Garantia de los penalmente acusados y procesados
Enviado por marknruiz • 27 de Agosto de 2015 • Tutorial • 418 Palabras (2 Páginas) • 361 Visitas
Garantia de los penalmente acusados y procesados.
Destacan aquellas que se otorgan a las personas por el texto constitucional , respecto a su situación especifica de ser acusados o procesados dentro de un juicio penal, plasmándose fundamentalmente en los artículos. 19, 20 y 23 de nuestra ley suprema.
Cito el articulo 19: “Ninguna detención ante autoridad judicial podrá exceder del plazo de setenta y dos horas, a partir de que el indiciado sea puesto a su disposición, sin que se justifique con un auto de vinculación a proceso en el que se expresará”1
Cito articulo 20: “ El proceso penal será acusatorio y oral. Se regirá por los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación…”2
Cito articulo 23: “Ningún juicio criminal deberá tener más de tres instancias. Nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito, ya sea que en el juicio se le absuelva o se le condene. Queda prohibida la práctica de absolver de la instancia.”3
En la constitución de 1857 , las garantías y requisitos del auto de formal prisión estaban contenidos en el articulo 19. En términos generales disponía lo mismo que el 19 vigente.
Pero no enunciaba el contenido que debería tener el auto de formal prisión ni la mención de que el proceso se debería seguir forzosamente por el delito o delitos señalados en dicho auto.
El nuevo segundo párrafo del articulo 16 señala requisitos de legalidad para librar orden de aprehensión como son la necesidad de denuncia, acusación o querella de un hecho determinado que la ley señale como delito y existan datos que acrediten los elementos que integran el tipo penal y la probable responsabilidad de indiiado menos con pena privativa de la libertad.
Los elementos del tipo son 3. A)elementos objetivos,b) elementos subjetivos y c) elementos normativos.
Ello significa que el ministerio púbico para consignar a un indiciado ante juez competente en materia penal y para que este dicara auto de formal prisión debería comprobar todos los elementos del tipo y no solamente alguno de ellos.
TESIS 45. Auto de formal prisión. La ley no exige que se tengan pruebas completamente claras que establezcan de modo indudable la culpabilidad de reo.
Tesis 46. Los tribunales federales tienen facultades para apreciar directamente el valor de las pruebas recibidad y que tiendan a demostrar el cuerpo del delito o la presunta responsabilidad del inculpado.
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