Historia, Nacimiento y Precursores de la Informática Jurídica
Enviado por nhzavaleta • 9 de Marzo de 2013 • Trabajo • 4.566 Palabras (19 Páginas) • 783 Visitas
Historia, Nacimiento y Precursores de la
Informática Jurídica
San Salvador, 31 de Agosto del 2010.
I.-Nacimiento de la Informática Jurídica.
El inicio de la Informática jurídica se da en 1949 con un artículo de Loewinger llamado Jurimetría, el nuevo paso hacia delante, en el cual imaginaba la Cibernética como una Ciencia de aplicación al Derecho. Para Loewinger, jurimetría significa el Derecho medible, es decir un Derecho que fuese cuantificable y que operase igual que las Matemáticas para que fuera una Ciencia exacta.-
En America Latina se da el Primer Congreso Iberoamericano de informática jurídica : Santo Domingo, del 29 de octubre al 2 de noviembre de 1984 organizado por el Centro Regional para la Enseñanza de la Informática CREI; que colabora en el nacimiento de esta ciencia para nuestros países.-
II.-Historia de la Informática Jurídica
Es una ciencia que estudia la utilización de aparatos o elementos físicos electrónicos, como la computadora, en el derecho; es decir, la ayuda que este uso presta al desarrollo y aplicación del derecho. En otras palabras, es ver el aspecto instrumental dado a raíz de la informática en el derecho.
Un tipo de aplicación especial lo constituye la Informática Jurídica Metadocumentaria, llamada así porque trasciende más allá de los fines documentarios propiamente dichos. Sus ámbitos principales de injerencia los podemos establecer en cinco vertientes bien determinadas:
TOMA DE DECISIONES (INFORMÁTICA JURÍDICA DECISIONAL):
En la práctica del Derecho, la búsqueda del conocimiento jurídico está orientada a resolver
cuestiones con consecuencias en la vida política.La Informática Jurídica ha comenzado a ocuparse también del campo de la decisión que es, sin lugar a dudas, el que más dificultad presenta. No es necesario que el sistema tome la decisión; simplemente puede ayudar a la decisión que se puede dar en varios planos y niveles.
La teoría de la decisión es prácticamente desconocida en la teoría del Derecho. Las ventajas que reportaría en el campo jurídico en caso de una adecuada aplicación serían la estructuración del conocimiento y la existencia de una teoría general.
En el área informática, la rama que se ocupa de estos temas recibe el polémico nombre de inteligencia artificial, manifestada a través de los no menos discutidos sistemas expertos.
Un buen sistema experto debe tener una cualidad rara y crucial: debe aprender. De ser así cabe pensar en la cantidad de casos que puede analizar y la extraordinaria “casuística” que está en posibilidad de incorporar.
En la actualidad son relativamente pocos los sistemas expertos de índole jurídica en funciones o siquiera en desarrollo, sin embargo, no dudamos que a la postre esto se va a constituir en la vertiente más significativa de la interrelación del Derecho y nuevas Tecnologías dela Información y Comunicación (TIC).
INFORMÁTICA JURÍDICA METADECISIONAL O METADOCUMENTAL O DE AYUDA A LA DECISIÓN.
A diferencia de la informática jurídica documental, esta rama se caracteriza por bases de conocimiento jurídico.
La Informática jurídica metadocumental o decisional, se halla integrada por los procedimientos dirigidos a la sustitución o reproducción
de las actividades del jurista; a proporcionarle decisiones y dictámenes, es decir, a ofrecerle soluciones de problemas y no mera documentación sobre problemas. Actualmente uno de los sectores más dinámicos y en constante evolución de la informática jurídica metadocumental o decisional es el que se refiere a la aplicación al Derecho de la inteligencia artificial y los sistemas expertos.
EDUCACIÓN:
Debido a la rápida evolución de la sociedad informatizada, es imprescindible estar preparados para ello, de manera que no sea una revolución que se “sufra” sino una evolución que se “prepare”. Esta realidad de la revolución informática no puede permanecer ajena al ámbito de los actuales y futuros profesionales del Derecho.
Con respecto a la enseñanza del Derecho a partir del uso de medios informáticos, se está en los albores de las primeras experiencias todavía sin matices específicamente jurídicos, de sistemas de aprendizaje y evolución automatizada del conocimiento.
Lo cierto es que el jurista empieza a estar consciente de que sin conocimientos en materia de computación, difícilmente podrá ejercer su profesión en la sociedad informatizada de la que se habla y vive a consecuencia de la creciente interconexión de todos los fenómenos sociales. Es por que resaltamos que esto no debe ser considerado como una especialidad sino como una verdadera necesidad.
En cuanto a la informática jurídica aplicada a la enseñanza del derecho, podemos decir que es la rama que tiene interacción directa con las materias de pedagogía del derecho, psicología educativa, lingüística y comunicación, cuya finalidad
es crear sistemas de enseñanza cuyo soporte de realización se aplica, en primera parte, en la utilización de un instrumento computacional;
Es conveniente aclarar que la enseñanza programada o enseñanza asistida por computadora, como un método didáctico que permite transmitir conocimientos sin la intervención directa de un profesor, resulta verdaderamente parcial, ya que es importante señalar y reconocer que la actividad indirecta del profesor es determinante en la creación y desarrollo de la enseñanza programada en virtud del planteamiento de la información jurídica.
INVESTIGACIÓN:
La Informática Jurídica de Investigación (uso de la computadora para fines de investigación científica) o Informática Jurídica Analítica, según la denominación del profesor Antonio Martino, tiende a descubrir aquellos instrumentos matemáticos que puedan revertir utilidad para incrementar los resultados de realizaciones actuales.
En este tipo de Informática Jurídica se utilizan las capacidades de la máquina para poner a prueba las hipótesis y teorías jurídicas, o dicho de otro modo, “repensar” el Derecho.
En las investigaciones de tipo teórico creadas para experimentar una teoría o para verificar el funcionamiento de algunas hipótesis, la posibilidad de repensar el Derecho se torna obligatoria.
Al obtener una interpretación plausible, la fase más fascinante para repensar científicamente el Derecho consiste en obtener consecuencias a partir de un corpus determinado.
Si la configuración del corpus constituye una aplicación de notables teorías jurídicas, la obtención de consecuencias, aun de corpus ya
interpretados, constituye una parte interesante
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