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Filosofia Del Deecho


Enviado por   •  5 de Diciembre de 2014  •  1.341 Palabras (6 Páginas)  •  170 Visitas

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1) ¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE LA LEY DE ESTATUTO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA? ¿QUIÉNES SE RIGEN POR ELLA? Y, ¿CÓMO DEBEN SER LOS INGRESOS Y EGRESOS QUE ESTABLECE LA LEY?

Para empezar, definimos que la función pública es el conjunto de normas, independientemente cual sea su rango y naturaleza, que rigen los Derechos y Obligaciones de personas que prestan sus servicios para la administración pública.

De esta manera, Venezuela ha creado una Ley de Estatuto de la Función Pública el cual tiene como objetivos fundamentales promover que el funcionario público se identifique como servidor público, para que actúe en función de la acción del Estado y así llevar a cabo sus fines esenciales.

Además, busca crear un sistema de incentivos definidos para el funcionario público, para que su gestión se oriente a garantizar que la Administración Pública Nacional esté al servicio de los ciudadanos, fundamentada en los principios de honestidad, participación, solidaridad, celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad en el ejercicio de la función pública, con pleno sometimiento a la ley y el derecho.

Es importante aclarar que quienes se rigen por esta Ley son los Funcionarios Públicos para la Administración Publica Nacional, y pretende crear un régimen que oriente la actuación de los mismos hacia una conducta intachable, regida por los códigos de ética y moral administrativa; dando origen a condiciones para que los funcionarios que ingresen y permanezcan en la Administración Pública, respondan a los más altos niveles de capacitación y experiencia técnica y profesional.

2) ¿CUÁL ES LA FUNCIÓN Y LOS REQUISITOS DE LOS CONTRALORES MUNICIPALES Y ESTADALES?

Los contralores municipales tiene como objetivo principal planear, programar, organizar y coordinar las acciones de control, evaluación, vigilancia y fiscalización del correcto uso de patrimonio, el ejercicio del gasto público por conducto de las Dependencias y Entidades, su congruencia con el presupuesto de egresos del Municipio, así como el desempeño de los servidores públicos, logrando con ello impulsar una Gestión Pública de Calidad, en apego a las normas y disposiciones legales aplicables, para contribuir con la transparencia y rendición de cuentas a los ciudadanos.

Asimismo, algunas de sus funciones son:

• Vigilar el ejercicio del gasto público y su congruencia con el presupuesto de egresos del Municipio.

• Vigilar el correcto uso del patrimonio municipal.

• Vigilar el cumplimiento de las normas de control y fiscalización de las dependencias municipales.

• Asesorar técnicamente a los titulares de las dependencias y entidades municipales sobre reformas administrativas relativas a organización, métodos, procedimientos y controles.

• Atender las quejas, denuncias y sugerencias de la ciudadanía, relativas al ámbito de su competencia.

• Participar en la entrega-recepción de las dependencias y entidades del Municipio.

• Sustanciar el procedimiento administrativo de determinación de responsabilidades en contra de los servidores públicos municipales, de acuerdo a la ley en la materia.

• Solicitar al Ayuntamiento que contrate al auditor externo en los términos de la Ley Orgánica Municipal.

• Recibir y registrar, sin perjuicio de lo que dispongan otros ordenamientos, las declaraciones patrimoniales de servidores públicos municipales, que conforme a la ley están obligados a presentar, así como investigar la veracidad e incremento ilícito correspondientes.

Por otra parte, es función de los Contralores Estadales la vigilancia, control y fiscalización de los ingresos, los gastos y los bienes del Estado.

Algunas de sus funciones son las siguientes:

• Dictar su Constitución para organizar los poderes públicos, de conformidad con lo dispuesto en esta Constitución.

• La organización de sus Municipios y demás entidades locales y su división político territorial, conforme a esta Constitución y a la ley.

• La administración de sus bienes y la inversión y administración de sus recursos, incluso de los provenientes de transferencias, subvenciones o asignaciones especiales del Poder Nacional, así como de aquellos que se les asignen como participación en los tributos nacionales.

• La organización, recaudación, control y administración de los ramos tributarios propios, según las disposiciones de las leyes nacionales y estadales.

• El régimen y aprovechamiento de minerales no metálicos, no reservados al Poder Nacional, las salinas y ostrales y la administración de las tierras baldías en su jurisdicción, de conformidad con la ley.

• La organización de la policía y la determinación de las ramas de este servicio atribuidas a la competencia municipal, conforme a la legislación nacional aplicable.

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