleador aplicándose una sanción que consiste en el no pago por su tiempo de trabajo, debemos considerar que el mero hecho de ser despedido ya es una sanción grave, y que además al incurrir en el no pago por su tiempo laboral se lo podría tomar como doble sanción para una misma falta.

4. OBJETIVOS:

4.1. OBJETIVO GENERAL:

Desarrollar un estudio analítico, crítico, jurídico y doctrinario sobre el contexto del Código del Trabajo respecto al contenido de sus artículos 621 “De la Solicitud del visto bueno”, el 172 “Causas por las que el empleador puede dar por terminado el contrato” y el 173 “Causas por las que el trabajador puede dar por terminado el contrato”, todo esto referente a los casos de visto bueno en las que su resolución es favorable al empleador, y no se da el pago al trabajador por su tiempo de trabajo, originando la necesidad incorporar en el Código de Trabajo un artículo en el que se faculte el pago de la indemnización en estos casos.

4.2 OBJETIVOS ESPECIFICOS:

• Analizar crítica y constructivamente si el no pago por el tiempo de trabajo al empleado por una resolución del visto bueno favorable al empleador por las causas estipuladas o prescritas en el artículo 172 del Código del Trabajo, viola los derechos del trabajador.

• Demostrar que el artículo 621, del Código del Trabajo respecto a la solicitud del visto bueno, no especifica claramente los efectos jurídicos en los casos en los que resulta favorable al empleador, sino que simplemente prescribe los datos y motivos en que se fundamenta pero no trata en sí del pago de las indemnizaciones.

• Proponer un Proyecto de Reforma en el Código del Trabajo en el que se agregue luego del artículo 622, un artículo innumerado, en el que se establezca con exactitud los efectos jurídicos que ocasiona la resolución del visto bueno favorable al empleador.

5. HIPOTESIS.

Por no establecerse con exactitud los efectos jurídicos que ocasiona la resolución del visto bueno favorable al empleador, provoca malestar jurídico, social y económico al trabajador por la vulneración de sus derechos, al no pagársele lo que le corresponde por la indemnización, ya que en muchas ocasiones el trabajador a prestado sus servicios por algunos años al empleador y al aplicar el visto bueno como sanción al trabajador, éste no solo es despedido sino que también se ve afectado en el sentido económico dándose de cierto modo dos sanciones por una misma causa.

6. MARCO TEORICO

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha definido al trabajo como aquel conjunto de actividades humanas, remuneradas, que tienen como objeto la producción de bienes o servicios en una economía; proveyendo así, los medios de sustento necesarios para los individuos. Esta definición, aunque es conceptualmente correcta, carece del contexto necesario para determinar lo que verdaderamente significa el trabajo para el ser humano que lo utiliza como fuente de sustento de sus necesidades básicas. Es por esto que la propia OIT ha desarrollado el concepto del llamado “trabajo decente”, considerado como aquel que dignifica al ser humano y permite el desarrollo de sus propias capacidades, siempre apegado a los principios y normas laborales fundamentales garantizando una remuneración justa y proporcional al trabajo realizado, protección social y no discriminación. A partir de esta definición se ha producido la llamada internacionalización de las normas relativas al trabajo y la protección del trabajador, con el desarrollo de las legislaciones y constituciones nacionales.

En razón de esta significación, la principal característica del trabajo como derecho humano es su permanencia o estabilidad, teniendo en cuenta que, la fuerza

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