Flujo De Los Ciclos De Tansacciones
Enviado por toniambrocio • 14 de Agosto de 2012 • 380 Palabras (2 Páginas) • 474 Visitas
3. ANÁLISIS DE LA LEY DE TRIBUNALES DE FAMILIA.
El análisis de la Ley de Tribunales de Familia se orienta básicamente a los
aspectos siguientes:
3.1 Objetivo Normativo:
El objetivo normativo fundamental de la Ley de Tribunales de Familia es la de
generar y proveer protección estatal a la familia como elemento fundamental de la
sociedad.
3.2 Medios organizacionales materiales y humanos que establece
El decreto ley 206 estableció como medios organizacionales para su aplicación
práctica los tribunales de familia, inexistentes hasta ese entonces (1964), creando
esa jurisdicción con carácter privativo atendiendo a su especialización,
generándose la figura del Juez de Familia como medio para materializar a través
de sus decisiones la tutelaridad pretendida.
Su artículo 3 determina la organización y jerarquía de los Tribunales de Familia8,
estableciendo, cuales son los asuntos que conocen los juzgados de primera
instancia y que Salas de Apelaciones de Familia conocen en segunda instancia.
Actualmente existen en la Torre de Tribunales seis Juzgados de Familia, el último
de ellos fue creado en abril de 1998 y una Sala de Apelaciones de Familia creada
en noviembre de 1985.
Alrededor del Juez de Familia se encuentra el secretario y el oficial, ambos son
indispensables en la marcha del proceso, procuran al Juez con su presencia y
colaboración ante los usuarios. Tenemos además a los Trabajadores Sociales,
expertos judiciales en relaciones de familia
3.3 Eficacia normativa
Atendiendo a la innovación producida por el decreto ley 206 se determina que en
principio éste alcanzo eficacia normativa ya que su implementación coadyuvó a la
consecución de la efectiva protección y tutelación de la familia como elemento
social esencial del Estado guatemalteco.
No obstante lo expuesto se determina que el decreto ley 206 adolece de algunas
deficiencias normativas que en parte fueron subsanadas a través de la circular
42/AH de la Corte Suprema de Justicia. Asimismo debe tenerse presente que su
tiempo de vigencia y lo evolutivo en general del Derecho hace que en la actualidad
su eficacia sea limitada y haya sido, en razón de la evolución citada, complementada con otras normas, como la Ley para Prevenir, Sancionar y
Erradicar la Violencia Intrafamiliar.
ARTICULO 1. Se instituyen los Tribunales de Familia con jurisdicción privativa para conocer en todos los asuntos relativos a la Familia.
Análisis: La jurisdicción privativa se refiere a la que priva a otro juez del conocimiento de la causa, Se ejerce la jurisdicción privativa sobre las personas, cosas u objetos especialmente
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