Fuerza Armada Bolivariana. “UNEFA”. CÓDIGO PENAL
Enviado por samwell • 11 de Noviembre de 2017 • Ensayo • 947 Palabras (4 Páginas) • 215 Visitas
República Bolivariana de Venezuela.[pic 1]
Ministerio del Poder Popular para la Defensa.
Universidad Nacional Experimental Politécnica de la
Fuerza Armada Bolivariana.
“UNEFA”.
Núcleo Delta Amacuro.
Ingeniería Civil, 8vo Semestre.
CODIGO PENAL.
Profesora: Bachilleres:
Carmen Carlos Villapol
Julio Valerio
Tucupita, 2015.
CÓDIGO PENAL.
El código penal es un conjunto unitario, ordenado y sistematizado de las normas jurídicas de un estado, es decir, las leyes o un compendio ordenado de la legislación aplicable en materia penal, en conclusión el código penal es una norma jurídica que recoge las normas punitivas de una determinada jurisdicción.
El código penal es en cierto sentido la facultad sancionadora del Estado, de esta manera, el Estado mismo a través del legislador, busca evitar la aplicación de penas arbitrarias, ya que solo puede ser sancionada penalmente una conducta cuando esta se consigna expresamente en el código penal y con la sanción que el mismo establece
El primer código penal que recogió los requisitos que, a partir de la ilustración, fueron estableciéndose sobre la forma de un cuerpo legislativo moderno, fue el código penal francés, de la época napoleónica, por ello es también denominado Código Penal Napoleónico, promulgado en 1810 con la finalidad de dar coherencia a un sistema jurídico casi indescifrable por la multitud de normas dispersas que existían.
Más adelante la codificación penal se fue extendiendo por Europa, sobre todo por los países de Derecho Continental y por todos los territorios bajo los cuales estos estados europeos tenían influencia.
Actualmente es frecuente que casi la totalidad de la legislación penal de un país se encuentre en el código penal.
IMPORTANCIA DEL CÓDIGO PENAL
El código penal es una idea jurídica que permite a los ciudadanos un mayor conocimiento de los delitos, y no ser enjuiciados por los actos delictivos que podrían desconocer, tal y como sus artículos 60 y 61 lo decretan:
- Artículo 60: la ignorancia de la ley no excusa ningún delito ni falta.
- Artículo 61: nadie puede ser castigado como reo de delito no habiendo tenido la intención de realizar el hecho que lo constituye, excepto cuando la ley se lo atribuye como consecuencia de su acción u omisión. El que incurra en faltas, responde de su propia acción u omisión, aunque no se demuestre que haya querido cometer una infracción de la ley. La acción u omisión penada por la ley se presumirá voluntaria, a no ser que conste lo contrario.
ESTRUCTURA DEL CÓDIGO PENAL VENEZOLANO.
Artículos: 584
Libros: 3
Libro Primero: disposiciones generales sobre los delitos y las faltas, las personas responsables y las penas. (Art 1 al 127)
...