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Hechos


Enviado por   •  3 de Noviembre de 2014  •  1.326 Palabras (6 Páginas)  •  288 Visitas

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 Hechos

La Secretaría de Industria, Comercio y Minería consideró que Y.P.F. S.A. abusó de su posición dominante en el mercado de gas licuado de petróleo a granel dado que se comprobó que entre 1993 y octubre 1997 exportó una porción representativa de la producción de dicho derivado del petróleo a un precio sensiblemente menor al que lo ofrecía en el mercado interno, sin que ello obedeciera a una justificación técnica y racional. Una vez informada de la resolución de la Secretaría, Y.P.F. S.A. la apeló y el caso fue derivado a la Cámara Nacional Penal Económico que rechazó la apelación. Ante esta situación, la empresa interpuso ante la misma Cámara un recurso extraordinario para que el caso sea tratado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación y este le fue denegado. Finalmente, la apelante recurrió por queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que confirmó en lo sustancial la resolución tomada por la Secretaría de Industria, Comercio y Minería en el mismo sentido que lo dictaminado por la Cámara Nacional Penal Económico.

 Derecho

 Según el artículo 1, última parte, de la ley 22.262 (ley de defensa de la competencia), tanto la Secretaría de Industria, Comercio y Minería como la Cámara Nacional Penal Económico encuadraron a la venta al exterior de gran parte de la producción de gas licuado de Y.P.F. S.A. a un precio menor al que se comercializaba en el mercado doméstico, sin encontrarse sustentado en cuestiones de costos y con contratos que contenían una clausula que prohibía la reimportación del producto en cuestión, como un abuso de posición dominante. Dado que se estipula que esta estrategia comercial tuvo como objetivo deprimir la oferta en el mercado doméstico para asegurar cierto nivel de precios internos que perjudican a los consumidores nacionales (menos oferta de cantidades, mayor nivel de precios).

 Con este diagnóstico, a Y.P.F. S.A. se le aplicaron las sanciones previstas en los artículos 1, 26 y 43 de la ley 22.262.

“ARTICULO 1.- Están prohibidos y serán sancionados de conformidad con las normas de la presente ley, los actos o conductas relacionados con la producción e intercambio de bienes o servicios, que limiten, restrinjan o distorsionen la competencia o que constituyan abuso de una posición dominante en un mercado, de modo que pueda resultar perjuicio para el interés económico general”

“ARTICULO 26.- Cuando no se propusiere un compromiso en la forma prevista en el artículo 24, se rechazare la propuesta o el compromiso fuere incumplido, el Secretario de Estado de Comercio y Negociaciones Económicas Internacionales, previa disposición de las medidas para mejor proveer que considere convenientes, mediante resolución fundada podrá disponer:

a) Que no se innove respecto de la situación existente.

b) Ordenar el cese o la abstención de la conducta imputada.

c) Aplicar una multa de QUINIENTOS MIL PESOS ($500.000) a MIL QUINIENTOS MILLONES DE PESOS ($1.500.000.000), la que podrá elevarse hasta un VEINTE POR CIENTO (20%) por encima del beneficio ilícitamente obtenido.

d) Solicitar al Juez Nacional en lo Penal Económico de la Capital Federal o a los Jueces Federales del interior del país, según sea el domicilio de la sociedad, la disolución y liquidación de la misma.”

“ARTICULO 42.- Los actos o conductas comprendidos en el artículo 41 serán reprimidos con las siguientes penas, las que podrán aplicarse independiente o conjuntamente:

1.- Cuando el hecho hubiese sido ejecutado por personas físicas: a) Prisión de UNO (1) a SEIS (6) años; b) Multa de UN MILLON QUINIENTOS MIL PESOS ($1.500.000) a TRES MIL MILLONES DE PESOS ( $ 3.000.000.000 ) la que podrá elevarse hasta el doble del beneficio ilícitamente obtenido.

2.- Cuando el hecho hubiese sido ejecutado por los directores, representantes legales, mandatarios, gerentes, síndicos o miembros del consejo de vigilancia de personas de existencia ideal, con los medios o recursos facilitados por la misma u obtenidos de ella con tal fin, de manera que el hecho resulte cumplido en nombre, con la ayuda o en beneficio de la persona ideal, se impondrá:

a) Multa de UN MILLON QUINIENTOS MIL PESOS ($1.500.000.-) a TRES MIL MILLONES

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