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Historia Del Derecho Mexicano


Enviado por   •  3 de Marzo de 2015  •  2.315 Palabras (10 Páginas)  •  229 Visitas

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INTRUDUCCION

Nuestro derecho a través de los años ha conseguido evolucionar en sus leyes y normas jurídicas. Ya que desde las primeras civilizaciones como la Olmeca, Maya, Chichimeca y Azteca que han enriquecido tanto a la cultura por su desarrollo, nos muestra que se caracterizaban por tener normas de derecho, las cuales tenían una clara definición de lo que eran los delitos y castigos para cada uno de ellos. Así mismo aclarando que también la conquista de los españoles hizo que cambiaran los aspectos políticos, religiosos y costumbres.

Gracias a estos diversos acontecimientos políticos y sociales logrados en cada una de las etapas históricas, nos ha permitido tener una gran cultura política y lograr una democracia firme.

DESARROLLO

El derecho precortesiano se forma por cuatro culturas las cuales son:

Cultura olmeca: se caracteriza por constar de una política de imperio de caracteres teocráticos (leyes-sacerdotes) y a su vez la mujer no tenía derechos ya que incluso llego a negarle la calidad de madre. Pero es cierto que para construir sus esculturas motivaron la existencia de esclavos, sometida a una elite, en donde se dividen en dos clases una llamada conquistadores y la otra conquistados, dicha elite de los conquistadores eran principalmente los sacerdotes, fue un imperio de caracteres teocráticos (reyes-sacerdotes) con su centro en actuales estados de Veracruz, Tabasco, Oaxaca, Chiapas, Guerrero y Morelos.

Cultura Maya: el imperio maya era considerado como la confederación de ciudades, unidos por la lengua y la cultura. Consta de una política teocrática y religiosa gobernado por un HALAH UNIC, un consejo de nobles y sacerdotes que dirigían la política interior y exterior del estado.

El derecho maya familiar se destaca lo que era el matrimonio monógamo; hubo ritos de pubertad, después de los cuales los adolescentes tenían que vivir hasta su matrimonio o hasta los 18 años en casas comunales; hubo un fuerte tradición exogámica: dos personad del mismo apellido no debían casarse; el sistema del “precio de la novia”; la herencia solo era para la descendencia masculina; se usaba ya la figura jurídica del tutor para los menores de edad; y la mujer era excluida del templo o participaciones de ritos religiosos.

El derecho penal maya se caracteriza por ser severo ya que en la mayoría de los casos se aplicaba la pena de muerte. En el caso de homicidio intencional se aplicaba la pena del taleón, El robo se sancionaba, grabándole en la cara de los ladrones el símbolo del delito. No había apelación, el juez, el batab decidía en forma definitiva y los tupiles, policías-verdugos, ejecutaban la sentencia inmediatamente, a no ser que el castigo fuera la lapidación por la comunidad entera.

Cultura Chichimeca: Cultura que se desarrolló en el noroeste del país del actual territorio mexicano, entre el río Lerma, el lago de Chapala y el actual Durango. Su organización política era rudimentaria, los cuales vivían dispersos en pequeños grupos de recolectores se caracteriza por el sistema de “la resistencia matriarcal” y su organización política era rudimentaria.

Cultura Azteca: SIGLO X AL XV. Su poder radico en gran parte del centro del país (llegaba hasta los océanos pacíficos y atlántico, Oaxaca, Yucatán) y se caracterizó por ser netamente guerreros y conquistadores, es por eso que alcanzaron gran poder militar y administrativo en todas las regiones en que dominaban.

Su derecho se manifestó en la costumbre, y muy poco en códices y a menudo íntimamente ligadas a la religión tan conocidas de todos los que no habían necesidad de ponerlas por escrito, sin embargo, la inclinación habitual de la gran masa indígena ante el poder de los miembros de la élite (el rey, los nobles, y en menor medida los sacerdotes y comerciantes) creó gran incertidumbre para la posición jurídica de los humildes.

Se organiza en clanes, con autonomía, con un sistema de patrilineal y patrilocal y el matrimonio era por endogamia. Esta cultura fue gobernada por el monarca denominado TLATONI que se encargaba de administrar y dictar leyes, a menudo podía determinar quién sería el gobernante en las naciones aliadas. Y por el CIHUACOARL que era el juez supremo en lo militar y criminal. Conto con un sistema judicial capaz de absolver la litigiosidad de los indígenas contribuyeron a mantener órdenes administrativos en esta estructura sociológica ya que le daba congruencia al vida azteca desde la nobleza, hasta los esclavos; que conllevaba a un importante procedimiento jurista donde incluían testimonios, confesiones, presunciones, careos, documentales y juramento liberatorio. El derecho penal de esta cultura era sangriento ya que la pena de muerte se ejecutaba de forma cruel junto con la esclavitud.

Derecho en fase virreinal

Derecho Español: este se desarrolla a través de fundamentos del derecho romano, germánico y canónico; para poder estructurar lo que fue el derecho en la fase Virreinal. Desde el siglo XII hasta el comienzo del siglo XIX, el derecho romano tuvo que imponerse al tradicionalismo de los campesinos y de las clases feudales; encontró cierto apoyo en frecuente alianza con el derecho canónico. Éste había recibido más consistencia por la elaboración del decreto de graciano, y más tarde por las decretales, como una de las obras importantes bases jurídicas de la iglesia y como la iglesia acepto el derecho romano como derecho supletorio, esta alianza de los “dos derechos” logró cambiar el tono del sistema jurídico español de la edad media.

El derecho Indiano: son norma indígenas que no contrariaban los intereses de la corona. Algunas normas del derecho indiano valían sólo en algunos territorios ultramarinos españoles, otras en todas las indias occidentales. La organización de la justicia se pronunciaba en nombre del rey y este podía intervenir. En 1591 se establece un Juzgado General de Indios para su protección. Y en 1786 José de Gálvez como Ministro Universal de las Indias sustituye a corregidores y alcaldes mayores por 12 intendentes, reestructurando el territorio también se consideran a este cambio como la primera Federación Mexicana.

El Derecho Penal en la Nueva España era contenido en el Derecho Indiano , El derecho Penal Castellano , Y el derecho penal de las siete partidas. LA SIETES PARTIDAS fueron propuestas originariamente como una legislación modelo en la que los juristas y legisladores españoles podrían inspirarse para sus innovaciones o interpretaciones, pero un siglo después, bajo el régimen del bisnieto de Alfonso el Sabio, (o sea Alfonso XI) alcanzaron oficialmente en Castilla la

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