Hechos y Actos Juridicos
Enviado por gabriela02040 • 6 de Febrero de 2020 • Documentos de Investigación • 780 Palabras (4 Páginas) • 166 Visitas
DEFINICIONES.
Hecho Jurídico.
Se le entiende como Hecho Jurídico a los sucesos o acontecimientos, que por sí solos o junto con otros, los cuales generan consecuencias jurídicas y que tiene una extensa variedad. Se constituyen mediante en fuente de relación jurídica, este puede estar constituido por acontecimientos de la naturaleza o por secesos que son originarios por la intervención humana.
Hecho jurídico natural. Es todo aquel acontecimiento generado no por voluntad propia o por que así se haya deseado o querido, sino por la sola acción de las fuerzas de la naturaleza, que las mismas son causantes de consecuencias jurídicas. Estas se clasifican en dos:
• La Fuerza Mayor.
• El Caso Fortuito.
El caso fortuito es una de las circunstancias que pueden hacer que una persona quede libre de una carga o una culpa que se le establece, por la misma. Quiere decir que es todo hecho en el cual no está involucrado o hecho por voluntad propia del hombre. Este caso lo crean todo hecho que sea imprevisible y, por tanto, y tomando muy en cuenta en momento preciso en que se produce. Los casos fortuitos ocasionados por la naturaleza son, por ejemplo, el desborde de un río que sale de su lecho normal, los terremotos o temblores de tierra, las tempestades, el incendio, las pestes, la caída de un árbol, etc.
Ejemplos de Hechos Jurídicos:
• La muerte
• La promulgación de una ley
• Una declaración de guerra
• Una catástrofe natural
Ejemplos de Hechos Jurídicos, que además son Actos Jurídicos:
• La omisión de un delito
• La firma de un contrato
• El otorgamiento del consentimiento matrimonial.
Acto Jurídico.
Se le conoce así a todos aquellos que mediante un escrito, que firman de común acuerdo distintas partes, especifican una serie de derechos y obligaciones para esas partes, sean estas personas físicas o jurídicas. Esta categoría es de suma importancia en el campo del derecho, en virtud de que depende, de que las personas originen relaciones jurídicas.
Los actos son hechos voluntarios lícitos que tienen la intención de producir efectos jurídicos. Puede considerarse al acto jurídico como una manifestación de voluntad que lleva la intención de crear, modificar o extinguir derechos y que produce los efectos que desea el actor o las partes involucradas porque el derecho reconoce esa manifestación de voluntad como válida para producir efectos jurídicos.
En los actos jurídicos intervienen partes, éstas pueden ser dos o una. Cuando en el acto jurídico hay una sola parte, esta parte se llama autor, pueden estar formadas por más de una persona. Al derecho civil sólo le interesa la manifestación de la voluntad. Esta voluntad persigue una finalidad específica, que es, como se dijo
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