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FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA VEENZOLANA


Enviado por   •  28 de Mayo de 2014  •  2.193 Palabras (9 Páginas)  •  222 Visitas

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FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA

La Fuerza Armada Nacional Bolivariana de la República Bolivariana de Venezuela está integrada por alrededor de 250.000 a 350.000 combatientes activos, entre ellos, una creciente Milicia Nacional Bolivariana formada por cientos de miles de hombres y mujeres en capacidad de prestar servicios como reservistas. No obstante, esta cifra de efectivos activos se aproxima a 155.000 hombres y mujeres de primera línea (incluyendo los más aptos para ser llamados primero, entendiéndose por estos, aquellos hombres y mujeres en edades de 17 - 39 años), distribuidos en cinco (5) componentes de Tierra, Mar y Aire.

A continuación se presentan algunos de los artículos de la Ley orgánica de la Fuerza Armada Nacional.

TITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO I

Funciones de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana

Artículo 4. Son funciones de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, las siguientes:

1. Asegurar la soberanía plena y jurisdicción de la República en los espacios continentales, áreas marinas y submarinas, insulares, lacustres, fluviales, áreas marinas interiores históricas y vitales, las comprendidas dentro de las líneas de base recta que ha adoptado o adopte la República; el suelo y subsuelo de éstos; el espacio aéreo continental, insular y marítimo; y los recursos que en ellos se encuentran.

2. Defender los puntos estratégicos que garantizan el desenvolvimiento de las actividades de los diferentes ámbitos: social, político, cultural, geográfico, ambiental militar y económico y tomar las previsiones para evitar su uso por cualquier potencial invasor.

3. Preparar y organizar al pueblo para la Defensa Integral con el propósito de coadyuvar a la independencia, soberanía e integridad del espacio geográfico de la Nación.

4. Participar en alianzas o coaliciones con las Fuerza Armada de otros países para

los fines de la integración dentro de las condiciones que se establezcan en los tratados, pactos o convenios internacionales, previa aprobación de la Asamblea Nacional.

5. Formar parte de misiones de paz, constituidas dentro de las disposiciones contenidas en los tratados válidamente suscritos y ratificados por la República Bolivariana de Venezuela previa aprobación de la Asamblea Nacional.

6. Apoyar a los distintos niveles y ramas del Poder Público en la ejecución de tareas vinculadas a los ámbitos social, política, cultural, geográfica, ambiental, económica y en operaciones de protección civil en situaciones de desastres en el marco de los planes correspondientes.

7. Contribuir en preservar o restituir el orden interno, frente a graves perturbaciones sociales, previa decisión del Presidente o Presidenta de la República Bolivariana de Venezuela previa aprobación de la Asamblea Nacional.

6. Apoyar a los distintos niveles y ramas del Poder Público en la ejecución de tareas vinculadas a los ámbitos social, política, cultural, geográfica, ambiental, económica y en operaciones de protección civil en situaciones de desastres en el marco de los planes correspondientes.

7. Contribuir en preservar o restituir el orden interno, frente a graves perturbaciones sociales, previa decisión del Presidente o Presidenta de la República Bolivariana de Venezuela y Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.

8. Organizar, planificar, dirigir y controlar el Sistema de Inteligencia Militar y Contrainteligencia Militar de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.

9. Promover y realizar actividades de investigación y desarrollo, que contribuyan al progreso científico y tecnológico de la Nación, dirigidas a coadyuvar a la independencia tecnológica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.

10. Analizar, formular, estudiar y difundir el Pensamiento Militar Venezolano.

11. Participar en el desarrollo de centros de producción de bienes y prestación de servicios integrados de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.

12. Formular y Ejecutar el Plan Estratégico de Desarrollo de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana de acuerdo con las líneas generales del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación.

13. Participar y cooperar en las actividades de búsqueda y salvamento de conformidad con la Ley y en ejecución de los tratados válidamente suscritos y ratificados por la República Bolivariana de Venezuela.

14. La función meteorológica que se lleve a cabo con fines de seguridad y defensa de la Nación, así como la consolidación y operación de su red.

15. Prestar apoyo a las comunidades en caso de catástrofes, calamidades públicas y otros acontecimientos similares.

16. La posesión y el uso exclusivo de armas de guerra, así como, regular, supervisar y controlar la fabricación, importación, exportación, almacenamiento, tránsito, registro, porte, tenencia, control, inspección, comercio y posesión de otras armas, partes, accesorios, municiones, explosivos, artificios pirotécnicos y sustancias precursoras de explosivos, conforme a la ley respectiva.

17. Participar en la protección del patrimonio público en cualquiera de sus formas de manifestación.

18. Fomentar y participar en las políticas y planes relativos a la geografía, Cartografía, hidrografía, navegación y desarrollo aeroespacial, que involucren la seguridad, defensa militar y desarrollo integral de la Nación.

19. Participar en las operaciones que se originen como consecuencia de los estados de excepción, que sean decretados de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la ley.

20. Ejercer las competencias en materia de Servicio Civil o Militar, de conformidad con la ley.

21. Ejercer las actividades de policía administrativa y de investigación penal de conformidad con la ley.

22. Las demás que le atribuyan la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la ley.

CAPITULO III

Comando Estratégico Operacional

Sección Tercera

Regiones de Defensa Integral

Artículo 23. El Presidente o Presidenta de la República Bolivariana de Venezuela y comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana establecerá las Regiones Estratégicas de Defensa Integral, las cuales contarán con un Jefe y su Estado Mayor Conjunto.

Las Regiones Estratégicas de Defensa Integral estarán organizadas en Zonas Operativas de Defensa Integral con su Comando y Estado Mayor y estas a su vez, en Áreas de Defensa Integral

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